RESOLUCIÓN de 29 de octubre de 2024, de la Dirección General, por la que se incluye la utilidad APLAZATE de presentación telemática de solicitudes de aplazamientos y fraccionamientos en las acciones de los modelos 600, 620, 650 y 651 de autoliquidaciones de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones en el anexo I de la Orden de 21 de noviembre de 2003, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo.

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          Con la finalidad de reforzar el alcance efectivo de la ampliación del elenco de acciones de presentación telemática de autoliquidaciones de los modelos 600 y 620 del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y 650 y 651 del impuesto sobre sucesiones y donaciones para permitir la presentación de autoliquidaciones de los citados modelos con solicitud de aplazamiento-fraccionamiento a través de la utilidad informática APLAZATE, se propone la ampliación del anexo I de la Orden de 21 de noviembre de 2003, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de declaraciones y declaraciones-liquidaciones de los tributos cuya gestión compete a la Generalitat Valenciana.
          Dicha nueva herramienta informática APLAZATE va a permitir la presentación telemática de solicitudes de aplazamiento-fraccionamiento de autoliquidaciones de los citados modelos, tanto de forma simultánea a la presentación de las respectivas autoliquidaciones como con posterioridad a dicha presentación inicial.
          Dentro de la herramienta, la implantación de las diferentes utilidades que comprende se irá efectuando de forma progresiva, en la medida en que se vayan desarrollando y poniendo en funcionamiento, comenzando con las solicitudes de aplazamiento-fraccionamiento por el importe total adeudado a través de determinados modelos de solicitud y con la posterior extensión a otros modelos de solicitud, y a las solicitudes de aplazamiento-fraccionamiento de parte de la deuda.
          De conformidad con lo dispuesto en el apartado primero, número dos, de la Orden de 21 de noviembre de 2003, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de declaraciones y declaraciones-liquidaciones de los tributos cuya gestión compete a la Generalitat Valenciana, en su redacción dada por la Orden 3/2021, de 24 de marzo, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, el acceso a las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas, relativas a la presentación y, en su caso, pago por vía telemática de declaraciones, comunicaciones, declaraciones-liquidaciones, autoliquidaciones o cualesquiera otros documentos, en relación con los tributos cuya gestión compete a la Generalitat, se efectuará mediante la habilitación de utilidades, para cada tipo o modelo de documento con trascendencia tributaria, en el sistema informático de ayuda de la Generalitat a la cumplimentación, presentación y, en su caso, pago de tales modelos tributarios. A estos efectos, las técnicas habilitadas, en el momento de entrada en vigor de dicha orden, figuran incluidas, con la denominación de acciones, en su anexo I. La posterior habilitación de cualquier utilidad nueva o la modificación o ampliación del ámbito subjetivo, objetivo o funcional de las ya existentes, se deberá realizar mediante resolución de la Dirección General de la Agencia Tributaria Valenciana en cuanto afecte a los tributos y otros ingresos de derecho público cuya gestión y recaudación tenga atribuidos dicha entidad, como es el caso de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones.
            En virtud de cuanto antecede, se resuelve la ampliación del anexo I de la Orden 3/2021, de 24 de marzo, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, el acceso a las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas, relativas a la presentación y, en su caso, pago por vía telemática de declaraciones, comunicaciones, declaraciones-liquidaciones, autoliquidaciones o cualesquiera otros documentos, en relación con los tributos cuya gestión compete a la Generalitat,  incluyendo las nuevas acciones relativas a la presentación telemática de autoliquidaciones de los modelos 600 y 620 del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y 650 y 651 del impuesto sobre sucesiones y donaciones con solicitud de aplazamiento o fraccionamiento a través de la utilidad informática APLAZATE, con el contenido que se indica en el anexo I de la presente resolución.
 
 
 
ANEXO I
Nuevas acciones habilitadas en los programas de ayuda para la presentación y pago telemáticos
 
NÚMERO
MODELO
TIPO DE DECLARACIÓN O AUTOLIQUIDACIÓN
TRIBUTO
 
ACCIONES HABILITADAS
FORMATOS Y ESPECIFICACIONES RELACIONADAS
620
AUTOLIQUIDACIÓN
IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
-
COMPRAVENTA DE VEHÍCULOS USADOS
Presentación y solicitud de aplazamiento o fraccionamiento a través de la utilidad APLAZATE de la plataforma de tramitación electrónica de la GVA. Las subutilidades se irán estableciendo, en función de la disponibilidad técnica, por modelos de solicitud y por el total o parte de la deuda
Formato de la copia impresa de los justificantes electrónicos de presentación de la solicitud establecidos en el anexo II de la presente resolución
600
AUTOLIQUIDACIÓN
IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
 
Presentación y solicitud de aplazamiento o fraccionamiento a través de la utilidad APLAZATE de la plataforma de tramitación electrónica de la GVA. Las subutilidades se irán estableciendo, en función de la disponibilidad técnica, por modelos de solicitud y por el total o parte de la deuda
Formato de la copia impresa de los justificantes electrónicos de presentación de la solicitud establecidos en el anexo II de la presente resolución
650
AUTOLIQUIDACIÓN
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES-ADQUISICIONES MORTIS CAUSA
Presentación y solicitud de aplazamiento o fraccionamiento a través de la utilidad APLAZATE de la plataforma de tramitación electrónica de la GVA. Las subutilidades se irán estableciendo, en función de la disponibilidad técnica, por modelos de solicitud y por el total o parte de la deuda
Formato de la copia impresa de los justificantes electrónicos de presentación de la solicitud establecidos en el anexo II de la presente resolución
651
AUTOLIQUIDACIÓN
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES ADQUISICIONES INTER VIVOS
Presentación y solicitud de aplazamiento o fraccionamiento a través de la utilidad APLAZATE de la plataforma de tramitación electrónica de la GVA. Las subutilidades se irán estableciendo, en función de la disponibilidad técnica, por modelos de solicitud y por el total o parte de la deuda
Formato de la copia impresa de los justificantes electrónicos de presentación de la solicitud establecidos en el anexo II de la presente resolución

 

València, 28 de octubre de 2024
 
Sonia Encarnación Díaz Español
Directora general de la Agencia Tributaria Valenciana
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