Visto el texto del acuerdo de la Comisión paritaria del VIII Convenio colectivo laboral autonómico de centros, entidades y servicios de atención a personas con discapacidad de la Comunitat Valenciana, de 19 de abril de 2024, suscrito, de una parte, por la Federación Empresarial de Entidades Titulares de Centros y Servicios de Atención a Personas Discapacitadas (FEAD) y por la Agrupación Empresarial Valenciana de Centros Especiales de Empleo (AGEVALCEE) y, de otra, por la parte social, compuesta por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras del País Valenciano (CCOO PV) y por la Unión General de Trabajadores del País Valenciano (UGT-PV), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.c) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y en los artículos 3 y 4 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se crea el Registro de la Comunitat Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, este Servicio de Relaciones Laborales y Gestión de Programas, de acuerdo con el artículo 51.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, con el artículo 17.o) del Decreto 136/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo y con el artículo 28.3.j) de la Orden 9/2024, de 25 de abril, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se desarrolla el Decreto 136/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo,
RESUELVE
Primer
Ordenar su inscripción en el Registro de la Comunitat Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con notificación a la comisión negociadora, y el depósito del acta que recoge los acuerdos alcanzados.
Segon
Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL VIII CONVENIO COLECTIVO LABORAL AUTONÓMICO DE CENTROS, ENTIDADES Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE LA CV
Por las organizaciones patronales:
Por FEAD:
Catalina Estevan Estevan, DNI ***0765**
Por AGEVALCEE:
Juan José Serrano Jiménez de la Plata, DNI ***9486**
Por las organizaciones sindicales:
Por la FE CCOO-PV:
Elena Albert Roberto, DNI ***5136**
Pepa Ramis Pérez, DNI ***4937**
Por UGT Serveis Publics P.V.:
María Navarro García, con DNI ***4667**
En València, en los locales de CCOO, siendo las 11.00 horas del día 19 de abril de 2024, se reúnen de modo presencial las personas relacionadas al margen en representación de sus respectivas organizaciones. El representante de ASELDICOVA justifica su ausencia.
Se acuerda por parte de todas las organizaciones presentes firmar el que se adjunta, y registrarlo para posibilitar su publicación en el DOGV.
Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión a las 12 h
COMISIÓN PARITARIA DEL VIII CONVENIO COLECTIVO LABORAL AUTONÓMICO DE CENTROS, ENTIDADES Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
La Comisión Paritaria delVIII Convenio colectivo laboral autonómico de centros, entidades y servicios de atención a personas con discapacidad de la Comunitat Valenciana, reunida el 19 de abril de 2024, ante las numerosas consultas recibidas por esta Comisión sobre la situación creada como consecuencia de la notificación de fecha 17/4/2024 recibida por las entidades por parte de la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, donde se establecen unos importes inferiores a los acordados para la aplicación de las tablas salariales del Acuerdo Interprofesional de mejora de las condiciones de trabajo de las personas profesionales del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales en el ámbito de la acción concertada y del Acuerdo Interprofesional de mejora de las condiciones de trabajo del personal de los centros de titularidad propia del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales gestionados mediante contrato público, publicadas en el DOGV núm. 9607, de 31 de mayo de 2023, y modificadas en el DOGV del 31 de julio de 2023, negociadas como consecuencia de los acuerdos firmados el 17 de noviembre de 2022 por los agentes sociales y la Administración valenciana, ha acordado que los centros o empresas de atención especializada incluidos en el apartado A) del artículo 2 del VIII Convenio Colectivo Laboral Autonómico de centros, entidades y servicios de atención a personas con discapacidad de la Comunidad Valenciana deben aplicar como mínimo la tabla general del citado convenio publicada en el DOGV núm. 9617, de fecha 14 de junio de 2023, con efectos retroactivos del 1 de enero de 2023 y 2024, respectivamente, hasta el momento en que la Conselleria correspondiente desarrolle los incrementos de los módulos económicos acordados que permitan aplicar las tablas de dichos acuerdos interprofesionales.
En todo caso, cuando se consiga el cumplimiento por parte de la Administración de los acuerdos interprofesionales, sus efectos sobre aplicación de esas tablas se retrotraerían conforme se produzca la actualización de los módulos económicos comprometidos en dichos acuerdos.
El presente acuerdo entrará en vigor el día de su firma.
Asimismo, se acuerda registrar el presente Acuerdo para su publicación en el DOGV.
Lo que se hace constar a los efectos oportunos.
València, 19 de abril de 2024
València, 2 de julio de 2024
Aurora Valero Alcaraz
Jefa del Servicio de Relaciones Laborales y Gestión de Programas