Vistas las resoluciones del director general de Urbanismo, de 26 de abril de 2024 (DOGV 9859, 29.05.2024), y de 9 de agosto de 2024 (DOGV 9921, 23.08.2024), por las que se concedió subvención a veintiocho de las solicitudes presentadas, entre las que se encontraba la presentada por el Ayuntamiento de Benifairó de la Valldigna (expte. URPMIT23-15).
Vista la Resolución de la Alcaldía n.º 2024-0597, de 11.09.2024 por la que se acuerda renunciar a la subvención concedida por el importe de 15.000 € en el marco de la convocatoria de referencia.
Visto que no existe en esta convocatoria solicitudes que no hubieran sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria.
Considerando lo dispuesto sobre las renuncias en los artículos 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 63 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Por lo expuesto, de conformidad con las atribuciones otorgadas por delegación en el resuelvo cuarto de la Resolución de 23 de julio de 2019, del conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, sobre delegación del ejercicio de competencias en determinados órganos de la Conselleria,
RESUELVO
Primero
Aceptar la renuncia presentada por el Ayuntamiento de Benifairó de la Valldigna a la subvención concedida por el importe de 15.000€ para la elaboración de instrumentos de planeamiento de minimización de impactos territoriales (PEMIT), para el ejercicio 2023.
Segundo
Remitir esta resolución para su publicación en el DOGV con carácter urgente.
Tercero
Notificar la presente resolución al Ayuntamiento de Benifairó de la Valldigna.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de València, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
València, 22 de noviembre de 2024
(p. d. Resolución 12.08.2024; DOGV 9916, 16.08.2024)
Miguel Ángel Ivorra Devesa
Director general de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental