Vista la Orden 13/2022, de 27 de octubre, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al cuerpo superior técnico de ingeniería en informática de la Administración de la Generalitat, A1-06, sector administración especial, convocatoria 5/22, turno libre general, personas con diversidad funcional y enfermedad mental, por el sistema de oposición, correspondientes a la oferta de empleo público de 2022 para personal de la Administración de la Generalitat (DOGV 9460, 31.10.2022).
Vista la Orden 14/2022, 27 de octubre, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al cuerpo superior técnico de ingeniería en informática de la Administración de la Generalitat, A1-06, sector administración especial, convocatoria 6/22, promoción interna, personas con diversidad funcional y con enfermedad mental, por el sistema de concurso-oposición, correspondientes a la oferta de empleo público de 2022 para personal de la Administración de la Generalitat (DOGV 9460, 31.10.2022).
Vistas las resoluciones de 25 de abril de 2024, de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública, por las que se publican las relaciones definitivas de personas que han superado las pruebas selectivas de acceso al cuerpo superior técnico de ingeniería en informática de la Administración de la Generalitat, A1-06, sector administración especial, convocatoria 5/22, turno libre general, personas con diversidad funcional y enfermedad mental, por el sistema de oposición, y convocatoria 6/22, promoción interna, personas con diversidad funcional y con enfermedad mental por el sistema de concurso-oposición, correspondientes a la oferta de empleo público de 2022 para personal de la Administración de la Generalitat (DOGV 9842, 06.05.2024).
Visto el apartado 1 de la disposición transitoria sexta, de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana, que dispone que, las personas aspirantes que accedan a la función pública de la Administración de la Generalitat, mediante las convocatorias en curso a la entrada en vigor de la ley, quedarán integradas en el cuerpo, escala o agrupación funcionarial correspondiente al puesto de trabajo al que optan, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente ley. De conformidad con la correspondencia prevista en el anexo II, de la citada Ley 4/2021, las personas aprobadas en las convocatorias 5/22 y 6/22 se integrarán en el cuerpo superior facultativo A1-04, escala sistemas y tecnologías de la información A1-04-06.
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos y movilidad del personal de la función pública valenciana, y vista la base 10 de la orden de convocatoria, quienes no hayan acreditado sus conocimientos de valenciano de Grau mitjà ó C1, mediante certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, deberán realizar el ejercicio específico que se convoque al efecto y, en caso de no superarlo, asistir a los cursos de perfeccionamiento que a este fin se organicen.
No procede nombrar en esta convocatoria a Joaquin Garcia Ortells, José Alufre Clavel, Jorge Barberá Tudela, Adrián Manso Burgos, María Soledad Martínez Ortuño, Lluis Orient Quilis y Fernando Javier Sánchez Cervera, visto que ya son personal funcionario de carrera de la escala sistemas y tecnologías de la información A1-04-06. Tampoco procede nombrar a Ana Delia Romayor Hernández, funcionaria de carrera de la escala A1-04-06 y, que ha presentado renuncia.
Comprobado que las demás personas aprobadas en las convocatorias 5/22 y 6/22, han presentado en plazo la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos, procede su nombramiento como personal funcionario de carrera del cuerpo superior facultativo A1-04, escala sistemas y tecnologías de la información A1-04-06.
En su virtud, y en uso de la competencia establecida en el artículo 8.1.o) de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la función pública valenciana,
RESUELVO
Primero. Nombramiento
Nombrar personal funcionario de carrera de administración especial, del cuerpo superior facultativo A1-04, escala sistemas y tecnologías de la información A1-04-06, a las personas que han superado las pruebas selectivas de la convocatoria 5/22, turno libre general, personas con diversidad funcional y enfermedad mental, y convocatoria 6/22, promoción interna, personas con diversidad funcional y personas con enfermedad mental, y, que se relacionan en el anexo de esta resolución.
Segundo. Adquisición de la condición de personal funcionario de carrera
Para adquirir la condición de personal funcionario de carrera, las personas nombradas mediante la presente resolución deberán tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado, dentro del plazo establecido y previo el juramento o promesa a que se refiere el apartado c) del artículo 68.1 de la Ley 4/2021 de 16 de abril, de la función pública valenciana.
Tercero. Efectos administrativos y económicos
Los efectos económicos y administrativos del presente nombramiento serán del día de la toma de posesión.
Cuarto. Registro de personal
Por el Registro de Personal de la Administración de la Generalitat se efectuarán las anotaciones que corresponda en las hojas de servicio de las personas interesadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Asimismo, con carácter potestativo, se podrá interponer un recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 10, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
València, 27 de septiembre de 2024
Ruth María Merino Peña
Consellera de Hacienda, Economía y Administración Pública