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Por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada en fecha 25 de julio de 2024, se acordó lo siguiente:
Primero
Suspender por un año la tramitación y el otorgamiento de licencias de actividad y edificación para la implantación de nuevos usos terciarios hoteleros para apartamentos y viviendas turísticas, así como cualquier título habilitante que jurídicamente permita estas implantaciones. De igual modo quedan suspendidas las licencias de cambios de uso para la implantación de usos terciarios hoteleros para apartamentos y viviendas turísticas, con el fin de facilitar el estudio de la reforma de la ordenación urbanística que regule estos usos , de conformidad con lo establecido en el artículo 68.1 del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, aprobado por el Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell (TLOTUP), en toda el suelo urbano de uso residencial. No afectará la presente suspensión a las licencias u otros títulos habilitantes urbanísticos cuyo objeto sea la realización de la parcelación de terrenos, obras de demolición y obras de mera reforma, que no suponga alteración estructural, relativas a edificios o partes del mismo que tengan previamente autorizado el uso terciario hotelero.
Segundo
La suspensión acordada se extenderá a la eficacia de las declaraciones responsables que se presenten a partir del día de la publicación del presente acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, cuando esta sea el título habilitante urbanístico legalmente exigible para la realización de las actuaciones de edificación definidas en el punto anterior. No afectará la presente suspensión a la eficacia de las declaraciones responsables presentadas con anterioridad al día de la publicación del presente acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, siempre que en dicho momento conste presentada en el Ayuntamiento la documentación que preceptivamente debe acompañar a la declaración responsable de conformidad con la normativa vigente.
Tercero
Proceder a publicar el presente acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana a los efectos previstos en el artículo 68.4 del TRLOTUP.
Paiporta, 26 de julio de 2024
Maria Isabel Albalat Asensi
Alcaldesa