RESOLUCIÓN de 10 de mayo de 2024, de la directora general de la Ciutat de les Arts i de les Ciències, SAU, por la que se da publicidad a las bases del concurso para la selección de la directora adjunta o director adjunto de Relaciones Externas, y se convoca para su provisión. [2024/4320]

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La Ciutat de les Arts i de les Ciències, SAU., en adelante CACSA, entidad integrada en la estructura del sector público de la Generalitat como sociedad mercantil acorde al apartado 2 del artículo 3 de la Ley 1/2015 por el que se define el sector público empresarial y fundacional y adscrita a la Presidencia de la Generalitat, convoca el presente proceso selectivo para la cobertura de un puesto de directora/director adjunta/adjunto de Relaciones Externas mediante un contrato laboral de carácter especial del personal de alta dirección.

Entre otras actividades, constituye el objeto social de CACSA la promoción, organización y gestión de cuantas actividades requiera la preparación, construcción y puesta en funcionamiento de los proyectos de la Generalitat Valenciana de la Ciutat de les Arts i les Ciències de València, así como la promoción, organización y gestión de la explotación de las actividades y servicios a desarrollar en los inmuebles e instalaciones que integren dichos proyectos.

CACSA dispone de dos puestos directivos de los regulados en el Decreto 95/2016, de 29 de julio, del Consell, de regulación, limitación y transparencia del régimen del personal directivo del sector público instrumental de la Generalitat, en base a la Resolución de la Dirección General de Sector Público, Modelo Económico y Patrimonio, de 30 de noviembre de 2016, por la que se clasifica a CACSA en el grupo II, de las entidades de derecho público y entidades públicas empresariales pertenecientes a otros sectores y, en consecuencia, se le autoriza a designar un número máximo de dos directivos, de los previstos en el artículo 2.3 del citado decreto.

El Decreto ley 1/2011, de 30 de septiembre, del Consell, de medidas urgentes de régimen económico-financiero del sector público empresarial y fundacional, en su artículo 19, indica que la elección del personal de carácter directivo de los entes del sector público se basará en criterios de competencia, profesionalidad y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada.

En este sentido, el Decreto 95/2016, de 29 de julio, del Consell, de regulación, limitación y transparencia del régimen del personal directivo del sector público instrumental de la Generalitat, define, a estos efectos, al personal directivo como aquel que actuando bajo la dependencia bien de los órganos superiores de gobierno o administración de los entes, bien de las personas que desempeñen su máxima responsabilidad, ejerza funciones separadas con autonomía y responsabilidad, solo limitadas por los criterios e instrucciones emanadas de aquellos.

De conformidad con el apartado 1 del artículo 3 del citado decreto, la idoneidad de la elección de personal que ocupa puestos de carácter directivo se basará en criterios de solvencia académica, profesional, técnica, científica o artística; experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada; capacidad de liderazgo para planificar, implementar y revisar estrategias, políticas y programas que hagan posible conseguir por parte de la organización su misión y objetivos a través de una gestión con indicadores; capacidad de comunicación y negociación; la formación en igualdad de género; el conocimiento de idiomas, en especial de los cooficiales de la Comunitat Valenciana; u otros criterios específicos relacionados con las funciones asignadas.

Asimismo, de conformidad con el apartado 2, del artículo 3, del citado decreto, la designación y cese del personal que ejerza la máxima responsabilidad de los entes se realizará de acuerdo con sus reglamentos o estatutos y, en defecto de dichas previsiones, por su consejo de dirección u órgano colegiado superior de gobierno o administración. Estas designaciones y ceses se realizarán por la persona que ejerza la máxima responsabilidad, previa autorización del consejo de dirección u órgano colegiado superior de gobierno o administración del ente, de conformidad con la normativa de desarrollo del Régimen Jurídico del sector público que resulte de aplicación, y se publicarán en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana en el plazo de 20 días. En este sentido, el Consejo de Administración de CACSA, en sesión celebrada el 26 de octubre de 2023, aprobó el inicio del proceso para la contratación de un puesto directivo a formalizar mediante un contrato de alta dirección.

