Vista la Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Dirección General de la Función Pública por la que se convoca la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo vacante de naturaleza funcionarial en la Conselleria de Sanidad, convocatoria número 24/2024.
Visto el informe preceptivo y vinculante emitido por la Dirección General de Función Pública en fecha 13 de marzo de 2024, en relación con las solicitudes que cumplen los requisitos, correspondientes a la convocatoria 24/2024 (DOGV 9788, 14-02-24), para la provisión por el procedimiento de libre designación del puesto de trabajo número 21032.
Visto el informe de 17 de julio de 2024, de la Dirección General de Investigación e Innovación de la Conselleria de Sanidad para la provisión del puesto 21032, jefe/a secretaría director/a general, en el que se establece que, examinada la solicitud presentada, se considera que no se ajusta con el perfil profesional propuesto para el puesto.
De conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la función pública valenciana, así como en el artículo 62 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, y en uso de las competencias atribuidas en el artículo 115 de la Ley 4/2021 a los titulares de las consellerias, y de acuerdo con lo dispuestos en la base cuarta de la correspondiente convocatoria,
RESUELVO
Declarar desierto el puesto de trabajo número 21032, C1/C2-16-E032, jefe/a secretaría de director/a general adscrito a a la Conselleria de Sanidad.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución y o bien recurso potestativo de reposición ante el órgano competente, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
València, 24 de julio de 2024
Marciano Gómez Gómez
Conseller de Sanidad