En fecha 4 de noviembre de 2024 se publicó en el DOGV (núm. 9974 bis) Acuerdo de 4 de noviembre de 2024, del Consell, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños producidos por el temporal iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana. En el punto Undécimo el Consell acuerda la ampliación general de los plazos en todos aquellos procedimientos no vencidos de competencia de la Administración de la Generalitat y de su sector público instrumental que se encuentren en tramitación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Antecedentes de hecho
Primero. Por Resoluciones de la directora general de Personal se han convocado concursos de traslados para la:
- Provisión de diversas plazas básicas con características específicas de personal estatutario sanitario de la categoría profesional de facultativo o facultativa especialistas de instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad.
- Provisión de diversas plazas de personal estatutario sanitario de la categoría profesional de personal facultativo de distintas especialidades médicas de instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad.
- Provisión de diversas plazas de personal estatutario sanitario de distintas categorías profesionales del subgrupo de titulación A1 de instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad
- Provisión de diversas plazas de personal estatutario de gestión y servicios de distintas categorías profesionales del subgrupo de titulación A2 de instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad.
- Provisión de diversas plazas de personal estatutario de gestión y servicios de distintas categorías profesionales de subgrupos de titulación A1/A2 de instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad.
- Provisión de diversas plazas de personal estatutario sanitario de distintas categorías profesionales del subgrupo de titulación A2 de instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad.
Segundo.Las convocatorias relacionadas en el antecedente de hecho primero establecen en sus bases los siguientes plazos:
1º Diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de un listado provisional de puntuación del concurso, para formular reclamaciones contra la puntuación provisional. Hasta el último día de este plazo de reclamaciones, las personas concursantes podrán desistir de la participación en el proceso.
2º Diez días hábiles, a partir de la publicación de la adjudicación provisional de destinos, para la alegación de posibles errores en dicha adjudicación.
3º Un mes de recurso de alzada, a partir de la publicación del listado definitivo de puntuación del concurso, para alegar contra dicha puntuación.
Tercero. La ampliación de plazos en los mencionados procedimientos viene motivada por el temporal de viento y lluvias acontecido en la Comunitat Valenciana, como consecuencia del episodio de DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) que se inició en la jornada de 29 de octubre, y que ha tenido consecuencias destructivas en personas, bienes e infraestructuras de toda índole, alterando de este modo sustancialmente el funcionamiento normal de la sociedad en las zonas afectadas.
Fundamentos de derecho
Único. El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, permite conceder de oficio, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.
La decisión sobre la ampliación deberá producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido.
En uso de la competencia atribuida por el artículo 17 del Decreto 135/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad, resuelvo:
Primero. Ampliar de oficio los plazos relacionados en el antecedente de hecho segundo, para las convocatorias de las categorías recogidas en el Anexo I, y hasta la fecha fijada en dicho anexo.
Segundo. Publicar la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Contra la presente resolución no cabrá recurso alguno, a tenor de lo dispuesto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
València, 5 de noviembre de 2024
María Amparo Pinazo Gamir
Directora general de Personal