El Decreto 191/2014, de 14 de noviembre, del Consell, por el que se regula la atención a la ciudadanía, el registro de entrada y salida de documentos y la ordenación de las oficinas de registro en la Administración de la Generalitat (DOGV 19.11.2014) establece en su artículo 18 que la creación, modificación o supresión de las oficinas de registro se efectuará mediante la resolución del respectivo titular de la conselleria.
En la actualidad la Conselleria de Sanidad tiene establecida oficinas de registro general y auxiliar en sus servicios centrales, en la Escuela Valenciana de Estudios en Salud Pública, en el Centro de Salud Pública de Valencia, en sus direcciones territoriales de Castellón, Valencia y Alicante y en 21 departamentos de salud.
Mediante escrito firmado electrónicamente el pasado día 3 de julio de 2024, el director territorial de Castellón ha solicitado la supresión de la oficina de Registro Auxiliar de dicha dirección territorial sito en el edificio del Centro de Salud Pública, avda. del Mar, número 8, de Castelló de la Plana, motivando esa petición en razones organizativas, por ajuste del personal, y por encontrarse en la misma avenida la oficina del PROP de Castelló de la Plana que proporciona servicios de atención a la ciudadanía.
De conformidad con lo previsto en el ya aludido artículo 18 del Decreto 191/2014, de 14 de noviembre, del Consell, se estima procedente la supresión de dicha oficina.
En virtud de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y de lo establecido con el artículo 7 del Decreto 10/2023, de 19 de julio, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias y sus atribuciones, el Decreto 135/2023, de 10 de agosto, del Consell por el que se aprueba el reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad y la Orden 4/2023, de 13 de octubre, de la Conselleria de Sanidad, por la que se desarrolla el mencionado decreto,
RESUELVO
Suprimir la oficina de Registro Auxiliar de la Dirección Territorial de Castellón de la Conselleria de Sanidad, sito en el edificio del Centro de Salud Pública, avda. del Mar, número 8, de Castelló de la Plana.
La presente resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, por razones de interés público, al amparo de lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de su publicación en el portal corporativo de la Generalitat, en el apartado «Atención al Ciudadano/Guía PROP».
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella se podrá interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, en conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas o ser recurrida en vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo que establecen los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Todo esto sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro recurso de los previstos en la legislación vigente.
València, 17 de julio de 2024
Marciano Gómez Gómez
Conseller de Sanidad