El artículo 3 del citado Decreto 95/2016, apartado 5, dispone que los contratos de alta dirección que se suscriban deberán contar con los informes que sean preceptivos de conformidad con las leyes anuales de presupuestos de la Generalitat. Respecto de esta obligación, el artículo 30.3 de la Ley 9/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023, dispone que el establecimiento o modificación de las retribuciones del personal directivo de los entes que integren el sector público instrumental requerirá informe favorable de las consellerias que tengan asignadas las competencias en materia de hacienda y de sector público. Al efecto, CACSA cuenta con el informe favorable emitido por Dirección General de Presupuestos de 31 de enero de 2024, así como el informe favorable de la Dirección General de Fondos Europeos y Sector Público de 13 de diciembre de 2023, que autoriza las retribuciones íntegras anuales propuestas para el cargo directivo de directora/director adjunta/adjunto de Relaciones Externas.

Por todo ello, de conformidad al acuerdo adoptado en la reunión del Consejo de Administración, en la sesión celebrada el 26 de octubre de 2023, la directora general de CACSA resuelve:

Primero

Iniciar el proceso de contratación del puesto de director/a adjunto/a de Relaciones Externas, que se regirá por lo dispuesto en el Decreto 95/2016, de 29 de julio, del Consell, de regulación, limitación y transparencia del régimen del personal directivo del sector público instrumental de la Generalitat, y aprobar las bases de la contratación, que figuran como anexo a la presente resolución.

Segundo

Publicar la presente Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página de transparencia de CACSA/Portal de Ocupación https://servicios.cac.es/portalocupacio/

Contra la presente resolución, la persona interesada podrá interponer directamente, en el plazo de 2 meses, demanda laboral ante el Juzgado de lo Social de la ciudad de València, según lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en su redacción dada por la disposición final 3ª de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

València, 10 de mayo de 2024.– La directora general: Ana M.ª Ortells Miralles.

ANEXO I

Bases de la contratación de un puesto directivo

1. Características del puesto convocado

Es objeto de esta convocatoria el proceso de selección para la contratación de la persona que ha de desempeñar el puesto de director/a adjunto/a de Relaciones Externas de CACSA.

Funciones:

Diseñar, definir e implementar las líneas estratégicas para difundir el proyecto CAC a los distintos mercados y públicos, de acuerdo con las directrices marcadas por la Dirección General, con el objetivo de alcanzar al mayor público posible, tanto dentro como fuera de nuestras fronteras. En este sentido, el Consejo de Administración de la entidad, determinó como funciones destacables del citado puesto las que se relacionan a continuación:

– Elaborar la planificación anual que recoja la estrategia y políticas para la captación de empresas tanto a nivel nacional como internacional, para dar a conocer el producto Ciudad de las Artes y las Ciencias a través de patrocinios, actos y eventos, convenios de colaboración, etc. velando por el mantenimiento y mejora de la imagen corporativa.

– Definir objetivos y desarrollar programas que fortalezcan la relación de la empresa con otras instituciones, empresas u organismos públicos y privados.

– Establecer marcos de colaboración y convenios que refuercen los valores y misión de la empresa.

– Actuar como interlocutor frente a organismos externos por delegación de Dirección General

– Supervisar las relaciones y negociaciones con patrocinadores.

– Colaborar con el Departamento de Comunicación en la confección de artículos y reportajes para medios sobre temas específicos de la actividad de CAC.

– Dar información a la dirección de la institución sobre los acontecimientos locales e internacionales.

– Participar y velar por la captación de actos y eventos públicos de gran notoriedad. Atender directamente y negociar con las empresas interesadas la celebración de dichos actos.

Salario:

Se ofrece un contrato de alta dirección con una retribución bruta anual máxima de 56.937 €. brutos anuales para el ejercicio 2024. Se requiere dedicación exclusiva.

