RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2024, de autorización de la retención de crédito correspondiente a la delegación del ejercicio de determinadas funciones de la dirección general de Calidad y Educación Ambiental en el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Comunidad Valenciana para el ejercicio 2024.

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          La Resolución de 24 de abril de 2014, de la Dirección General de Calidad Ambiental [2014/5528] (DOGV 7301, 23.06.2014), refunde y actualiza la delegación en el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana de determinadas funciones competencia de la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental.
          De acuerdo con el apartado octavo de la citada resolución, anualmente se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana  el importe destinado al ejercicio de las funciones que se delegan y, en su caso, los precios unitarios aplicables en relación con dichas funciones, siempre y cuando permanezca vigente la delegación y exista consignación presupuestaria adecuada y suficiente en el correspondiente ejercicio económico.
          Las funciones objeto de delegación en el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana se concretan en las siguientes materias:
          - Estudios de minimización de residuos peligrosos (planes de prevención y reducción de residuos peligrosos)
          - Planes empresariales de prevención de envases y residuos de envases e informes de seguimiento de los planes aprobados
          - Declaración anual de envases y residuos de envases
          - Introducción de datos de las memorias anuales de residuos no peligrosos presentadas (excepto las relativas a estaciones de transferencia de residuos urbanos, plantas de tratamiento de residuos urbanos, plantas de tratamiento de poda y jardín, plantas de tratamiento de residuos de construcción y demolición, vertederos controlados, ecoparques o puntos limpios y plantas de envases ligeros)
          - Notificaciones previas de traslado de residuos peligrosos y residuos no peligrosos destinados a eliminación, excepto las referidas a residuos domésticos (capítulo 20 del anexo 2 de la orden MAM/304/2002 del 8 de febrero).
          En virtud de lo expuesto,
 
 
RESUELVO
 
          Primero
          Modificar el apartado octavo, párrafo segundo, de la Resolución de 24 de abril de 2014, de la Dirección General de Calidad Ambiental por la que se refunde y actualiza la delegación en el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana de determinadas funciones competencia de la referida dirección general, en cuanto al importe unitario correspondiente al ejercicio de las funciones relativas a los documentos que a continuación se indican:
          Memorias anuales de residuos no peligrosos presentadas (excepto las relativas a estaciones de transferencia de residuos urbanos, plantas de tratamiento de residuos urbanos, plantas de tratamiento de poda y jardín, plantas de tratamiento de residuos de construcción y demolición, vertederos controlados, ecoparques o puntos limpios y plantas de envases ligeros): 80 euros.
 
          Segundo
          Autorizar el gasto y disponer el crédito previamente retenido, correspondiente a la delegación del ejercicio de determinadas funciones de la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental en el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana en el ejercicio 2024, con cargo a la aplicación presupuestaria G01080203.442B00.2 de los presupuestos de la Generalitat para 2024, por importe de ciento quince mil euros (115.000,00 euros).
 
          Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de la conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, en el plazo de un mes desde el siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
 

València, 27 de noviembre de 2024
 
Jorge Blanco Coll
Director general de Calidad y Educación Ambiental
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