De conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 16 de la Ley 4/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, de participación ciudadana y fomento del asociacionismo de la Comunitat Valenciana, una vez redactado el texto del proyecto se llevará a cabo el trámite de información pública, que tendrá por objeto dar audiencia a toda la ciudadanía para recoger sus aportaciones.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 165.1 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, «todos los trámites de dicho procedimiento serán evacuados por vía de urgencia, en atención a su especial naturaleza».
Al efecto de dar cumplimiento a la normativa referenciada, se anuncia la apertura del trámite de información pública en relación con la iniciativa de elaboración de proyecto de orden de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las becas GV-TALENT para la excelencia en el rendimiento académico de los estudios universitarios de grado y de estudios de Enseñanzas Artísticas Superiores de grado.
El plazo para la presentación de observaciones será de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anunció en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Las alegaciones, observaciones o sugerencias efectuadas por las personas, instituciones o entidades que se consideran interesadas se realizarán dentro del plazo antes citado y de manera preferente a través del portal de participación ciudadana. También podrán presentarse a por escrito a la Dirección General de Universidades, remitiéndolas a avenida de Campanar, número 32, 46015 València, sin perjuicio de lo que prevé el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas o a través del correo electrónico:
Para la adecuada interpretación, valoración y, si procede, incorporación de las aportaciones, estas tendrán que especificar el artículo y el apartado del proyecto al que se refieren, la modificación que se propone y las razones en las cuales se sustenta; podrá, igualmente, acompañarse una propuesta de redacción alternativa.
València, 20 de agosto de 2024
José Antonio Pérez Juan
Director general de Universidades