2. Requisitos de participación

Las personas candidatas deberán acreditar los siguientes requisitos:

– Tener la nacionalidad española, o de un estado miembro de la Unión Europea.

– Podrán presentar su candidatura las personas extranjeras no incluidas en el párrafo anterior que, en caso de ser finalmente seleccionadas, deberán obtener de forma obligatoria la residencia legal en España.

– Contar con experiencia en el desempeño de similares funciones a las asignadas al puesto. Se valorará la experiencia en el sector de la Comunicación: se deberá acreditar experiencia de un mínimo de cinco años en puestos de responsabilidad en el sector de la comunicación y relaciones públicas.

– Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

– Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

– No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones y organismos públicos vinculados o dependientes de estas, o de los organismos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial firme.

– En el caso de ser nacional de otro Estado, no encontrarse inhabilitado en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su estado, en los mismos términos, el acceso a la ocupación pública.

3. Régimen de contratación e incompatibilidades

La persona seleccionada se vinculará a la entidad por un contrato de alta dirección que se regirá, además de por lo dispuesto en el Decreto 95/2016, de 29 de julio, del Consell, de regulación, limitación y transparencia del régimen del personal directivo del sector público instrumental de la Generalitat, por la normativa prevista en el artículo 3.4 del citado decreto, y Real decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.

El contrato tendrá una duración indefinida. De conformidad con lo establecido en la normativa anteriormente citada, en el caso de extinción por desistimiento por parte de la empresa tendrá derecho a una indemnización de siete días por año de servicio con un máximo de seis mensualidades.

El desistimiento deberá ser comunicado por escrito notificándose con quince días de antelación.

Se concertará un periodo de prueba de nueve meses, transcurrido el cual, sin que se haya producido desistimiento por ninguna de las partes, el contrato producirá plenos efectos, computándose el tiempo de los servicios prestados en la antigüedad del trabajador.

Le serán de aplicación directa los preceptos de la Ley 8/2016, de 28 de octubre, de la Generalitat, de incompatibilidades y conflictos de intereses de personas con cargos públicos no electos o normativa que la sustituya; así como el resto de legislación vigente en esta materia.

Las personas designadas tendrán régimen de dedicación exclusiva.

4. Criterios de selección y méritos de las personas aspirantes

4.1. La elección se basará en los criterios establecidos en el apartado 1 del artículo 3 del Decreto 95/2016, 29 de julio, del Consell, de regulación, limitación y transparencia del régimen del personal directivo del sector público instrumental de la Generalitat.

4.2. Se valorará la solvencia profesional y técnica; la experiencia en trabajos desarrollados en el sector público instrumental o en el sector privado, y resto de conocimientos y experiencia relacionados con las funciones del puesto, siendo especialmente valorable la experiencia demostrada en la comunicación y las relaciones públicas, la capacidad de comunicación y negociación; la formación en igualdad de género; el conocimiento de idiomas, en especial de los cooficiales de la Comunitat Valenciana; y cualquier otro mérito específico relacionado con las funciones asignadas al puesto convocado.

A tal efecto, las personas aspirantes redactarán y aportarán:

1. Un currículum haciendo constar los datos que se consideren relevantes a efectos del desempeño de las funciones asignadas al puesto de trabajo convocado, con una extensión máxima de cinco folios. Se deberá aportar en la fase de inscripción.

2. Un proyecto que versará sobre los temas que se exponen a continuación:

Un plan con una propuesta de estrategias y políticas de venta-marketing para la captación de empresas tanto a nivel nacional como internacional, para dar a conocer el producto Ciudad de las Artes y las Ciencias a través de patrocinios, actos y eventos, convenios de colaboración, etc. Se deberá aportar el documento en la fase de entrevista en sobre cerrado y quedarán bajo la custodia de la Comisión de Valoración. Será entregado el mismo día de la entrevista, siguiendo las instrucciones de la Comisión de Valoración y en formato electrónico.

