La Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo publica una nueva convocatoria de proyectos artísticos, que unen la innovación y las artes, para propiciar el desarrollo de procesos educativos creativos, inclusivos y sostenibles, vinculados al logro de los ODS marcados en la Agenda 2030. Además, con este nuevo proyecto se pretende impulsar la colaboración con otras entidades y organismos que favorezcan la difusión de las acciones desarrolladas por los centros educativos en el entorno más próximo y su conocimiento por parte de la sociedad.
La presencia de la educación artística en el contexto de la educación formal garantiza el cumplimiento del derecho a la educación y a la participación en la cultura, fomenta el desarrollo de las capacidades individuales a través de procesos de creación artística y, también, el conocimiento de la diversidad cultural. Estos objetivos están presentes en la hoja de ruta para la educación artística que ya en 2006 la UNESCO fijó a partir de las deliberaciones llevadas a cabo en el marco de la Conferencia Mundial sobre la Educación Artística. Recientemente, en la Conferencia Mundial sobre la Educación Cultural y Artística en Abu Dabi (Emiratos Árabes Unidos) de febrero de 2024, se aprobó el primer marco mundial en este ámbito.
Según informe de 2019 de la Organización Mundial de la Salud (OMS) las artes son adecuadas para ayudar a comprender y a comunicar conceptos y emociones, estimulando todos los sentidos e incluso la capacidad de empatía. Por eso, el cumplimiento del derecho a la educación y a la participación en la cultura, el desarrollo de las capacidades individuales, la mejora de la calidad de la educación y el fomento de la expresión de la diversidad cultural, son objetivos de las políticas educativas internacionales y europeas.
En la conferencia mundial dedicada a la cultura en 2022 en México, MONDIACULT, 150 estados participaron con la representación de los diferentes ministerios de Cultura para trabajar en aspectos relativos a la educación cultural y artística. Ese mismo año, en Nueva York se celebró la Cumbre sobre Transformación de la Educación, en la sede de las Naciones Unidas, profundizando en la idea del poder de las artes como motor de mejora y transformación educativa.
El arte es un medio de expresión para transmitir sentimientos y emociones, nos ayuda a interaccionar con el mundo que nos rodea a partir de imágenes, sonidos y otros formatos de acercamiento a la realidad más sensorial; nos conecta a nuevas experiencias y sensaciones desde una perspectiva más activa y crítica; permite al alumnado participar en la vida social y cultural. Y en esa línea, la normativa educativa estatal y autonómica detalla, en el desarrollo curricular de cada etapa educativa, la importancia de la educación artística.
Tal como se especifica en los principios pedagógicos de la etapa de Primaria mencionados en la LOMLOE, la educación artística fomenta, a través de las competencias específicas, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la competencia digital, el fomento de la creatividad, del espíritu científico y del emprendimiento, y, especialmente, la comunicación audiovisual. Del mismo modo, a través de proyectos artísticos significativos, teniendo en cuenta la transversalidad de las artes, trabaja la igualdad de género, la educación para la paz, la educación para el consumo responsable y el desarrollo sostenible, y la educación para la salud. Asimismo, pone especial atención en la educación emocional y de valores, y en la potenciación del aprendizaje significativo para el desarrollo de las competencias que promuevan la autonomía y la reflexión.
Las artes tienen que fomentar la inclusión educativa, desarrollando un conjunto de medidas y apoyos destinados a todo el alumnado con el fin de favorecer su desarrollo personal y social, teniendo en cuenta los principios de equidad e igualdad de oportunidades en el acceso, la participación y el aprendizaje de todo el alumnado. Tienen que estimular también la motivación y la implicación del alumnado, así como promover la interacción, la colaboración y la cooperación entre iguales.
