Antecedentes de hecho Primero. Por la Orden 5/2024, de 18 de septiembre, de 2024, de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de actividades y proyectos destinados a la protección y defensa de los animales y a la conservación de la biodiversidad animal, protección del medio ambiente y mejoras en el hábitat, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana (DOGV 9941, 20.09.2024).
Mediante la Resolución de 4 de octubre de 2024, del director de Medio Natural y Animal, se convocan para el ejercicio 2024, las subvenciones destinadas a la realización de actividades y proyectos destinados a la protección y defensa de los animales y a la conservación de la biodiversidad animal, la protección del medio ambiente y las mejoras en el hábitat, para el ejercicio 2024, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, en sus modalidades A y B (DOGV 9956, 14/10/2024).
Segundo. El plazo de presentación de solicitudes se inició a las 00.00.00 horas del 15 de octubre de 2024 y finalizó a las 23.59.59 horas del 28 de octubre de 2024, estableciéndose un plazo de diez días hábiles según el resuelvo noveno de la Resolución de 4 de octubre de 2024, del director de Medio Natural y Animal. En dicho periodo han tenido entrada mediante el trámite telemático habilitado al efecto a través de la sede electrónica de la Generalitat (
https://sede.gva.es/es/proc861) un total de 145 solicitudes de ayuda acogidas a la citada resolución de subvención, las cuales han dado lugar a la instrucción de los expedientes relacionados en los documentos anexos a la propuesta de resolución provisional de 5 de noviembre de 2024, de la subdirectora general de Protección Animal, Agentes Medioambientales y Coordinación.
Tercero. Visto que se han desarrollado las actividades de instrucción por el órgano competente y se ha efectuado el estudio y la valoración de las solicitudes por la comisión de valoración prevista en el resuelvo duodécimo de la Resolución de 4 de octubre de 2024 y el artículo 8 de la Orden 5/2024, de 18 de septiembre, y habiéndose remitido por la comisión de valoración el correspondiente informe de valoración, se ha formulado propuesta de resolución de concesión provisional de 5 de noviembre de 2024, de la subdirectora general de Protección Animal, Agentes Medioambientales y Coordinación.
Cuarto. Vista la propuesta de resolución de concesión provisional donde se relacionan las 97 entidades solicitantes que figuran en el anexo I como «Relación de subvenciones concedidas en las ayudas para la modalidad A» y las 29 entidades solicitantes que figuran en el anexo I como «Relación de subvenciones concedidas en las ayudas para la modalidad B», así como el anexo II donde consta la «Relación de solicitudes desestimadas» que asciende a 6 entidades y en el anexo III la «Relación de solicitudes excluidas» que asciende a 15 entidades, con la expresión de los motivos procedentes en cada caso y habiéndose comprobado la acreditación del cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el resuelvo Cuarto de la de la citada convocatoria, y habiéndose observado en todos sus trámites el procedimiento establecido, de acuerdo con el informe emitido por dicha comisión de valoración en fecha 5 de noviembre de 2024.
Quinto. Vistas las alegaciones y aportación documental presentadas por las entidades interesadas que han presentado la solicitud de concesión de las ayudas y vista la Propuesta de Resolución de concesión definitiva de 21 de noviembre de 2024, de la subdirectora general de Protección Animal, Agentes Medioambientales y Coordinación.
Sexto. Visto lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en cuanto a la publicación de los actos administrativos, y visto lo establecido en el artículo 8 de la Orden 5/2024, de 18 de septiembre en cuanto a la resolución definitiva de concesión de las ayudas y habiéndose tenido en cuenta en la tramitación de este procedimiento lo que establece la citada Orden 5/2024, de 18 de septiembre, de 2024 y la Resolución de 4 de octubre de 2024 mencionada, y en todo aquello no regulado en esta orden, se ha estado a lo que disponen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su reglamento de desarrollo, y la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.