El proceso selectivo se realizará mediante la comprobación de los requisitos exigidos y la valoración conjunta y global de los méritos de las personas aspirantes que se expondrán en una entrevista ante la Comisión de Valoración, en la que cada aspirante defenderá su curriculum vitae y el proyecto presentado.

La valoración atenderá a criterios de méritos, capacidad e idoneidad, así como a los conocimientos especializados y experiencia que se aporten y a la entrevista que se realice. Los criterios objetivos y razonados que se considerarán para decidir la adjudicación del puesto de trabajo convocado son los siguientes:

– Criterios de solvencia profesional que se acreditarán mediante la experiencia en niveles de responsabilidad en el ámbito de la comunicación.

– Trayectoria y experiencia profesional en la gestión de la comunicación y relaciones externas, en sus diferentes ámbitos profesionales, tanto en entidades públicas como privadas.

– Acreditar experiencia en la gestión o funciones de dirección, control o asesoramiento en el ámbito de la comunicación, relaciones institucionales y relaciones externas, o en funciones de similar responsabilidad en entidades públicas o privadas.

– Capacidad de comunicación y negociación.

– Gestión de equipos.

– Capacidad de liderazgo para planificar, implementar y revisar estrategias, políticas y programas con el fin de conseguir la misión y objetivos.

– Conocimiento de las dos lenguas oficiales en la Comunitat Valenciana según establece su Estatuto de Autonomía y legislación de desarrollo.

– Conocimientos de inglés.

– Capacidad de integración en la estructura organizativa de CACSA.

Todos los méritos han de ser comprobables mediante la documentación que los acredite. En caso contrario, la Comisión no los tendrá en cuenta.

5. Presentación de candidaturas

La presentación de solicitudes e inscripción se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar la solicitud de inscripción a través del portal de ocupación de CACSA https://servicios.cac.es/portalocupacio/

La presentación de la candidatura implica la aceptación de las presentes bases.

En el proceso de la inscripción electrónica deberá presentarse la siguiente documentación:

– Documento de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia que corresponda.

– Currículum pormenorizado y debidamente justificado, donde se acredite su trayectoria, experiencia profesional, así como los títulos, idiomas, cursos y diplomas obtenidos. Tendrán que especificarse las fechas concretas de inicio y fin de cada experiencia profesional, así como las funciones realizadas.

– La documentación acreditativa de los méritos profesionales y formativos que se detallen en el currículum.

– Experiencia profesional. Informe de la vida laboral actualizado.

A efectos de comprobación de la experiencia laboral requerida se tiene que especificar, de la forma más detallada posible, la actividad realizada, así como el periodo o periodos continuados en que aquella se desarrolló, aportando para ello copia de los documentos que aquel considere oportuno para acreditar la experiencia requerida en la convocatoria (contratos, certificados de empresa. etc.) u otros documentos donde conste la experiencia exigida.

6. Plazo de presentación

El plazo de presentación de las solicitudes y resto de documentación será de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

7. Comisión de valoración

Se constituirá una comisión de valoración que será el órgano encargado de examinar las candidaturas presentadas y evaluar los méritos de estas.

Dicha comisión de valoración que se regirá por lo dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, gozando de discrecionalidad técnica para la valoración de las candidaturas presentadas por los aspirantes y estará formada por las personas que ostentarán los siguientes cargos:

Presidencia: Inmaculada Iborra Ivars, Jefa del Servicio de Difusión de la Acción del Consell.

Vocal: María del Pilar Tébar Martínez, directora general de Patrimonio Cultural. Vicepresidencia primera y Conselleria de Cultura y Deportes. Miembro del Consejo de Administración de Ciudad de las Artes y de las Ciencias, SAU.

Vocal: Inés Barona Lejarraga, directora de Marketing y Servicios de Ciudad de las Artes y de las Ciencias, SAU.