Según el Decreto 106/2022, de 5 de agosto, la educación artística en la etapa de Primaria, a través de la música, las artes escénicas y performativas, y las artes plásticas, visuales y audiovisuales, fomenta el desarrollo del pensamiento abstracto y divergente mediante unos procesos creativos que tienen que tener en cuenta las particularidades individuales y los contextos en que estos procesos se generan. Pensar de manera creativa implica más percepción y sensibilidad ante el mundo, cosa que permite, a largo plazo, más capacidad crítica y conciencia social.
La educación artística, además, procura desarrollar conocimientos y competencias vinculados a los elementos y a los lenguajes artísticos que contribuyen a la formación personal y social mediante una diversidad de procesos en los que se desarrollan hábitos de trabajo individual y de equipo, de esfuerzo y de responsabilidad, así como actitudes de confianza en sí mismo, sentido crítico, iniciativa personal, curiosidad, interés, creatividad en el aprendizaje y espíritu emprendedor.
Para valorar el desarrollo de la expresión artística y la creatividad, así como la innovación educativa y la inclusión, la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa ha desarrollado el nuevo proyecto Innov@ARTS con siete modalidades de programas en que confluyen la innovación, la inclusión, las lenguas y las artes, a través de la música, la danza, las tradiciones, la radio, el teatro, el cine y las artes plásticas y visuales.
Por todo esto, en virtud de las competencias asignadas por el Decreto 136/2023, de 10 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, y la Orden 9/2024, de 25 de abril, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo por la que se despliega el Decreto 136/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo; vista la propuesta de resolución y de conformidad con esta,
RESUELVO
Primero. Objeto
Convocar los centros de Educación Primaria y de Educación Especial sostenidos con fondos públicos de la Generalitat Valenciana para participar en cualquier de los programas artísticos que conforman el proyecto de innovación Innov@ARTS.
Segundo. Ámbito de aplicación
Pueden participar en esta convocatoria para el curso 2024-2025 los centros de Educación Primaria y de Educación Especial sostenidos con fondos públicos de la Generalitat Valenciana.
Tercero. Finalidades
Activar procesos imaginativos y creativos a través de las artes y la innovación.
Valorar el lenguaje artístico en todas sus vertientes: musical, corporal, teatral, audiovisual, comunicativo, plástico y visual.
Incrementar la motivación del alumnado y el profesorado a partir de un aprendizaje artístico y significativo.
Impulsar un proceso de exploración, transformación y transmisión de las manifestaciones artísticas individuales y colectivas.
Propiciar la creación de entornos participativos e inclusivos favorables para el desarrollo integral del alumnado y el establecimiento de vínculos afectivos.
Potenciar el uso de herramientas tecnológicas que permitan la creación artística y el acceso a la información por parte de todo el alumnado.
Impulsar la formación, el asesoramiento y el intercambio de buenas prácticas entre los centros educativos participantes en la convocatoria, en coordinación con la Subdirección General de Formación del Profesorado.
Fomentar la coordinación de los centros educativos con otras entidades colaboradoras para dar difusión y visibilidad a los proyectos artísticos, para conseguir un impacto en la sociedad.
Establecer un proceso de trabajo vinculado a ejes temáticos en consonancia con los retos del siglo XXI (ODS) y adaptados al mismo contexto.
Cuarto. Concepto y programas
El Innov@ARTS está formado por siete programas estructurados en tres bloques temáticos.
El primer bloque contiene los programas que activan un proceso de creación y experimentación basado en la música, la danza y las tradiciones.
El segundo bloque contiene los programas que activan un proceso de creación y experimentación basado en la comunicación audiovisual y las artes escénicas.
El tercer bloque contiene el programa que activa un proceso de creación y experimentación basado en las artes plásticas y visuales.
Los centros educativos participantes podrán desarrollar estos programas con los recursos didácticos proporcionados por el Servicio de Innovación Educativa. Un mismo centro educativo podrá solicitar la participación en todos los programas del Innov@ARTS que resulten de su interés para el curso 2024-2025.
