A los efectos previstos en:
- el Decreto-ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica,
- la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del sector eléctrico,
- el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,
- la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental y en el Decreto 162/1990, de 15 de octubre, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de Impacto Ambiental,
- la Ley 3/2014, de 11 de julio, de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana,
- la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes,
- la Ley 14/2003, de 10 de abril, de Patrimonio de la Generalitat, respecto a la utilización y aprovechamiento de los bienes de dominio público,
- y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,
se someten a una nueva información pública las solicitudes de autorización administrativa previa, de autorización administrativa de construcción, de ocupación de vías pecuarias, y declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que se indica:
Peticionario: Desarrollo Proyecto Fotovoltaico X, SL, NIF B26561373 y con domicilio social en c/ Portala, nº 50, nave 8 (Pol Ind La Portada I) - CP 26006 - Logroño (La Rioja).
Tipo de central eléctrica: central fotovoltaica denominada «FV Las Canteras I», con potencia a instalar 4,62 MW, incluidas sus infraestructuras de evacuación.
Emplazamiento grupos generadores e infraestructura de interconexión: Polígono 23 parcelas 119, 123 Y 9001, del término municipal de Sax (Alicante)
Emplazamiento infraestructura de evacuación de uso exclusivo:
Del polígono 23, las parcelas 123 y 9002; del polígono 24, la parcela 9001, del término municipal de Sax (Alicante).
Del polígono 23, las parcelas 25, 35, 9002, 9003, 9007, 9009 y 9015; del polígono 24, las parcelas 86, 87, 88, 9002, 9017 y 9022, del término municipal de Petrer (Alicante).
El expediente fue sometido al trámite de información pública y consultas correspondientes por un plazo de 15 días, de acuerdo con las previsiones de los artículos 23 y 24 del Decreto-ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell de la Generalitat. A tal efecto, se publicó anuncio en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de fecha 9 de septiembre de 2022 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante de fecha 9 de septiembre de 2022.
Debido a las modificaciones sustanciales producidas en la instalación por diferentes informes y/o consultas realizadas a los organismos/administraciones con bienes o derechos a su cargo afectados por la instalación eléctrica o a las alegaciones efectuadas, se procedió a una nueva información pública.
Por lo que el expediente fue sometido a un nuevo trámite de información pública y consultas correspondientes por un plazo de 15 días, de acuerdo con las previsiones de los artículos 23 y 24 del Decreto-ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell de la Generalitat. A tal efecto, se publicó anuncio en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de fecha 9 de febrero de 2023 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante de fecha 1 de febrero de 2023.
Debido a las modificaciones sustanciales producidas en la infraestructura de evacuación por diferentes informes y/o consultas realizadas a los organismos/administraciones con bienes o derechos a su cargo afectados por la instalación eléctrica o a las alegaciones efectuadas, se procede a esta nueva información pública de la propuesta de infraestructura de evacuación modificada.
Por lo que el expediente fue sometido a un nuevo trámite de información pública y consultas correspondientes por un plazo de 15 días, de acuerdo con las previsiones de los artículos 23 y 24 del Decreto-ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell de la Generalitat. A tal efecto, se publicó anuncio en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de fecha 13 de diciembre de 2023 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante de fecha 29 de noviembre de 2023.
Debido a las modificaciones sustanciales producidas en la infraestructura de evacuación por diferentes informes y/o consultas realizadas a los organismos/administraciones con bienes o derechos a su cargo afectados por la instalación eléctrica o a las alegaciones efectuadas, se procede a esta nueva información pública de la propuesta de infraestructura de evacuación modificada.
Órgano competente para autorizar la instalación: Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Alicante de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo.
Documentos sometidos a información pública:
Proyecto infraestructura evacuación. Denominación: "Proyecto de infraestructuras de evacuación en MT a 20kV para parques solares fotovoltaicos "Las Canteras I y II" de 4.9MWp/Ud en Sax y Petrer (Alicante)".
Memoria justificativa del cumplimiento de los criterios del Decreto ley 14/2020.
Plan de desmantelamiento y restitución del terreno y entorno afectado.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Relación de bienes y derechos afectados (se anexa).
Memoria Justificativa de la declaración de utilidad pública.
Presupuesto: 356.475,91 € (solo la línea de evacuación)
Características principales:
Instalación fotovoltaica: La central fotovoltaica denominada "FV LAS CANTERAS I" de 4,897665 MWp, está compuesta por un campo generador de 11.259 módulos fotovoltaicos de 435 Wp, montados directamente sobre el suelo en estructura fija con una inclinación de 28º. Estos módulos fotovoltaicos se conectan con 2 inversores de 2.310 kW. Esto supone una potencia nominal de inversores de 4.620 kW, pero el conjunto de todos los inversores estará limitado, a través de un PPC independiente, a 4.450 kW. A su vez los inversores se conectan con la parte de Baja Tensión de los transformadores para elevar la tensión y celdas de Media Tensión. Junto con sus líneas de interconexión de 20 kV para conectar con el centro de protección y medida.
La Línea eléctrica aéreo-subterránea de 20kV entre la salida del centro de protección y medida y la ST Elda, con conductor HEPRZ1 12/20 kV 3x(2x240) mm2 k Al H16 y longitud 2,93 km.
El punto de conexión de la central con la red de distribución se realizará en una nueva posición de la ST Elda (20 kV).
El punto de conexión tiene afección al nudo de transporte ST Petrel 220 kV.
Finalidad: Generación de energía eléctrica mediante una instalación solar fotovoltaica, así como su evacuación a la red de distribución de energía eléctrica.
La infraestructura de evacuación es compartida con la planta solar fotovoltaica "Las Canteras II" del mismo promotor, con número de expediente ATALFE/2022/19/03.
Las vías pecuarias sobre las que se solicita la concesión demanial son las siguientes:
- Cañada Real de Almansa.
El proyecto cuenta con informe de determinación de afecciones ambientales emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 12 de agosto de 2022, según lo establecido en el artículo 19bis del Decreto-Ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica, donde resuelve la continuación del procedimiento al no apreciarse efectos significativos sobre el medio ambiente que requieran su sometimiento a un procedimiento de evaluación ambiental. Dicho informe se encuentra expuesto para consulta pública en la siguiente dirección electrónica:
Según la modificación realizada, en virtud del Decreto Ley 1/2022, de 22 de abril, de medidas urgentes en respuesta a la emergencia energética y económica originada en la Comunidad Valenciana por la guerra de Ucrania, del artículo 33.1 del Decreto Ley 14/2020, de 7 agosto, del Consell, se declaran de urgencia por razones de interés público los procedimientos de autorización de los proyectos de centrales fotovoltaicas y parques eólicos que hayan obtenido el informe favorable de determinación de afección ambiental, siempre que se presentan las solicitudes de autorización administrativa antes del 31 de diciembre de 2024. A estos proyectos les será aplicable la tramitación de urgencia prevista en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reduciéndose a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
Según la modificación realizada, en virtud del Decreto Ley 1/2022, de 22 de abril, de medidas urgentes en respuesta a la emergencia energética y económica originada en la Comunidad Valenciana por la guerra de Ucrania, del artículo 33.1 del Decreto Ley 14/2020, de 7 agosto, del Consell, los proyectos con una potencia de generación menor o igual a 10 MW tendrán carácter prioritario y se tramitarán por el procedimiento de urgencia, de acuerdo con la Ley 39/2015, de Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Por todo ello, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia reduce a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, según se indica en el artículo 33 de la citada Ley.
Lo que se hace público para conocimiento general y para que todas aquellas personas físicas o jurídicas que se consideren afectadas en sus derechos puedan examinar la documentación relacionada en la dirección electrónica indicada
https://cindi.gva.es/es/web/energia/alacant, así como dirigir al citado servicio territorial las alegaciones que se consideren oportunas en el plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, las cuales se podrán presentar vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat, accediendo al siguiente enlace
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=15449&version=amp, o por cualquiera de los medios indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La incomparecencia en este trámite no impedirá a las personas que tengan la condición de interesadas, de conformidad con el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la interposición de los recursos procedentes contra la resolución definitiva del procedimiento.
Alicante, 22 de julio de 2024
Rosa María Aragonés Pomares
Por el Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Alicante Por vacante, la directora territorial de la Consellería de Innovación, Industria, Comercio y Turismo de Alicante