La Sociedad Valenciana de Gestión Integral de Servicios de Emergencias (SGISE) es una empresa pública de la Generalitat Valenciana que tiene como objetivo la gestión del personal y la resolución de las necesidades logísticas que se derivan de los servicios de extinción de incendios forestales y de las emergencias de naturaleza diversa que se producen en la Comunitat Valenciana.
En el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana 9501 y 9502 fueron publicadas las resoluciones de 21 y 22 de diciembre de 2022, de la Sociedad Valenciana de Gestión Integral de Servicios de Emergencias (SGISE), por la que se adapta la oferta de empleo público de 2020, y se publica la oferta de empleo público de 2021 para el personal de la SGISE ejecutándose la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
El artículo 2.2 de la referida Ley 20.2021 dispuso que los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal debían estar finalizados antes del 31 de diciembre de 2024.
El temporal de viento y lluvias acontecido en la Comunitat Valenciana, como consecuencia del episodio de Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que se inició en la jornada del día 29 de octubre, ha tenido consecuencias destructivas en personas, bienes e infraestructuras de toda índole, alterando de este modo sustancialmente el funcionamiento normal de la sociedad en las zonas afectadas y adyacentes.
La magnitud de la emergencia ha hecho necesaria la participación de administraciones y entidades públicas, en aras de conseguir la más pronta recuperación y normalización de la situación de las zonas afectadas, y en concreto la SGISE ha intervenido con la práctica totalidad de sus efectivos disponibles.
Con ocasión de lo anterior, se publicó, a través de la Orden PJC.1222.2024, de 6 de noviembre (BOE 269 de 07.11.2024), el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2024, por el que se declara «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» el territorio damnificado como consecuencia de la DANA que ha afectado a amplias zonas de la Península y Baleares entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
El apartado decimonoveno del referido acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2024, y en los términos previstos en la disposición adicional novena de la Ley 39.2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dictamina la suspensión de los términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos hasta el momento en que se dicte un nuevo acuerdo del Consejo de Ministros decretando la finalización de esta medida. Dicha previsión, a tenor de lo previsto en el citado acuerdo, con efectos automáticos ex lege, resulta de aplicación únicamente a: (1) los interesados que residan en los términos municipales incluidos en el Anexo del Real decreto ley 6.2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, (2) así como a aquellos otros interesados que acrediten el carácter imposible o gravoso de su cumplimiento en atención a los efectos de la emergencia,
RESUELVO
Primero
Con base en todo lo expuesto, se procede a interrumpir los plazos y a suspender los términos para la tramitación de los procesos selectivos derivados de los procesos de estabilización previstos en las resoluciones de 21 y 22 de diciembre, anteriormente referidos y convocados por SGISE, hasta el momento en el que se dicte acuerdo del Consejo de Ministros decretando la finalización de la medida impuesta en el apartado decimonoveno de la Orden PJC.1222.2024, de 6 de noviembre.
Segundo
Dar cuenta de la presente resolución al Consejo de Administración de la Sociedad.
Tercero
Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Paterna, 10 de diciembre de 2024
Alberto Javier Martín Moratilla
Consejero delegado