La configuración, la denominación y el contenido de los diferentes programas que integran cada bloque del Innov@ARTS se definen del modo siguiente:
Bloque 1. Música, danza y tradiciones
Innov@cant - aprendizaje e interpretación de una composición musical que incluye canciones, coreografías y textos teatrales.
Innov@dansa - aprendizaje e interpretación de danzas, bailes y coreografías a partir de canciones de música actual y tradicional.
Innov@flabiol - incorporación y práctica del flabiol como instrumento típico valenciano dentro del área de música.
Bloque 2. Comunicación y artes escénicas
Innov@cine - desarrollo del lenguaje cinematográfico a partir de la creación de productos audiovisuales.
Innov@ràdio - desarrollo del lenguaje radiofónico y el conocimiento de los medios de comunicación a partir de la producción de programas de radio y pódcast.
Innov@teatre - adquisición de técnicas de dramatización e interpretación para la representación de obras teatrales.
Bloque 3. Creación plástica y visual
innov@plàstica - desarrollo de un proceso creativo a partir de propuestas artísticas centradas en las artes plásticas y visuales.
En el anexo de la convocatoria se detallan las características de cada programa, los destinatarios, los objetivos específicos, las actividades, las recomendaciones y otras consideraciones para su implementación.
Quinto. Características y desarrollo del proyecto de innovación Innov@ARTS
Los centros educativos pueden elegir participar en un programa o más de un programa del proyecto Innov@ARTS.
Los centros educativos que solicitan participar en la presente convocatoria desarrollarán el programa o programas elegidos del proyecto Innov@ARTS a lo largo de todo el curso 2024-2025.
El espíritu del proyecto Innov@ARTS abre la participación en los diferentes programas a toda la comunidad educativa vinculada con los centros educativos participantes.
Para cada programa se establecerá una persona coordinadora que ejercerá el liderazgo, la planificación y la organización del mismo y diversas personas participantes. Una misma persona podrá coordinar y/o participar en más de un programa.
Sin embargo, es recomendable reflexionar sobre la capacidad de participar en diferentes programas. Es por eso que una misma persona solo podrá coordinar un máximo de tres programas por centro educativo.
A efectos de certificación, tal como se especifica en el apartado resolutivo doceavo:
- Se establecerá una participación del profesorado de hasta un máximo de 5 personas para cada programa en el que se haya inscrito el centro educativo.
- Una de esas 5 personas ejercerá como coordinadora.
- La persona coordinadora y el profesorado que participe tendrán que estar en activo y con destino definitivo o vacante en el centro.
- Una persona podrá ejercer de coordinador/a en uno o más programas y de participante en otros diferentes a los que coordina.
- Una persona no podrá certificar dentro de un mismo programa como coordinadora y participante a la vez.
- El profesorado participante o coordinador en el proyecto Innov@ARTS en más de un programa solo certificará por un programa tal como se especifica en el apartado resolutivo doceavo.
Se establecerá un plan de trabajo del programa o de los programas a los que esté inscrito cada centro educativo distribuido en tres fases:
Fase 1. Inicio
- Incorporación de los programas en las programaciones didácticas: el profesorado incorporará en las programaciones didácticas el trabajo planificado, los recursos empleados y los aspectos más relevantes del programa o de los programas solicitados para el curso 2024-2025.
- Formación del profesorado: el profesorado participante y/o la persona coordinadora podrá inscribirse en la formación específica ofrecida por el CEFIRE y recibirá indicaciones sobre los recursos y materiales didácticos disponibles. Cada centro educativo participante se compromete a que al menos una de las personas participantes en el proyecto asista a las jornadas formativas.
Fase 2. Desarrollo a lo largo de todo el curso
- Implementación de los programas: realización de las acciones relacionadas con los diversos programas del proyecto, previstas en las programaciones didácticas, a partir de los recursos didácticos y de la formación y asesoramiento del profesorado.
