BDNS (identif.): 788598
Primero. Beneficiarios
Entidades que conforman el sector público de la Generalitat; entidades locales previstas en la legislación autonómica en materia de Régimen Local de la Comunitat, sus consorcios y sus entidades públicas dependientes; universidades y sus consorcios y centros adscritos con sede o domicilio social en la Comunitat Valenciana; entidades privadas y empresas con sede o domicilio social en la Comunitat Valenciana.
Las entidades beneficiarias deberán haber sido líderes o socias participantes de un proyecto finalizado, dentro o fuera de la Comunitat Valenciana, perteneciente al periodo de programación 2014-2020 y 2021-2027 y que haya sido iniciado a partir del 1 de enero de 2019.
Segundo. Objeto
Apoyar la participación en programas europeos mediante la cofinanciación de proyectos europeos enmarcados en los programas de cooperación territorial europea en el marco de proyectos europeos pertenecientes a los siguientes programas europeos: INTERREG MED y EUROMED, INTERREG EUROPE, INTERREG SUDOE, ENI CBC MED y URBACT.
Acciones subvencionables
Se considerarán gastos subvencionables aquellos que la entidad haya realizado dentro del periodo subvencionable, desde el inicio del proyecto, que tiene que ser del 1 de enero de 2019 hasta el día de publicación de la resolución en el DOGV en caso de proyectos en curso, siempre que se encuentren entre los gastos subvencionables de apartado sexto de la resolución:
a) costes directos de personal
b) costes directos de viajes i alojamientos
c) costes directos de servicios externos
d) costes directos de administración
e) estudios y encuestas.
Tercero. Bases reguladoras
Orden 1/2021, de 27 de enero, de 2021, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de apoyo a la participación en proyectos europeos, modificada por la Orden 4/2023, de 14 de marzo, de 2023, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico (DOGV 9558, 21.03.2023)
https://dogv.gva.es/va/resultat-dogv?signatura=2023/2904&L=1
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo que se destinará para la concesión de las subvenciones previstas en la presente convocatoria asciende a 290.000,00 euros, que se financiarán con cargo a la línea de subvención S030700000, «Financiación para proyectos europeos», capítulo 4 del programa presupuestario 612A00, Fondos Europeos, del presupuesto de la Generalitat del 2024.
El porcentaje de financiación será variable en función de la cofinanciación del proyecto y está desarrollado en el punto séptimo de la convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Sexto. Otros datos
Para ello, el solicitante deberá disponer de firma electrónica, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), ambos admitidos por la sede electrónica de la Generalitat.
Período subvencionable: desde el inicio del proyecto, que tiene que ser a partir del 1 de enero de 2019, hasta la finalización del proyecto, o hasta la publicación de la presente resolución en el caso de proyectos en curso.
València, 27 de septiembre de 2024
Carlos Pablo Gracia Calandín
Subsecretario de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública