A los efectos previstos en:
- el Decreto ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica,
- la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico,
- la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental y en el Decreto 162/1990, de 15 de octubre, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de Impacto Ambiental,
- la Ley 3/2014, de 11 de julio, de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana,
- la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes,
- la Ley 14/2003, de 10 de abril, de Patrimonio de la Generalitat, respecto a la utilización y aprovechamiento de los bienes de dominio público,
- y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se someten a información pública las solicitudes de autorización de implantación en suelo no urbanizable, de autorización administrativa previa y de autorización administrativa de construcción, de la instalación eléctrica que se indica.
Peticionario: Equanimity Energy Generation, SL., CIF B66787409 y con domicilio social
Av. Diagonal, 460- 4ª- 1- 08006 Barcelona.
Tipo de central eléctrica: Central fotovoltaica denominada «FV Villa Doménech», con potencia máxima total de los módulos fotovoltaicos: 3673,824 kW, potencia nominal del inversor: 2480 kW y capacidad de acceso concedida: 2100 kW.
Emplazamiento: Término municipal de Pedreguer/Ondara (Alicante).
Planta generadora: Parcela 339 del polígono 5 del término municipal de Ondara (Alicante); parcelas 8, 14, 40 y 51 del polígono 5 del término municipal de Pedreguer (Alicante).
Emplazamiento infraestructura de evacuación: Parcelas 14 y 8 del polígono 5 del término municipal de Pedreguer (Alicante).
Emplazamiento Centro de Seccionamiento y línea que se cede a la distribuidora, i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU.: Parcela 8 del polígono 5 del término municipal de Pedreguer (Alicante).
Órgano competente para autorizar la instalación: Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo.
Documentos sometidos a información pública:
- Proyecto de Planta Solar Fotovoltaica de 2,94 MWP para Autoconsumo con Excedentes en Pedreguer y Ondara (Alicante)
- Proyecto de Centro de Seccionamiento para PSFV deE 2.94 MWp
- Proyecto de Línea Subterránea Trifásica a 20 kV desde la LAMT Existente «Pedreguer ST. Vergel» hasta el CS en Proyecto Situado CRTA. N. 332 km 169, en el término municipal de Pedreguer
- Estudio de Integración Paisajística
- Memoria justificativa del cumplimiento de los criterios del Decreto ley 14/2020
- Estudio de Impacto Ambiental
- Pliego de Prevención de Riesgos Forestales
- Plan de desmantelamiento y restitución del terreno y entorno afectado
- Separatas dirigidas a:
• Ayuntamiento de Ondara
• Ayuntamiento de Pedreguer
• Confederación Hidrográfica del Júcar
• Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio. Dirección General de Infraestructura y Proyectos Urbanos.
• Consellería de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio. Dirección General del Medio Natural y Animal. Montes y Vías Pecuarias.
• Conselleria de Cultura y Deporte. Dirección General de Patrimonio Cultural.
• Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Dirección General de Carreteras del Estado.
• i-DE Redes eléctricas inteligentes, SAU.
• Redexis, SA.
Presupuesto: 2.409.990,20 €
Características principales:
Instalación fotovoltaica de 3673,824 kW de potencia en módulos fotovoltaicos ubicada en el municipio de Pedreguer/Ondara, provincia de Alicante, ocupando una superficie vallada de 4,942681 hectáreas. Los módulos generan corriente continua que se transforma a corriente alterna y eleva a 30 kV, y que se evacúa mediante circuitos enterrados hasta el centro de seccionamiento, del cual partirá una línea subterránea de doble circuito hasta entronque A/S en el apoyo 720439 (5515259) de la línea 09 - Pedreguer de 20kV de la ST Vergel (20kV).
- Central fotovoltaica de 4704 módulos fotovoltaicos bifaciales de 781 Wp de ganancia máxima, conectados en 294 series de 16 módulos, sobre seguidor a 1 eje (98 seguidores de 48 módulos).
- Tensión de la central de 0,4/20 kV.
- Potencia nominal del inversor: 2480 kW, 14 inversores de 100 kW y 12 inversores de 100 kW, que se limitarán de fábrica a 90 kW, para que no se supere la potencia que consta en la garantía y se limitarán con PPC para que no se supere la capacidad de acceso concedida.
- Potencia máxima total de los módulos fotovoltaicos (pico): 3673,824 kWp (en condiciones estándar).
- Capacidad de acceso concedida: 2100 kW.
- Potencia que consta en la garantía económica: 2500 kW
Finalidad: Generación de energía eléctrica mediante una instalación solar fotovoltaica, así como su evacuación a la red de distribución de energía eléctrica.
La documentación será expuesta para consulta pública en la siguiente dirección electrónica:
Según la modificación realizada, en virtud del Decreto ley 1/2022, de 22 de abril, de medidas urgentes en respuesta a la emergencia energética y económica originada en la Comunitat Valenciana por la guerra de Ucrania, del artículo 33.1 del Decreto ley 14/2020, de 7 agosto, del Consell, los proyectos con una potencia de generación menor o igual a 10 MW tendrán carácter prioritario y se tramitarán por el procedimiento de urgencia, de acuerdo con la Ley 39/2015, de Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Por todo ello, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia reduce a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, según se indica en el artículo 33 de la citada ley.
Lo que se hace público para conocimiento general y para que todas aquellas personas físicas o jurídicas que se consideren afectadas en sus derechos puedan examinar la documentación relacionada en la dirección electrónica indicada
https://cindi.gva.es/es/web/energia/alacant, así como dirigir al citado servicio territorial las alegaciones que se consideren oportunas en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, las cuales se podrán presentar vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat, accediendo al siguiente enlace
La incomparecencia en este trámite no impedirá a las personas que tengan la condición de interesadas, de conformidad con el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la interposición de los recursos procedentes contra la resolución definitiva del procedimiento.
Alicante, 23 de septiembre de 2024
Sara Blanes Bas
Jefa del Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Alicante