RESOLUCIÓN de 10 de septiembre de 2024, de la presidencia del Instituto Valenciano de Servicios Sociales, por la que se da publicidad a las bases de la convocatoria del proceso selectivo para la propuesta y nombramiento de la dirección adjunta administrativa del Instituto Valenciano de Servicios Sociales.

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

          El Instituto Valenciano de Servicios Sociales (IVASS) es una entidad de derecho público de la Generalitat de las previstas en el artículo 2.3 a) 3º de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, adscrita a la Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, en virtud del artículo 2.7 del Decreto 132/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.
          IVASS como entidad de derecho público cuenta con personalidad jurídica propia, patrimonio propio, recursos y plena capacidad de obrar para el desarrollo y ejecución de la política de la Generalitat en el ámbito del bienestar social, personas mayores, dependencia, atención a personas con diversidad funcional, protección, salvaguardia y cargos tutelares de las personas con capacidad modificada judicialmente atribuida a la Generalitat, infancia y adolescencia, y prestación, asistencia y ejecución de actuaciones en servicios sociales y atención social-sanitaria (Disposición Adicional Novena de la Ley 11/2000, de 28 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de Organización de la Generalitat).
          El Decreto ley 1/2011, de 30 de septiembre, del Consell, de medidas urgentes de régimen económico-financiero del Sector Público Empresarial y Fundacional, en su artículo 19 indica que la elección del personal de carácter directivo de los entes del sector público se basará en criterios de competencia, profesionalidad y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada.
          Por su parte, el Decreto 95/2016, de 29 de julio, del Consell, de regulación, limitación y transparencia del régimen del personal directivo del sector público instrumental de la Generalitat (en adelante, Decreto 95/2016), define, a estos efectos, al personal directivo como aquel que, actuando bajo la dependencia bien de los órganos superiores de gobierno o administración de los entes, bien de las personas que desempeñan su máxima responsabilidad, ejerce funciones independientes con autonomía y responsabilidad, solo limitadas por los criterios e instrucciones emanadas de aquellos.
          Este mismo decreto establece el número máximo de personal directivo de las entidades del sector público con base en su clasificación, según sus artículos 4 y 5.
          Mediante la resolución, de 8 de febrero de 2021, de la directora general del Sector Público y Patrimonio, se clasificó a IVASS en el grupo II de las entidades de derecho público y entidades públicas empresariales pertenecientes a otros sectores y se le autorizó a IVASS a designar un número máximo de dos personas como personal directivo de la entidad conforme al artículo 2.3 del mencionado Decreto 95/2016. Asimismo, la directora general de Presupuestos emitió informe favorable en fecha 30 de marzo de 2021.
          En consecuencia, IVASS creó dos Direcciones Adjuntas: la Dirección Adjunta de Atención a las Personas y la Dirección Adjunta Administrativa, ambas dependientes de la Dirección General de IVASS. El personal que las ocupe tendrá la consideración de personal directivo y su selección atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad mediante un procedimiento que garantice la publicidad y la concurrencia.
          En fecha 22 de mayo de 2024 se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana  la Resolución de 15 de mayo de 2024, de la vicepresidenta segunda y consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda por la cual se cesaba a la persona que venía ocupando la Dirección Adjunta Administrativa del Instituto Valenciano de Servicios Sociales (IVASS).
          Con motivo de ello y como presidenta de la entidad, en uso de la competencia atribuida por el artículo 6 del Decreto 7/2013, de 4 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de IVASS, resuelvo dar publicidad a las bases que regirán el proceso selectivo de la Dirección Adjunta Administrativa de IVASS:
 
          Primera. Objeto de la convocatoria.
          El objeto de la convocatoria es seleccionar y nombrar a la persona que ocupe la Dirección Adjunta Administrativa del Instituto Valenciano de Servicios Sociales.
 
          Segunda. Funciones de la Dirección Adjunta Administrativa
          A la Dirección Adjunta Administrativa le corresponde el ejercicio de las atribuciones siguientes:
          a) Impulsar proyectos de modernización administrativa en el IVASS.
          b) Planificar e implementar políticas y programas para garantizar el cumplimiento de la normativa en materia de transparencia.
          c) Implantar la elaboración y seguimiento del Plan estratégico del instituto.
          d) Coordinar la elaboración de la memoria de gestión anual.
          e) Establecer una gestión por indicadores en todas las áreas y hacer el seguimiento.
          f) Diseñar las acciones necesarias para implementar la ejecución de las medidas propuestas por la Auditoría Interna y las auditorías externas.
          g) Coordinar el traspaso de activos y pasivos de IVASS al Centro Especial de Empleo del IVASS SAU. y ejecutar el resto de las tareas necesarias para su completa separación.
          h) Planificar e implementar la puesta en funcionamiento de las políticas en materia de igualdad.
          i) Monitorizar y coordinar las actividades relacionadas con sistemas y tecnologías de la información y comunicación (TIC) y ciberseguridad.
          j) Cualquiera otra que sea encomendada por la Dirección General o por el Consejo de Dirección de IVASS.
 
