Anuncio del acuerdo de la suspensión cautelar de tramitación y otorgamiento de licencias de obra y actividad afectadas por la modificación puntual 1-2024 de normas urbanísticas en todo el término municipal.

          El Pleno, en sesión celebrada el día 26 de junio de 2024, adoptó el acuerdo cuyo tenor literal es el siguiente:
          «1º. El Ayuntamiento pretende llevar a cabo el estudio y, si se estima procedente, la modificación del Plan general de ordenación urbana en los tres aspectos que se señalan a continuación.
          A) El uso residencial comunitario (del que solo existe implantado en el municipio el de la modalidad de residencia de estudiantes) ya quedó desplazado con la modificación puntual de las normas urbanísticas del PGOU 1/2022 de las zonas de ordenación de núcleo histórico, vivienda adosada y vivienda aislada. Se mantiene, no obstante, en las zonas de uso residencial de ampliación del casco y de edificación abierta, en las que la normativa lo contempla como compatible.
          A fin de priorizar, en los términos empleados en dicha modificación por la Corporación, la vivienda familiar, y por tanto, la vecindad material, dado el carácter que esta tiene como elemento definitorio del municipio, conviene plantearse una nueva modificación de las normas urbanísticas mediante la que dicha compatibilidad se elimine y solamente sea factible en la zona de ordenación comunitario educativo-cultural, sopesando la posibilidad de extenderlo a alguna otra zona del municipio en que resultase apropiado a la finalidad indicada.
          B) La zona de ordenación comunitario educativo-cultural (CED) dispone de una significativa previsión e implementación efectiva, prácticamente desarrollada en su totalidad, en el PGOU. Un suelo, como se indica en la memoria justificativa, clasificado «con un uso especial, el cual denominamos uso comunitario, y al cual nos referimos cuando pretendemos que el uso dominante que se dé sea el uso dotacional privado», destinado «preferentemente a la docencia o enseñanza, y todo tipo de usos relacionados con la misma».
          En consecuencia, no tiene sentido que además dicha zonificación y uso se contenga con el carácter de compatible o alternativo en otros ámbitos o zonas de ordenación residencial.
          C) Se aborda también la práctica que viene produciéndose en edificios construidos de mutar a vivienda las plantas bajas diáfanas o que se habían venido destinando a otros usos, con quiebra de los regímenes de compatibilidad que para cada zona de ordenación de uso residencial prevén las normas urbanísticas. Para tales supuestos, si bien se respetarían las definiciones de los usos residencial unitario (Run) y residencial múltiple (Rmu), habrían de establecerse los términos que impidieran dicha alteración posterior a la edificación ya realizada.
          2º. Para facilitar el estudio y los trabajos de las modificaciones congruentes, se estima necesario acogerse a lo dispuesto en el artículo 68 del Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, y suspender la tramitación y otorgamiento de las siguientes licencias de obra y actividad:
          a) Las que tengan por objeto la implantación del uso residencial comunitario (Rco) en las zonas de ordenación urbanística de ampliación del casco (ACA) y de edificación abierta (EDA).
          b) Las que, cualquiera que sea la zona de ordenación urbanística residencial, tengan por objeto establecer el uso educativo-cultural propio de la zona de ordenación comunitario educativo-cultural (CED), tanto si lo es en aplicación de las compatibilidades previstas como en régimen alternativo mediante estudio de detalle.
          c) Aquellas mediante las que, en edificios existentes, ya construidos, se pretenda el cambio a vivienda de las plantas bajas diáfanas o que se han venido destinando a otros usos.
          3º. De acuerdo con lo dispuesto en el precepto citado, el plazo de la suspensión tendrá una duración máxima de dos años, interrumpiéndose el mismo, con levantamiento de la suspensión, si, transcurrido un año, no se somete a exposición pública la propuesta de modificación puntual 1/2024 de las normas urbanísticas del PGOU.
          Sometido el asunto a votación, el Pleno con los 7 votos a favor de PSOE y Compromís per Alfara y las 4 abstenciones del PP,
 
 
 
 
ACUERDA
 
          Primero. Suspender cautelarmente la tramitación y el otorgamiento de las siguientes licencias de obra y actividad:
          - Las que tengan por objeto la implantación del uso residencial comunitario (Rco) en las zonas de ordenación urbanística de ampliación del casco (ACA) y de edificación abierta (EDA).
          - Las que, cualquiera que sea la zona de ordenación urbanística residencial, tengan por objeto establecer el uso educativo-cultural propio de la zona de ordenación comunitario educativo-cultural (CED), tanto si lo es en aplicación de las compatibilidades previstas como en régimen alternativo mediante estudio de detalle.
          - Aquellas mediante las que, en edificios existentes, ya construidos, se pretenda el cambio a vivienda de las plantas bajas diáfanas o que se han venido destinando a otros usos.
 
          Segundo. Publicar íntegramente el presente acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, momento a partir del cual será efectivo y se contará el plazo de suspensión en los términos indicados en la exposición.»
          La suspensión de licencias, de acuerdo con el artículo 21 de la Ley 7/1985 reguladora de las bases de régimen local, fue decretada por Resolución de Alcaldía de 4 de julio de 2024.
 
          Contra el acto administrativo transcrito, que es definitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del acuerdo. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que este haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de València, en el plazo de seis meses desde esta desestimación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de València, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del acuerdo. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
 
 

Alfara Del Patriarca, 4 de julio de 2024
 
Jaume Martínez Romero
Alcalde

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
336312 {"title":"Anuncio del acuerdo de la suspensión cautelar de tramitación y otorgamiento de licencias de obra y actividad afectadas por la modificación puntual 1-2024 de normas urbanísticas en todo el término municipal.","published_date":"2024-07-16","region":"valencia","region_text":"Comunidad Valenciana","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-valencia","id":"336312"} valencia Anuncio,Anuncios,Ayuntamiento de alfara del patriarca,DOGV,DOGV 9894,Ordenación del territorio y urbanismo https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/valencia/boa/2024-07-16/336312-anuncio-acuerdo-suspension-cautelar-tramitacion-otorgamiento-licencias-obra-actividad-afectadas-modificacion-puntual-1-2024-normas-urbanisticas-termino-municipal https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.