- Coordinación y contacto con entidades y organismos colaboradores implicados en la difusión final del proyecto.
Fase 3. Evaluación y difusión
- Representación, exposición y difusión de las principales acciones desarrolladas: los centros educativos darán muestra de las acciones implementadas y el resultado final del programa a partir de representaciones, exposiciones y difusión del proyecto. Las posibles entidades colaboradoras podrán presentar y difundir los productos finales a la sociedad.
- Elaboración de una memoria final, de acuerdo con lo establecido en el apartado resolutivo decimocuarto.
Sexto. Destinatarios
Cada programa del proyecto Innov@ARTS presenta unas características específicas en relación con el alumnado al que va dirigido. Estas características están reflejadas en el anexo correspondiente en cada programa.
Séptimo. Compromisos
La participación en el proyecto Innov@ARTS requiere el cumplimiento de los siguientes compromisos por parte de la dirección o la persona que tenga la representación legal del centro educativo:
a) Informar al claustro y el consejo escolar del contenido de esta convocatoria, la intención de participar en el proyecto Innov@ARTS y obtener la aprobación del consejo escolar.
b) Incluir la participación del centro en los diferentes programas del proyecto Innov@ARTS en la programación general anual (PGA) del curso 2024-2025.
c) Trabajar de manera planificada y continuada el programa o en los programas en los que esté inscrito cada centro educativo a lo largo del curso 2024-2025.
d) Garantizar la asistencia de al menos una persona a las jornadas formativas de cada uno de los programas solicitados.
e) Proporcionar a los participantes en los programas del proyecto Innov@ARTS el documento de consentimiento informado para el uso de imagen y sonido, de acuerdo con el modelo proporcionado en la página web del proyecto Innov@ARTS.
f) Obtener y custodiar los documentos de consentimiento informado para el uso de la imagen y el sonido de las personas participantes que aparezcan, si fuera el caso, en los documentos audiovisuales y gráficos que se puedan generar como resultado de la participación en cualquier programa del proyecto Innov@ARTS.
Octavo. Plazo y lugar de presentación
Los centros educativos que solicitan participar en esta convocatoria dispondrán de quince días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Las solicitudes, según el apartado resolutivo noveno, se presentarán a través de la Oficina Virtual de Educación (OVICE), a la que se accederá según las indicaciones del manual del trámite que se publicará en la página del proyecto Innov@ARTS:
https://ceice.gva.es/va/web/innovacion-educacion/innovarts
Noveno. Solicitud.
La solicitud la formalizará la dirección del centro o la persona que tenga la representación legal e incluirá los apartados siguientes:
Datos del centro educativo.
Programa/programas y modalidad (A o B) para los que se solicita participación.
Datos de la persona coordinadora y del profesorado que participa en el programa o en los programas. Se incorporará la lista de docentes participantes en activo y con destino definitivo o vacante en el centro hasta un máximo de cinco personas, incluida la persona coordinadora por programa.
No podrá aparecer una misma persona como coordinadora y participante en un mismo programa.
Datos del programa o programas en los que participa el centro: nivel/niveles y cantidad de alumnado que participa en cada programa.
Declaraciones responsables de cada uno de los compromisos enumerados en el apartado resolutivo séptimo.
Décimo. Órgano instructor
El órgano instructor del procedimiento que regula esta convocatoria es la subdirección general competente en materia de innovación educativa de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa.
Undécimo. Plazo de resolución
El plazo máximo para resolver la convocatoria es de seis meses desde la fecha de efecto. Una vez vencido el plazo sin haberse notificado ninguna resolución exprés, los centros podrán considerar como desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
La Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo examinará toda la documentación presentada y, mediante una resolución de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, publicará una lista provisional que incluya los centros autorizados para participar en cada uno de los programas que forman el proyecto Innov@ARTS, y, si fuera el caso, una lista provisional de centros no autorizados.