          Tercera. Régimen de contratación y de incompatibilidades
          1. La persona seleccionada se vinculará a la entidad por un contrato de alta dirección que se regirá, adicionalmente a lo dispuesto por el Decreto 95/2016, de 29 de julio, del Consell, de regulación, limitación y transparencia del régimen del personal directivo del sector público instrumental de la Generalitat, por la normativa prevista en el artículo 3.4 del mencionado Decreto y por el Real decreto 1382/1985, de 1 de agosto, que regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.
          Le serán igualmente de aplicación directa los preceptos de la Ley 8/2016, de 28 de octubre, de la Generalitat, de incompatibilidades y conflictos de intereses para las personas con cargos públicos no electos y su normativa de sustitución, así como el resto de legislación vigente en esta materia.
          2. Las personas designadas tendrán régimen de dedicación exclusiva, y tal como prevé el artículo 6.2, del Decreto 95/2016, de 29 de julio, del Consell, unas retribuciones equivalentes a las previstas en las correspondientes leyes de presupuestos de la Generalitat para cada ejercicio para un puesto de la Administración de la Generalitat de Subdirección General, constituyendo este el límite de la cuantía total de las retribuciones que, por cualquier concepto, pueda percibir. Todo esto sin perjuicio de lo previsto en el apartado 3 del artículo 6 del mencionado decreto.
 
          Cuarta. Requisitos de participación
          Las personas candidatas tienen que reunir los requisitos siguientes:
          1. Estar en posesión de titulación universitaria de grado o titulación equivalente, así como, la acreditación de la experiencia en niveles de responsabilidad y conocimientos necesarios en el ámbito de trabajo de las tareas a realizar (de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.1 del Decreto 95/2016).
          2. Ser nacionales de un país miembro de la Unión Europea. En caso de nacionales de países no miembros de la Unión Europea, el nombramiento quedará condicionado a la obtención de la residencia legal en España.
          3. Haber cumplido dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o de aquélla otra que pueda establecerse por ley.
          4. Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
          5. No haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier administración pública, ni encontrarse inhabilitadas para el ejercicio de funciones públicas.
          Los requisitos de participación deberán reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
 
          Quinta. Méritos
          1. Acreditación de la competencia lingüística en los conocimientos de valenciano. Se considerará como documentación acreditativa del nivel de conocimiento del valenciano, hallarse en posesión del certificado oficial administrativo expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, o de alguno de los certificados considerados como equivalentes de conformidad con lo que prevé el anexo II de la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte por la cual se regulan los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, el personal examinador y la homologación y la validación de otros títulos y certificados.
          2. Acreditación de los conocimientos de otros idiomas oficiales de la Unión Europea y de un nivel de valenciano superior al exigido. Se valorará el conocimiento de lenguas oficiales de la UE, diferentes de la lengua española, según los niveles especificados, acreditándose documentalmente por medio de títulos, diplomas y certificados expedidos por las escuelas oficiales de idiomas, por las universidades españolas que sigan el modelo de acreditación de exámenes de la Asociación de Centros de Lenguas de Educación Superior (ACLES), así como todos aquellos indicados en el anexo del Decreto 61/2013, de mayo, del Consell, por el cual se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunitat Valenciana.
          3. Acreditación de conocimientos en derecho administrativo.
          4. Acreditación de experiencia profesional en el sector público.
          5. Acreditación de la capacidad de liderazgo para desarrollar la implementación y revisión de estrategias, políticas y programas que hagan posible conseguir por parte de la organización los fines y los objetivos encomendados.
          6. Acreditación de una elevada capacidad de comunicación y negociación, así como de planificación, determinación de prioridades, toma de decisiones y solución de conflictos. También será valorada la capacidad de representar al IVASS en diferentes ámbitos y la habilidad de liderar y motivar al colectivo humano que trabaja en esta entidad.
          7. La formación en igualdad de género. Participación en cursos, estudios o investigaciones de género.
 
