A los efectos previstos en:
el Decreto ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica, y su modificación por Decreto ley 1/2022, de 22 de abril, del Consell, de medidas urgentes en respuesta a la emergencia energética y económica originada en la Comunitat Valenciana por la guerra en Ucrania y Decreto ley 7/2024, de 9 de julio, del Consell.
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico,
la Ley 14/2003, de 10 de abril, de patrimonio de la Generalitat, respecto a la utilización y aprovechamiento de los bienes de dominio público,
y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,
Se someten a información pública las solicitudes de autorización administrativa previa y de autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que se indica:
Peticionario: Fernanmiquel, SL. NIF B96462841 y con domicilio social en avenida al Vedat, 182 bajo izquierdo 46900 Torrent (Valencia)
Tipo de central eléctrica: central fotovoltaica denominada «PSF Guindilla», con potencia a instalar 0,450MW, incluidas sus infraestructuras de evacuación.
Emplazamiento grupos generadores: polígono 1 parcela 98 del término municipal de Alaquàs (Valencia).
Emplazamiento infraestructura de evacuación: polígono 1 parcela 98 del término municipal de Alaquàs (Valencia).
Órgano competente para autorizar la instalación: Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Valencia de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo.
Documentos sometidos a información pública:
- Proyecto de ejecución planta solar fotovoltaica de 450 kW: «20240808_(PDF)-02 Proyecto de Ejecución Generador FV Guindilla R01_sinf_opt_F»
- Proyecto Línea subterránea colectora de media tensión desde centro de transformación de intemperie hasta centro de entrega y medida: «20221027_(PDF)-24050-1800 Proyecto de Ejecución LSMT R01_F».
- Línea de evacuación de Media Tensión desde Centro de Entrega y Medida hasta Centro de Seccionamiento: «20221027_(PDF)-24052-1800 Proyecto LSMT evacuacion_R01_F».
- Proyecto de Centro de Entrega y Medida: «20221027_(PDF)-24046-1800 Proyecto de Ejecución CEM R00 Falta Unifilar _Fpdf».
- Proyecto de centro de transformación: «20221027_(PDF)-24050-1800 Proyecto de Ejecución CT SKID R01_F».
- Estudio de gestión de residuos Planta solar Guindilla 450 kW: «20221027_(PDF)-EGR PSF Guindilla R01_f».
- Estudio de seguridad y salud: «20221027_(PDF)-ESyS PSFV Guindilla R01_f».
- Estudio de integración paisajística.
- Memoria justificativa del cumplimiento de los criterios del Decreto ley 14/2020.
- Plan de desmantelamiento y restitución del terreno y entorno afectado.
- Pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales.
- Listado de los elementos, espacios, servicios e instalaciones públicas afectados por la actuación.
- Separatas dirigidas a: Ayuntamiento de Alaquàs, i-DE Redes Eléctricas Inteligentes SAU, Área de carreteras de la Diputación de Valencia, Cuenca Hidrográfica del Júcar, a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, a la Dirección General de Medio Natural y Animal de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructura y Territorio, a la Dirección General y Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental, a la Agencia Espacial de Seguridad Aérea, a la Oficina de Gestión Técnica del Parque Natural de la Albufera, a la Dirección General de Urbanismo, Territorio y Paisaje de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructura y Territorio.
Presupuesto: 288.000 €
Características principales:
La central fotovoltaica denominada «PSF Guindilla», está compuesta por un campo generador de 1080 módulos fotovoltaicos de 550 Wp, montados directamente sobre el suelo en estructura móvil con seguidores a un eje.
Estos módulos fotovoltaicos se conectan con 4 inversores de 160 kVA limitados por software a una potencia unitaria de 112,5 kW solicitadas a fabricante.
Esto supone una potencia nominal de inversores de 450 kW. A su vez los inversores se conectan con la parte de Baja Tensión del transformador para elevar la tensión y celdas de Media Tensión. Junto con sus líneas de interconexión de 20 kV para conectar con el centro de seccionamiento, punto frontera de la conexión con la red de distribución.
La línea subterránea se ha configurado desde el Centro de entrega y medida hasta el centro de seccionamiento durante una longitud de 6 metros.
El punto de conexión de la instalación a la red de distribución se realizará en la línea S23 - Puente de los Caballos de 20 kV de la ST Aldaia, en el tramo comprendido entre los apoyos número 560051 (5624943) y 560024 (5618454), siendo necesario la instalación de un centro de seccionamiento telemandado en dicha línea.
Finalidad: generación de energía eléctrica mediante una instalación solar fotovoltaica, así como su evacuación a la red de distribución de energía eléctrica.
La documentación será expuesta para consulta pública en la siguiente dirección electrónica:
Lo que se hace público para conocimiento general y para que todas aquellas personas físicas o jurídicas que se consideren afectadas en sus derechos puedan examinar la documentación relacionada en la dirección electrónica indicada o presencialmente en el Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Valencia, sito en Gregorio Gea, 27, de València, así como dirigir al citado servicio territorial las alegaciones que se consideren oportunas en el plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio según procedimiento de urgencia previsto en la Ley 39/2015, de acuerdo con el artículo 10.8 del Decreto ley 1/2022, de 22 de abril, del Consell, de medidas urgentes en respuesta a la emergencia energética y económica originada en la Comunitat Valenciana por la guerra en Ucrania que modifica la redacción del artículo 33.1 del DL 14/2020, de 7 de agosto, las cuales se podrán presentar vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat, accediendo al siguiente enlace
La incomparecencia en este trámite no impedirá a las personas que tengan la condición de interesadas, de conformidad con el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la interposición de los recursos procedentes contra la resolución definitiva del procedimiento.
València, 13 de agosto de 2024
Roberto Javier Anchel Añó
Jefe del Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas