Por la Resolución de 4 de octubre de 2024, del director general de Medio Natural y Animal, se efectuó la convocatoria de las subvenciones destinadas a la realización de actividades y proyectos destinados a la protección y defensa de los animales y a la conservación de la biodiversidad animal, la protección del medio ambiente y las mejoras en el hábitat, para el ejercicio 2024, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana (DOGV 9956, de 14.10.2024), en adelante, la convocatoria.
En la Resolución de la convocatoria se ha advertido un error material en el título de la misma, así como en el punto resolutivo quinto, apartado 2, subapartado a.2. de la versión en castellano y valenciano.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en aplicación de la delegación de las competencias para resolver contenida en el punto resolutivo duodécimo, apartado primero y decimocuarto, apartado primero de la convocatoria,
RESUELVO
Primero
Corrección de error material en el título de la resolución de la convocatoria, de tal manera que
Donde dice:
«RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2024, del director de Medio natural y Animal, por la cual se convocan las subvenciones destinadas a la realización de actividades y proyectos destinados a la protección y defensa de los animales y a la conservación de la biodiversidad animal, la protección del medio ambiente y las mejoras en el hábitat, para el ejercicio 2024, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.»
Debe decir:
«RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2024, del director general de Medio Natural y Animal, por la cual se convocan las subvenciones destinadas a la realización de actividades y proyectos destinados a la protección y defensa de los animales y a la conservación de la biodiversidad animal, la protección del medio ambiente y las mejoras en el hábitat, para el ejercicio 2024, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.»
Segundo
Corrección de error material en el punto resolutivo quinto, apartado segundo, subapartado a.2. de la resolución de convocatoria, de tal manera que
Donde dice:
«a.2 Actividades y actuaciones de atención y cuidado de los animales albergados en los centros de rescate, recuperación o recogida de animales abandonados inscritos en el Registro de Núcleos Zoológicos de la Comunitat Valenciana, casas de acogida dependientes de los mismos, santuarios y en las colonias felinas reguladas en la Ley 2/2023, de 13 de marzo, de Protección, Bienestar y Tenencia de animales de compañía y otras medidas de bienestar animal, y relativos a:»
Debe decir:
«a.2 Actividades y actuaciones de atención y cuidado de los animales albergados en los centros de rescate, recuperación o recogida de animales abandonados inscritos en el Registro de Núcleos Zoológicos de la Comunitat Valenciana, casas de acogida, santuarios y en las colonias felinas reguladas en la Ley 2/2023, de 13 de marzo, de protección, bienestar y tenencia de animales de compañía y otras medidas de bienestar animal, y relativos a:»
València, 22 de octubre de 2024
Luis Gomis Ferraz
Director general de Medio natural y Animal