Antecedentes de hecho
Primero. Por Orden 4/2023, de 22 de mayo, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital (DOGV 9604, 26.05.2023), se aprobaron las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a colegios profesionales, asociaciones empresariales y asociaciones profesionales de la Comunitat Valenciana destinadas a la realización de acciones de formación en materia de innovación disruptiva e inteligencia artificial, convocadas por Resolución de 15 de mayo para el ejercicio presupuestario 2024.
De acuerdo con la convocatoria las subvenciones se concederán con cargo a los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024, línea: S0515, denominada: Ayudas a las acciones de comunicación y formativas para el avance en la transformación digital de colectivos profesionales, por un importe global máximo: 800.000,00 euros.
Segundo. De conformidad con el artículo 12 de la Orden 4/2023, la comisión de valoración se ha reunido el día 4 de septiembre de 2024 emitiendo, después del estudio y evaluación de las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios objetivos de otorgamiento especificados en el artículo 7 de la citada orden, de acuerdo con los criterios de valoración del resuelvo séptimo de la convocatoria y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria, la valoración provisional.
Por Resolución del 12 de septiembre de 2024, del director general de Innovación, a la vista de la propuesta de la comisión de valoración, se hizo pública la resolución provisional en la página web de la Dirección General de Innovación, indicando que los interesados podrían formular alegaciones en el plazo de 10 días naturales desde el día siguiente a la publicación.
Tercero. De conformidad con el artículo 14 de la Orden 4/2023, la comisión de valoración se reúne el día 4 de octubre de 2024 y a la vista que no ha habido alegaciones a la resolución provisional, y en consecuencia ningún cambio relativo a lo ratificado por la comisión de valoración reunida en fecha 4 de septiembre de 2024, se eleva a definitiva la propuesta de resolución provisional de las ayudas adjudicadas para su efectiva aprobación y publicación.
Cuarto. Se ha acordado la ampliación del plazo para poder presentar la justificación de las subvenciones destinadas a colegios profesionales, asociaciones empresariales y asociaciones profesionales de la Comunitat Valenciana para la realización de acciones de formación en materia de innovación disruptiva e inteligencia artificial, hasta el 14 de noviembre de 2024 por Resolución de 29 de octubre de 2024, del director general de Innovación (DOGV 9969, 30.10.2024).
Considerando lo manifestado en los párrafos anteriores, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 de la Orden 4/2023, las subvenciones concedidas se harán públicas por los medios electrónicos y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, con expresión de la convocatoria, el programa, el crédito presupuestario al cual se imputan, el beneficiario/a, la cuantía concedida y la finalidad o finalidades de la subvención.
Fundamentos de derecho
Primero. De conformidad con el resuelvo octavo y siguientes y el artículo 14 de la Orden 4/2023, se eleva la resolución definitiva de concesión de las ayudas.
Segundo. Para dictar la presente resolución es competente la persona titular de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, en virtud de lo establecido en el punto 1 del resuelvo octavo de la Resolución de 15 de mayo de 2024, de la consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo (DOGV 9855, 23.05.2024), por la que se convocan estas ayudas para el ejercicio presupuestario 2024.
Por todo ello,
RESUELVO
Primero
Conceder las subvenciones relacionadas en el anexo I de la presente resolución, a los colegios profesionales, asociaciones empresariales y asociaciones profesionales de la Comunitat Valenciana, destinadas a la realización de acciones de formación en materia de innovación disruptiva e inteligencia artificial para la convocatoria correspondiente al ejercicio presupuestario 2024 por los correspondiente importes, con cargo a la línea de actuación línea: S0515 denominada «Ayudas a las acciones de comunicación y formativas para el avance en la transformación digital de colectivos profesionales», por un importe global máximo: 800.000,00 euros.
Segundo
Anular la solicitud relacionada en el anexo II de la presente resolución por los motivos que se especifican en el mismo.
Dar por desistidas las solicitudes relacionadas en el anexo III de la presente resolución por los motivos que se especifican en el mismo.
Tercero
Dar publicidad al listado definitivo, elevado por la comisión de valoración, de las solicitudes concedidas, de las que han sido anuladas y de las dadas por desistidas, tal y como se dispone en el anexo que se acompaña a la presente resolución, mediante su publicación en el apartado «tablón de anuncios» en la página web de la Subdirección General para el Avance de la Sociedad Digital y de las tecnologías Habilitadoras Digitales:
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación o notificación, de acuerdo con lo que establecen los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas o recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa-Administrativa del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses, computado en los mismos términos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Alicante, 11 de noviembre de 2024
Nuria Montes de Diego
Consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo