BDNS (identif.): 778855.
Primero. Beneficiarios
Podrán solicitar las subvenciones las entidades juveniles que se detallan en la base tercera de la Orden 4/2023, de 30 de octubre, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a entidades juveniles para la ejecución de programas de juventud, que cumplan los requisitos que se establecen en la base cuarta de dicha orden.
Segundo. Objeto
Las ayudas que se convocan están destinadas a financiar actividades llevadas a cabo por entidades juveniles con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, desarrolladas entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024, en alguno de los programas que se detallan en las bases primera y sexta de la Orden 4/2023, de 30 de octubre, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases de la convocatoria de estas subvenciones se hallan publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 9718, de 6 de noviembre de 2023.
Cuarto. Importe
Esta convocatoria está dotada con un importe de 700.000 euros, de conformidad con lo previsto por la Ley de presupuestos de la Generalitat Valenciana de 2024.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Sexta. Otros datos
Los modelos de formularios y de anexos se encuentran en la url de la solicitud citada.
La documentación a aportar es la prevista en el punto sexto de la resolución de convocatoria.
La valoración de las solicitudes se realizará conforme a los criterios establecidos en la base novena y décima de la Orden 4/2023, de 30 de octubre, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.
El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, de manera que el importe de la línea de subvención se distribuirá de manera proporcional a la puntuación obtenida por las entidades solicitantes que reúnan los requisitos.
València, 2 de agosto de 2024
Vicente Ripoll Gimeno
Director general del Institut Valencià de la Joventut