De acuerdo con los estudios de planificación educativa realizados por la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, se considera que para atender las necesidades educativas de la zona es conveniente la creación de un instituto de educación secundaria, donde se impartan las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato previstas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.
Se prevé un crecimiento considerable de la población en la localidad de Sagunto y sus alrededores, lo cual motiva la necesidad de crear un nuevo centro que solucione las futuras necesidades de escolarización. Asimismo, la creación de este nuevo centro busca descongestionar el Instituto de Educación Secundaria Camp de Morvedre, cuya capacidad se encuentra sobresaturada por ser, a efectos de escolarización, el único IES al que se encuentran adscritos los dos Centros de Educación Infantil y Primaria de Canet d'en Berenguer.
En vista del informe emitido por la Dirección Territorial de Valencia y de conformidad con la propuesta planteada por la Dirección General de Centros Docentes, se concluye la necesidad de crear un nuevo instituto de Educación Secundaria que solucione la falta de centros docentes que sufre la localidad de Canet d'en Berenguer.
El artículo 13 de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, establece que todos los centros tendrán una denominación específica. Por su parte, el artículo 5 del Decreto 252/2019, de 29 de noviembre, del Consell, de regulación de la organización y el funcionamiento de los centros públicos que imparten enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional también establece el procedimiento para la asignación de la denominación genérica y específica de estos centros docentes.
Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación y en el artículo 3 del Decreto 252/2019, de 29 de noviembre, del Consell, de regulación de la organización y el funcionamiento de los centros públicos que imparten enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional y a propuesta del conseller de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, previa deliberación del Consell, en la reunión del día 17 de septiembre de 2024,
DECRETO
Artículo único. Creación del centro
Se crea el siguiente instituto de Educación Secundaria:
Provincia: Valencia
Localidad: Canet d'en Berenguer
Denominación genérica: Instituto de Educación Secundaria
Denominación específica: Número 1
Titular: Generalitat
Código: 46036517
Domicilio: Calle de la Rosa, s/n
Composición: 12 unidades de Educación Secundaria Obligatoria y 4 de Bachillerato.
Capacidad: 360 puestos escolares de Educación Secundaria Obligatoria y 140 puestos escolares de Bachillerato.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Única. Inscripción
Lo establecido en este decreto se inscribirá en el Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Desarrollo
Se faculta a la conselleria competente en materia de Educación para que adopte cuantas medidas sean necesarias para el cumplimiento y desarrollo de lo establecido en este decreto, así como para modificar, en su caso, la denominación y configuración del centro.
Segunda. Publicación y efectos
Este decreto se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana; no obstante, sus efectos se entienden desde el inicio del curso escolar 2024-2025.
València, 17 de septiembre de 2024
Carlos Mazón Guixot
President de la Generalitat
José Antonio Rovira Jover
Conseller de Educación, Cultura, Universidades y Empleo