RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2024, del vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, por la cual se convoca un concurso público para la selección de profesorado permanente laboral.

          Resolución de 10 de julio de 2024, del Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado de la Universitat Jaume I de Castelló, por la cual se convoca un concurso público para la selección de profesorado permanente laboral
          Visto lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU); el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, el Decreto 174/2002, de 15 de octubre, del Consejo, sobre régimen y retribuciones del personal docente e investigador contratado laboral de las universidades públicas valencianas y sobre retribuciones adicionales del profesorado universitario, el Decreto 95/2021, de 9 de julio, del Consell, de aprobación de los Estatutos de la Universitat Jaume I de Castelló (EUJI), la Instrucción 1/2024 del Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado para regular la constitución de las comisiones de selección de plazas de personal docente e investigador de la Universitat Jaume I (aprobada por el Consell de Direcció el 5 de junio de 2024) y el Reglamento para el desarrollo de los concursos de acceso a cuerpos de funcionariado docente universitario y de los concursos de selección de profesorado contratado doctor de la Universitat Jaume I (RCAUJI).y lo dispuesto en otras normas de carácter general que resultan de aplicación.
 
 
 
 
 
 
          Informar de que contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la haya dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación o bien, directamente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, una demanda laboral ante los juzgados de lo social de la ciudad de Castellón, dentro del plazo de dos meses a contar desde que deba entenderse agotada la vía administrativa. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente.
 
 
 
          Este concurso se regirá por lo dispuesto en la LOSU, el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, el Decreto 174/2002, de 15 de octubre, del Consell, sobre régimen y retribuciones del personal docente e investigador contratado laboral de las universidades públicas valencianas y sobre retribuciones adicionales del profesorado universitario; el Decreto 95/2021, de 9 de julio, del Consell, de aprobación de los Estatutos de la Universitat Jaume I de Castelló (EUJI); la Instrucción 1/2024 del Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado para regular la constitución de las comisiones de selección de plazas de personal docente e investigador de la Universitat Jaume I, el Reglamento para el desarrollo de los concursos de acceso a cuerpos de funcionariado docente universitario y de los concursos de selección de profesorado contratado doctor de la Universitat Jaume I; lo que se dispone en estas bases y otras normas de carácter general que resulten de aplicación.
 
 
          Se utilizará obligatoriamente el modelo de solicitud que aparece en el anexo III de la convocatoria y junto con esta, se entregará la siguiente documentación en formato PDF por medios electrónicos:
          a) Documento nacional de identidad vigente. Las personas que no tengan la nacionalidad española deberán presentar un documento acreditativo de la nacionalidad, tarjeta de identidad o pasaporte.
          b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base segunda para participar en el concurso de acceso.
          c) Justificación del pago de las tasas o certificado acreditativo de su bonificación o exención.
 
 
 
          6.7. La propuesta de provisión de plazas se recogerá en una resolución del Rectorado o persona en quien delegue. Las contrataciones propuestas se efectuarán por el Rectorado de la Universidad, en el plazo de treinta días hábiles a contar desde la recepción del expediente administrativo en la Secretaría General de la Universidad, y posteriormente a que la persona propuesta haya acreditado que cumple los requisitos indicados en el apartado 2 del artículo 16 del Reglamento del Consejo de Gobierno, lo que deberá realizar en los quince días hábiles siguientes al día de finalización de la actuación de la comisión. En caso de que la persona propuesta no presente oportunamente la documentación requerida, el Consejo de Gobierno de la Universidad podrá declarar la plaza vacante o remitir el expediente a la comisión para que proponga, si la misma lo considera conveniente, en el plazo de treinta días, la contratación del siguiente concursante en el orden de valoración formulado.
 
 
 
          9.5. En caso de reclamación, la autoridad competente es la Agencia Española de Protección de Datos.
          9.6. Los datos se conservarán en virtud de la legislación aplicable a este tratamiento.
 

Castelló De La Plana, 10 de julio de 2024
 
(DOGV n.º 9349 de 27.05.2022)
Joaquín Beltrán Arandes
Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado

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