Mediante Acuerdo de 24 de mayo de 2024, del tribunal que ha de juzgar el concurso-oposición para la provisión de vacantes de facultativo y facultativa especialista de Nefrología, de instituciones sanitarias de la Conselleria de Sanidad, se publica la resolución definitiva del concurso-oposición por el orden de puntuación total alcanzada (DOGV núm. 9866 de 07.04.2024)
Recaída la sentencia 673/2024, de la Sección 2 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, por la que se anula el tope de cinco puntos establecido en el apartado 1.d del baremo de méritos recogido en el artículo 17 de la Orden 2/2020, de 2 de junio, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se aprueban los baremos de méritos de aplicación a la fase de concurso de los procesos selectivos, a la provisión a través de los concursos de traslados y a los procesos de movilidad interna, de plazas de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias del Sistema Valenciano de Salud, procede modificar el listado definitivo mencionado en el párrafo anterior, publicándose en el Anexo I a esta resolución el listado con las puntuaciones definitivas tras la ejecución del fallo de la sentencia citada.
De conformidad con lo anteriormente expuesto y en uso de la competencia atribuida por el artículo 17 del Decreto 135/2023, de 10 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad,
RESUELVO
Publicar en el Anexo I, de forma íntegra, con las modificaciones correspondientes tras la ejecución del fallo de la sentencia 673/2024, de la Sección 2 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, el listado definitivo del concurso-oposición para la provisión de vacantes de facultativo y facultativa especialista de Nefrología, de instituciones sanitarias de la Conselleria de Sanidad, por el orden de puntuación total alcanzada.
Contra la presente resolución se podrá promover incidente para decidir, sin contrariar el contenido del fallo, cuantas cuestiones se planteen en la ejecución en cumplimiento del artículo 109 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa; así como cualquier otro recurso que estimen en su derecho.
València, 13 de noviembre de 2024
María Amparo Pinazo Gamir
Directora general de Personal