Se establece un periodo de alegaciones o desistimientos en las listas provisionales de cinco días naturales a partir de la fecha de la publicación en la página web del proyecto Innov@ARTS. Las alegaciones o los desistimientos se tienen que adjuntar al trámite de solicitud, según las instrucciones del manual de alegaciones.
Una vez transcurrido el plazo, comprobados los escritos de desistimiento, estudiadas y, si procede, atendidas las alegaciones presentadas, el órgano instructor del procedimiento elevará la propuesta definitiva a la dirección general competente en materia de innovación educativa, que resolverá la convocatoria.
La resolución definitiva incluirá la lista de centros educativos autorizados y la lista de centros educativos no autorizados en cada uno de los programas que conforman el proyecto Innov@ARTS para el curso 2024-2025. Además, la resolución definitiva contendrá la lista de centros que hayan presentado desistimiento de participación. Esta resolución definitiva se publicará en el DOGV.
La autorización del proyecto se podrá revocar a propuesta de la dirección general competente en materia de innovación cuando se compruebe que no se están cumpliendo las condiciones de aplicación del proyecto que se establecen en esta resolución.
En caso de que un centro no presente desistimiento en tiempo y forma y no implemente el programa o los programas solicitados y autorizados, la dirección general competente en materia de innovación podrá decidir la no participación para la convocatoria 2025-2026 para los mismos programas solicitados y no implementados durante el curso 2024-2025.
Duodécimo. Certificación de la participación en el proyecto de innovación Innov@ARTS
Una vez comprobado desde la dirección general competente en materia de innovación que se cumplen las condiciones para reconocer la participación del profesorado en el proyecto Innov@ARTS durante el curso 2024-2025, el órgano competente en materia de formación del profesorado, de acuerdo con la Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, que establece el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, el reconocimiento y el registro de las actividades formativas, y la Orden 54/2014, de 1 de julio, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la acreditación y la valoración de las actividades de formación permanente y otras actividades para la mejora de la calidad de la enseñanza que efectúe el funcionariado docente que imparte enseñanzas no universitarias de la Comunitat Valenciana, certificará su participación en el programa o programas del proyecto Innov@ARTS del modo siguiente:
Persona coordinadora de un programa o más programas: 40 horas
Persona participante en uno o más programas: 25 horas
Una misma persona que participe en más de un programa en el proyecto Innov@ARTS solo podrá certificar por la participación en un programa.
Una misma persona no podrá certificar como persona coordinadora y persona participante en el proyecto de innovación Innov@ARTS.
La dirección del centro comunicará al claustro por medios electrónicos y al tablón de anuncios de la sala de profesores la lista de participantes que tendrán derecho a certificar por su participación en el proyecto Innov@ARTS como máximo el día 10 de junio de 2025. La lista de participantes en el proyecto tendrá que contener el NIF cifrado, el nombre y los apellidos de la persona coordinadora y de los participantes en cada uno de los programas llevados a cabo.
Esta comunicación abrirá un periodo para detectar y enmendar errores en la lista de participantes del proyecto Innov@ARTS, que se remitirá dentro del trámite de justificación. Una vez cerrado el trámite no serán posibles las correcciones ni las modificaciones en la lista de personas que hay que certificar.
Decimotercero. Difusión del proyecto en la web del centro educativo
Cada centro educativo difundirá en la página web del centro la información y el material audiovisual que se genere en cada fase del proyecto, desde el inicio hasta su finalización, y que evidencie el desarrollo y el resultado final del programa o programas implementados a lo largo del curso 2024-2025.
Las publicaciones se tienen que llevar a cabo respetando la normativa aplicable en relación con la protección de datos, de acuerdo con el apartado resolutivo decimosexto.
En el caso de los centros públicos de la GVA, la web del centro deberá tener la estructura siguiente para la publicación de los programas seleccionados en esta convocatoria:
Decimocuarto. Justificación y evaluación del proyecto en el OVICE
El centro educativo tendrá que presentar una memoria justificativa que dé testimonio sobre su participación en el proyecto Innov@ARTS con los datos relativos al programa o programas implementados.