          Sexta. Contenido de los sobres y presentación de candidaturas
          Las personas que concurran al proceso tendrán que presentar la solicitud y documentación correspondiente en cualquiera de los puntos físicos de registro del Instituto Valenciano de Servicios Sociales, en la sede electrónica de la entidad o a través del resto de las vías previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
          Toda la documentación requerida en la convocatoria se dirigirá a la Dirección General de IVASS, en dos sobres cerrados si se presenta la solicitud en un registro físico, en los cuales se indicará:
          Sobre número 1. Requisitos para la participación en el proceso de selección de la Dirección Adjunta Administrativa (base cuarta).
          Sobre número 2. Méritos para la participación en el proceso de selección de la Dirección Adjunta de Atención Administrativa (base quinta). En este sobre se incluirá un currículum de la persona solicitante.
          En cualquier caso, e independiente del lugar de presentación, y dentro del plazo de presentación de solicitudes, se deberá enviar copia de la solicitud y de la documentación que se acompaña a la misma a la dirección de correo electrónico convocatorias@ivass.gva.es, indicando en el asunto «Candidatura Dirección Adjunta Administrativa».
          La presentación de la candidatura implica la aceptación de las presentes bases.
 
          Séptima. Plazo de presentación
          El plazo para la presentación de las solicitudes y el resto de documentación será de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
 
          Octava. Procedimiento de selección
          Fase 1: La Jefatura del Área de Recursos Humanos de IVASS comprobará el cumplimiento de los requisitos por parte de las personas candidatas (sobre 1). La convocatoria podrá declararse desierta si se considera que ninguna de las personas candidatas se adecua a los requisitos del puesto.
          Fase 2: Entrevista. A las personas que superen la fase anterior se les convocará a una entrevista que versará sobre los méritos presentados (sobre 2).
 
          Novena. Designación y cese
          La designación y cese de la persona seleccionada se realizará por la persona que ejerza la máxima responsabilidad de la entidad, previa autorización del Consejo de Dirección, de conformidad con la normativa de desarrollo del Régimen Jurídico del Sector Público que resulte de aplicación, y se publicarán en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana  en el plazo de 20 días (artículo 3.2. del Decreto 95/2016).
 
          Décima. Nombramiento
          El personal directivo del sector público instrumental de la Generalitat tendrá la consideración de cargo público y será nombrado por Decreto del Consell, a propuesta de la persona titular de la Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, de conformidad con lo que establece la Disposición Adicional Séptima de la Ley 9/2019, de 23 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat.
 
          Undécima. Confidencialidad
          Todas las personas implicadas en el proceso de selección de candidaturas se comprometen a garantizar la absoluta confidencialidad de los datos personales y profesionales de los mismos, asegurando que la participación de las personas no seleccionadas se mantenga en el estricto ámbito del conocimiento y la valoración de IVASS, y se hará público exclusivamente el nombre de la persona que resulte seleccionada.
 
          Duodécima. Tratamiento de datos personales
          En cumplimiento de lo que establece la Ley orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, las personas aspirantes tendrán en todo momento derecho al acceso a sus datos personales y podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad, oposición, -en función de las posibilidades técnicas- y olvido en los términos legalmente establecidos, solicitándolo mediante escrito dirigido a oocc@ivass.gva.es. La cancelación de los datos personales proporcionados una vez iniciado el procedimiento se entenderá como expresión de la voluntad de la persona aspirante de ser separada del procedimiento de forma permanente. Todos los datos personales que IVASS tenga que recopilar para poder llevar a cabo este proceso se integrarán en ficheros que serán tratados para estas finalidades y en el ámbito de las competencias legalmente atribuidas a IVASS, y serán conservados, adoptando las adecuadas medidas de seguridad para su protección, mientras sean necesarios para completar los procedimientos en el curso de los cuales fueron solicitados. La política de privacidad completa de IVASS se puede consultar en la página web de la entidad.
          Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Asimismo, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
 

València, 10 de septiembre de 2024
 
Susana Camarero Benítez
Presidenta del IVASS
475394 {"title":"RESOLUCIÓN de 10 de septiembre de 2024, de la presidencia del Instituto Valenciano de Servicios Sociales, por la que se da publicidad a las bases de la convocatoria del proceso selectivo para la propuesta y nombramiento de la dirección adjunta administrativa del Instituto Valenciano de Servicios Sociales.","published_date":"2024-09-16","region":"valencia","region_text":"Comunidad Valenciana","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-valencia.png","id":"475394"} valencia Autoridades y personal;DOGV;DOGV 9937;Instituto valenciano de servicios sociales;OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS;Resolución https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Éxito La operación se ha realizado correctamente. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/valencia/boa/2024-09-16/475394-resolucion-10-septiembre-2024-presidencia-instituto-valenciano-servicios-sociales-se-da-publicidad-bases-convocatoria-proceso-selectivo-propuesta-nombramiento-direccion-adjunta-administrativa-instituto-valenciano-servicios-sociales https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.