De acuerdo con lo que establece el artículo 33 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley orgánica 1/2000, de 7 de enero, este secretario autonómico dispone la publicación en el
Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del acuerdo que se transcribe como anexo en esta resolución.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat en relación con la Ley 8/2023, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat ha adoptado el siguiente acuerdo:
I. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en relación con el artículo 37 de la Ley 8/2023, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024, ambas partes las consideran solventadas en razón de los siguientes compromisos y consideraciones:
La Generalitat Valenciana asume el compromiso de promover una iniciativa legislativa de tal modo que se clarifique que el recurso a la contratación temporal laboral se producirá en los supuestos en que, excepcionalmente, la normativa estatal prevea esta posibilidad, eliminando, por tanto, toda referencia directa o indirecta a modalidades de contratación derogadas y, en particular, al contrato para la realización de una obra o servicio determinados.
Ambas partes constatan que la modificación acordada extinguirá el objeto de la controversia.
II. En razón al Acuerdo alcanzado, ambas partes coinciden en considerar resueltas las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.
III. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
València, 9 de julio de 2024
Cayetano García Ramírez
Secretario autonómico de Presidencia