La memoria justificativa se presentará mediante un trámite específico de OVICE hasta el 11 de julio de 2025.
3. La memoria justificativa del trámite de OVICE constará de los apartados siguientes:
- Participación en el proyecto en el que se indicará el NIF o el NIE, el nombre y los apellidos de la persona coordinadora y de los participantes de cada uno de los programas implementados. Se hará una declaración responsable de haber comunicado la lista definitiva de participantes de acuerdo con lo que indica el apartado resolutivo doceavo.
- Valoración de la convocatoria del Innov@ARTS y de su implementación en el centro, además de destacar los aspectos positivos y las propuestas de mejora.
- Enlace en el apartado destinado a proyectos de la página web del centro en la que se recogen las evidencias visuales y gráficas de la participación en el programa o los programas inscritos.
- Declaración responsable, por parte de la dirección del centro, de haber obtenido y tener la custodia de los derechos de imagen y sonido de todas las personas que aparecen en los materiales audiovisuales que forman parte del proyecto de acuerdo con el modelo proporcionado en el manual del trámite. Además, declaración del cumplimiento de la legislación vigente en materia de propiedad intelectual respecto de la música y los contenidos mostrados, según lo indicado en OVICE.
En caso de que un centro no presente la justificación en tiempo y forma, la dirección general competente en materia de innovación podrá decidir la no participación para la convocatoria 2025-2026 para los mismos programas solicitados y no justificados durante el curso 2024-2025.
Decimoquinto. Asesoramiento de los proyectos
El asesoramiento de los diferentes programas del proyecto Innov@ARTS se hará a través del Servicio de Innovación Educativa de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, mediante las siguientes direcciones de correo electrónico:
Decimosexto. Protección de datos
La justificación de participación en el proyecto Innov@ARTS conlleva el tratamiento de datos de carácter personal, por lo que se aplican las medidas y garantías reguladas en la normativa en materia de protección de datos, especialmente el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consell, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
En cumplimiento de lo que dispone el artículo 13 del RGPD, la información de protección de datos es la siguiente:
a) Responsable del tratamiento:
- La Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo es responsable del tratamiento que haga de las fotografías y grabaciones que contienen las memorias remitidas por los centros, así como de realización de las fotografías y grabaciones por los centros y de su posible publicación en la web de la Conselleria y de los centros públicos dependientes de esta.
Datos de contacto: Avenida de Campanar, 32 CP: 46015, València Correo electrónico:
- Los centros privados concertados serán responsables de la realización de las fotografías y grabaciones y de la difusión que efectúan en sus respectivas páginas web.
b) Delegación de Protección de Datos de la Generalitat. Paseo de la Alameda, 16 46010, València Correo electrónico:
dpd@gva.es c) Finalidad del tratamiento: comprobar la realización de los proyectos por parte de los centros y dar visibilidad a las actividades llevadas a cabo.
d) Las bases de legitimación aplicables al tratamiento de datos son las previstas en el apartado a del artículo 6 del RGPD (consentimiento del interesado), en relación con el apartado e para el caso de centros públicos (cumplimiento de una misión efectuada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento) o f en el supuesto de centros privados concertados (satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento).
e) Personas destinatarias de los datos: las memorias de los centros con grabaciones e imágenes serán remitidas a la dirección general competente en materia de innovación educativa de la Conselleria y, además, se podrá dar visibilidad de las actividades mediante su publicación en las páginas web de la Conselleria y de los centros educativos participantes.
Se adoptarán las medidas necesarias, en atención al interés superior del menor y en aplicación de los principios de proporcionalidad y minimización, para evitar que en las grabaciones y fotografías se pueda reconocer el alumnado, utilizando la técnica de pixelado de imágenes o capturando imágenes y vídeos lejanos o parciales, entre otras alternativas que, en última instancia, no permiten la identificación del alumnado.