Por todo lo antedicho,
RESUELVO
Primero. Concesión de las ayudas
Conceder a las entidades que figuran en el anexo I de esta resolución, las subvenciones solicitadas por el importe que aparece especificado y por los proyectos mencionados, dentro del crédito disponible que asciende a un total de:
Para las actuaciones de la línea de subvención S0249, del centro gestor 01080202GE00000, programa 442A00 del capítulo 4 de gastos, por importe total de seis cientos cincuenta mil euros (650.000 euros):
- Modalidad A: 400.000€
- Modalidad B: 250.000 €
Para las actuaciones de la línea de subvención S0525, del centro gestor 01080202GE00000, programa 442A00 del capítulo 7 de gastos, por importe total de quinientos mil euros (500.000 euros):
- Modalidad A: 350.000€
- Modalidad B: 150.000€
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5 de la Orden 5/2024, de 18 de septiembre, de 2024, y el resuelvo Octavo de la Resolución de 4 de octubre de 2024, el importe máximo de la subvención a conceder a cada beneficiario por la realización de una o varias de las actuaciones subvencionables de la modalidad A será de 36.000 euros, IVA incluido, pudiéndose financiar hasta el 80% de la ejecución de los proyectos o actividades.
Asimismo, el importe máximo de la subvención a conceder a cada beneficiario por la realización de una o varias de las actuaciones subvencionables de la modalidad B será de 24.000 euros, IVA incluido, pudiéndose financiar hasta el 80% de la ejecución de los proyectos o actividades.
En relación con la propuesta de resolución de concesión donde consta la relación de subvenciones a conceder para la modalidad A, y vistas todas las alegaciones y aportación documental recibidas por las entidades interesadas que han presentado la solicitud de concesión de las ayudas, y habiéndose agotado la cuantía máxima de crédito presupuestario para el capítulo IV que asciende a 400.000 euros, y que cubre las actuaciones subvencionables de las actividades a.1 a a.5 establecidas en el apartado 2.º del resuelvo quinto de la Resolución de 4 de octubre de 2024, se conceden las subvenciones a los beneficiarios relacionados en el listado del anexo I hasta el expediente MAPRAN/2024/88 correspondiente a la «Catland».
En relación con la propuesta de resolución de concesión donde consta la relación de subvenciones concedidas para la modalidad B, y vistas todas las alegaciones y aportación documental presentadas por las entidades interesadas que han presentado la solicitud de concesión de las ayudas, y habiéndose agotado la cuantía máxima de crédito presupuestario para el capítulo IV que asciende a 250.000 euros, y que cubre las actuaciones subvencionables de las actividades b.1 a b.5 establecidas en el apartado 3º del resuelvo quinto de la Resolución de 4 de octubre de 2024, se conceden las subvenciones a los beneficiarios relacionados en el listado del anexo I hasta el expediente MAPRAN/2024/104 correspondiente a la «Asoc. Institut per la Sostenibilitat i Patrimoni del».
Según lo establecido en el apartado 5.º del resuelvo duodécimo de la Resolución de 4 de octubre de 2024, en caso de agotarse el crédito de la convocatoria, se creará un listado de reserva con el resto de las entidades que, cumpliendo con los requisitos para ser beneficiarias de las ayudas, no se les concede la ayuda por haberse agotado el crédito, motivo por el cual pasan al listado de reserva de la modalidad A del capítulo IV (actividades a.1 a a.5) desde el expediente MAPRAN/2024/88 correspondiente a la «Catland» por importe de 2.879,67 euros y el resto de beneficiarios incluidos en el listado de reserva de la modalidad A del anexo I.
Respecto a la modalidad B del capítulo IV (actividades b.1 a b.5), pasan al listado de reserva desde el expediente MAPRAN/2024/104 correspondiente a la «Asoc. Institut per la Sostenibilitat i Patrimoni del» por importe de 15.463,52 euros y el resto de los beneficiarios incluidos en el listado de reserva de la modalidad B del anexo I.
En relación con la propuesta de resolución de concesión donde consta la relación de subvenciones concedidas para la modalidad A y modalidad B del capítulo VII (actividades a.6 y b.6), se comunica que existe crédito presupuestario suficiente para cubrir los importes subvencionables concedidos, por lo que no se establece listado de reserva.
La relación de puntuación obtenida por las entidades beneficiarias, así como la correspondiente baremación definitiva se detalla en el anexo IV de la presente resolución.
Segundo. No concesión por desestimación
Desestimar las subvenciones solicitadas a las entidades y por los proyectos mencionados en el anexo II, de esta resolución, por los motivos que se exponen en el mismo.
Tercero. No concesión por exclusión
Excluir de la subvención solicitada a las entidades, y por los proyectos especificados en el anexo III de esta resolución, por los motivos que se exponen en el mismo.
El presente acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el DOGV, o impugnarse directamente ante el orden jurisdiccional mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
València, 22 de noviembre de 2024
Luis Gomis Ferraz
Director general de Medio natural y Animal