RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2024, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, por la que se modifican los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia: servicio de actuaciones técnicas destinadas a personas que se ofrecen para la adopción y familias adoptivas. [2024/5585]

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Los servicios objeto de la modificación del concierto social son fundamentales en el ámbito de la prevención y protección de la infancia y la adolescencia.

Antecedentes de hecho

I) Por Resolución de 25 de mayo de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, se convocaron los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para los años 2022 y 2023: servicio de punto de encuentro familiar, servicio de actuaciones técnicas destinadas a personas que se ofrecen para la adopción y familias adoptivas, servicio de apoyo a la emancipación y autonomía personal de jóvenes extutelados que hayan alcanzado la mayoría de edad, servicio de atención telefónica a la infancia y a la adolescencia y servicio específico de atención a abusos sexuales en la infancia y la adolescencia.

II) Por Resolución de 29 de junio de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, se resolvió el procedimiento de selección de solicitudes de entidades de iniciativa social, de la convocatoria de los acuerdos de acción concertada para el ejercicio 2022 y 2023.

III) El 26 de julio de 2022 se formalizaron los acuerdos de acción concertada con las entidades de iniciativa social seleccionadas para los siguientes servicios y lotes:

– Servicio de punto de encuentro familiar, lote I Castellón, lote II Valencia y lote III Alicante a la entidad Fundación Diagrama Intervención Psicosocial.

– Servicio de actuaciones técnicas destinadas a personas que se ofrecen para la adopción y familias adoptivas, lote I Castellón, lote II Valencia y lote III Alicante a la entidad Fundación Diagrama Intervención Psicosocial.

– Servicio de apoyo a la emancipación y autonomía personal de jóvenes extutelados que hayan alcanzado la mayoría de edad, lote I Castellón, lote II Valencia y lote III Alicante a la entidad Cruz Roja, y el lote IV Barrios zona norte Alicante a la entidad Fundación Amigó.

– Servicio de atención telefónica a la infancia y a la adolescencia, a la entidad Fundación Anar.

– Servicio específico de atención a abusos sexuales en la infancia y la adolescencia, lote I. Castellón a la entidad Asociación Centro Trama.

– Servicio específico de atención a abusos sexuales en la infancia y la adolescencia, lote II Valencia y lote III Alicante a la entidad Fundación Diagrama Intervención Psicosocial.

IV) Por Resolución de 22 de mayo de 2023 (DOGV núm. 9603 de 25.05.2023) se prorrogan los acuerdos de acción concertada para el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 31 de octubre de 2023, formalizándose dicha prórroga el 5 de junio de 2023.

V) Por Resolución de 17 de julio de 2023 (DOGV número 9681 de 12.09.2023) se prorrogan, de nuevo, los acuerdos de acción concertada para el periodo comprendido del 01 de noviembre al 31 de julio de 2024, formalizándose esta segunda prórroga el 17 de julio de 2023.

VI) La Ley 7/2023, de 26 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat estableció modificaciones en los artículos 149 y

157 de la Ley 26/2018, relativas a la frecuencia de los seguimientos durante la delegación de la guarda con fines de adopción, que pasan a ser trimestrales en lugar de semestrales, y durante el primer año de adopción, que serán semestrales.

La demanda social derivada de este cambio legislativo, la creciente desinstitucionalización, la discrepancia entre las prestaciones previstas inicialmente y las efectivamente requeridas, así como la urgente necesidad de incrementar el número de familias con declaración de idoneidad vigente a la espera de una asignación, justifican la modificación del concierto.

VII) Las direcciones territoriales de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda de Alicante, Castellón y Valencia, y la Dirección General de Familia, Infancia y Adolescencia, y Reto demográfico informan sobre la conformidad de la prestación de los servicios y sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en la resolución de convocatoria de los acuerdos de acción concertada.

VIII) Finalizado el plazo de audiencia a la entidad concertada, manifiesta la conformidad a la modificación del concierto social de las condiciones técnicas y económicas establecidas en la mencionada Resolución de 25 de mayo de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocaron los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para los años 2022 y 2023.

Fundamentos de derecho

I) La Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, en los artículos 1, 10 y 92, entre otros, establece un marco de prevención, protección y atención en la infancia y la adolescencia como obligación de la administración.

II) La Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de servicio sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana, establece en el artículo 34.1.b la acción concertada como forma de provisión de las prestaciones del Sistema Público de Servicios sociales con entidades privadas de iniciativa social.

III) El Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana por entidades de iniciativa social y establece en el título VI los criterios de modificación y revisión de los conciertos.

IV) Los artículos 30 y 31 del anexo I de la Resolución de 25 de mayo de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para los años 2022 y 2023, prevén la posibilidad de modificar el concierto con anterioridad a su fecha de finalización.

Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 31 y 33 del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, y con la delegación de la decisión respecto de la modificación de los conciertos en la persona titular de la dirección general con competencia en materia de infancia y adolescencia, resuelvo:

Primero

Aprobar la modificación de los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia: servicio de actuaciones técnicas destinadas a personas que se ofrecen para la adopción y familias adoptivas incrementando el número de actuaciones y, en consecuencia, los importes previstos inicialmente, según la siguiente distribución:

Segundo

La aprobación de la modificación del concierto social por un importe para los meses de junio y julio de 2024 de 131.539,16 € se efectúa con cargo al crédito consignado en la línea S0216, denominada «Concierto social servicios infancia y adolescencia», aplicación presupuestaria G01160303GE00000.313C00.48109.S021600004, del presupuesto de gastos de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda correspondiente a la anualidad de 2024.

Sin embargo, el importe aprobado mediante esta resolución podrá revisarse durante el plazo de duración de la prórroga del concierto social por resolución del órgano competente de la conselleria, para mantener las condiciones económicas del concierto, dentro de las disponibilidades presupuestarias y de los términos previstos en la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española tal como dispone el artículo 33.2 del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell.

Tercero

La presente resolución de modificación será objeto de publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, produciendo esta los efectos de la notificación a los interesados, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Cuarto

La modificación de la concertación de los servicios aprobada en esta resolución queda sujeta a la suscripción de los documentos administrativos de formalización de concierto social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del anexo I de la resolución de convocatoria.

La formalización de las modificaciones acordadas, mediante una adenda al documento de formalización de concierto social suscrito en 2022, se debe hacer dentro del plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 31 de mayo de 2024.– La vicepresidenta segunda del Consell y consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda: Susana Camarero Benítez.

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