Por Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Presidencia del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), se convocó la concesión de subvenciones a empresas para proyectos de I+D con cargo al presupuesto del ejercicio 2024, con financiación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (DOGV 9754, 28.12.2023).
Con anterioridad a la adjudicación de las ayudas han tenido lugar unas devastadoras inundaciones sufridas en la provincia de Valencia como consecuencia de una descomunal DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) iniciada el 28 de octubre de 2024, con terribles consecuencias, afectando a las comarcas de Requena-Utiel, la Hoya de Buñol, la Ribera Alta y l'Horta Sud. Ello ha causado daños de gran magnitud en bienes e infraestructuras de toda índole, lo que ha podido provocar que muchos de los proyectos que fueron presentados en dicha convocatoria de ayudas hayan podido verse afectados.
Por ello, a la vista de la propuesta realizada por la Comisión de Evaluación de los programas que integran dicha convocatoria, en su reunión celebrada el pasado 20 de noviembre de 2024, y en consonancia con las medidas aprobadas en el Acuerdo de 4 de noviembre de 2024, del Consell, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños producidos por el temporal iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana, en el Decreto ley 11/2024, de 12 de noviembre, del Consell, por el que se adoptan medidas administrativas y económico-presupuestarias para facilitar la respuesta de la Generalitat como consecuencia de la DANA sufrida por la Comunitat Valenciana los días 28 y 29 de octubre de 2024, en el Real Decreto ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 y en la Orden PJC/1222/2024, de 6 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2024, por el que se declara «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» el territorio damnificado como consecuencia de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que ha afectado a amplias zonas de la Península y Baleares entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, se ha considerado oportuno modificar la Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Presidencia del IVACE antes citada, en el sentido de extender el plazo de ejecución y justificación de los proyectos.
En virtud de lo que antecede, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.i) del Decreto 4/2013, de 4 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE),
RESUELVO
Artículo unico. Modificación del artículo 4. Obligaciones de las empresas beneficiarias
Se modifica el apartado 3 del artículo 4 de la convocatoria con la siguiente redacción:
«3. Plazos de ejecución, justificación y de validez de justificantes de gasto y pago.
- El proyecto deberá desarrollarse dentro del periodo comprendido entre la fecha de solicitud y el 30 de diciembre de 2025, entendiéndose que se ha iniciado cuando se haya producido el primer compromiso de gasto firme e irreversible.
- Serán subvencionables los gastos incurridos en la realización del proyecto siempre que la fecha del justificante de gasto se encuentre comprendida en el periodo indicado en el apartado anterior.
- Sólo se admitirán los pagos realizados con posterioridad a la fecha de solicitud y hasta la fecha de justificación del proyecto, siempre que hayan sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
- La justificación de la ejecución del proyecto deberá presentarse con fecha límite 2 de abril de 2026.»
DISPOSICIÓN FINAL
Única
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante la presidenta del IVACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime oportuno.
València, 4 de diciembre de 2024
María Ángela Cano García
Presidenta del IVACE