Además, para los casos en que no se dé el consentimiento previo, el alumnado no podrá ser discriminado por eso, por este motivo el centro adoptará las medidas oportunas y necesarias. Por ejemplo, la toma de fotografías o grabación se puede hacer en pequeños grupos de alumnos mientras hacen las actividades escolares, de modo que no sea evidente la exclusión de algun/a niño/a en particular. Y si se considerara imprescindible hacer alguna foto de grupo, habría que incorporar el/la niño/a en la foto y después editarla de forma que no resultara reconocible o que se pudiera suprimir si está localizado/a en uno de los extremos de la fotografía.
f) Los datos no serán objeto de transferencias internacionales.
g) Plazo de conservación de datos: las imágenes y videos se mantendrán publicadas en las páginas a lo largo del curso escolar, y en todo caso tendrán que ser eliminados una vez empiece el curso escolar siguiente. Asimismo, los centros educativos custodiarán de manera segura los formularios de consentimiento entregados por el alumnado y familiares durante un plazo prudencial, para atender el posible ejercicio de derechos y reclamaciones.
h) Las personas interesadas en este tratamiento tienen derecho a solicitar del responsable del tratamiento el acceso, la rectificación y la supresión de sus datos de carácter personal, así como la limitación u oposición tanto al tratamiento de estos datos y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.
En el caso de la Conselleria y sus centros docentes dependientes, el ejercicio de derechos se formulará en la forma que figura en la página siguiente:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19970 y en el supuesto de los centros privados concertados, a través de los medios que estos habilitan.
Asimismo, las personas interesadas podrán revocar en cualquier momento el consentimiento otorgado a través de este documento, si bien la difusión de las imágenes y de los vídeos que se haya hecho basándose en este resultará perfectamente válida.
y) Además de cualquier otro recurso administrativo o acción judicial, si la persona interesada considera no atendidos sus derechos o que se ha vulnerado el tratamiento de sus datos personales, puede reclamar ante la Delegación de Protección de Datos de la Generalitat, de conformidad con lo que se indica en la página siguiente:
http://www.gva.es/proc22094 o ante el delegado de protección de datos del centro educativo privado concertado, en caso de que cuente con esta figura. También puede formular reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, a través de la sede electrónica accesible en
https://www.aepd.es
Decimoséptima. Cesión de derechos de protección intelectual
La persona representante legal del centro tendrá que ceder los derechos de reproducción, distribución, comunicación, difusión de los materiales didácticos derivados de la participación en el proyecto Innov@ARTS, según se indica en OVICE.
La difusión de los materiales que haga la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo siempre se hará siguiendo las condiciones de uso de una licencia Creative Commons BY-SA 4.0 (Reconocimiento - Compartir Igual Internacional).
En caso de publicación del material audiovisual o de los recursos educativos generados, esta se tendrá que hacer en iguales condiciones de CC-BY-SA 4.0. En una parte visible de la página se tendrá que incluir el distintivo gráfico de la licencia y el enlace a la descripción de esta:
https://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/deed.es A continuación se publicará el texto siguiente:
«Este material ha sido elaborado por la participación en el Innov@ARTS impulsado por la conselleria competente en materia de educación de la Generalitat. Todo lo que se ha publicado en esta página se hace bajo una licencia Creative Commons Reconocimiento-CompartirIgual 4.0 Internacional»
En caso de publicación de los recursos educativos generados y de obras intelectuales derivadas, se tiene que hacer con la misma licencia, indicar si se ha hecho alguna modificación y enlazar esta página como referencia del material didáctico original y de su autoría.
Decimoctavo. Efectos
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo que disponen los artículos 112, 114, 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
València, 5 de septiembre de 2024
María del Rosario Escrig Llinares
Directora general de Innovación e Inclusión Educativa