Secretaria: M.ª José García Vercher, Responsable Comunicación de Ciudad de las Artes y de las Ciencias, SAU.

8. Procedimiento selectivo

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, la comisión de valoración se reunirá para comprobar el cumplimiento de los requisitos de participación y examinar la documentación aportada por las personas aspirantes acreditativa de los méritos alegados.

El procedimiento selectivo se desarrollará en dos fases: la fase 1, de comprobación del cumplimiento de los requisitos de participación y de valoración de los méritos de la persona candidata; y la fase 2, de entrevista y defensa del proyecto presentado.

Fase 1: Fase de valoración de méritos y curricular

Los requisitos de participación los analizará la Comisión de valoración. En caso de que falte o tenga que enmendarse alguna documentación, se requerirá a las personas participantes para que en el plazo máximo de cinco días hábiles subsanen las deficiencias, con indicación que, si no lo hacen así, se considerará que desisten de su petición, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

De las candidaturas presentadas por cada aspirante que cumplan con los requisitos de participación, la comisión de valoración realizará una valoración de méritos y curricular de manera global y conjunta según su adecuación al perfil del puesto convocado.

La puntuación máxima de esta fase será de cuatro puntos, lo que supondrá una valoración de los méritos supondrá un 40 % sobre el total del procedimiento de selección.

Se valorarán los siguientes méritos:

– Experiencia profesional en puestos de dirección de relaciones externas o de comunicación, con un máximo 3 puntos.

– Formación complementaria adaptada al perfil del puesto con un máximo de 0,8 puntos.

– Formación específica en igualdad de género con un máximo de 0,1 puntos.

– Conocimientos del valenciano con un máximo de 0,1 puntos.

– Conocimientos en otros idiomas con un máximo de 0,1 puntos.

Una vez que se haya procedido a la valoración de la experiencia y méritos alegados, la comisión de valoración deberá convocar a la entrevista y defensa del proyecto a las personas candidatas que se considere que pueden optar a ocupar el puesto ofrecido.

La comisión de valoración fijará la puntuación mínima necesaria de los méritos para poder pasar a la segunda fase. En todo caso y teniendo en cuenta la adecuación de los perfiles de los aspirantes, la Comisión, en uso de su discrecionalidad, seleccionará por orden de puntuación, hasta un máximo de cuatro candidatos que pasarán a la segunda fase de entrevista y defensa del plan.

Fase 2: Entrevista y defensa de proyecto.

A las personas que pasen a la segunda fase se les convocará a una entrevista que versará sobre los méritos presentados y seguidamente se realizará la defensa del proyecto presentado. La valoración de esta fase supondrá un 60 % sobre el total del procedimiento de selección, es decir, 6 puntos.

Fase 2.1.: La valoración de esta fase supondrá un 30 % sobre el total del procedimiento de selección, es decir, 3 puntos.

En la entrevista se comprobará, valorará y determinará los siguientes aspectos en relación con las funciones del puesto a ejercer:

a) La competencia, aptitud, habilidades y capacidades: directivas, organizativas, analíticas, de gestión de equipos humanos y de comunicación.

b) La capacidad de adaptación e integración de la persona candidata en la organización y en el desempeño de la plaza convocada.

Las personas candidatas convocadas para la realización de la entrevista tendrán que exhibir ante la comisión de valoración el correspondiente documento acreditativo de su identidad (documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residente).

Fase 2.2.: Defensa del proyecto presentado. La valoración de esta fase supondrá un 30 % sobre el total del procedimiento de selección, es decir, 3 puntos

Criterios e indicadores de evaluación y valoración del proyecto escrito:

0,5 % Presenta una estructura coherente, presentación clara y correcta expresión gramatical.

4,5 % Plantea un procedimiento o una progresión correcta con la metodología adecuada. Es rigurosa/o en las técnicas utilizadas y en la resolución de problemas. Posee conocimientos actualizados y dominio de habilidades técnicas de la categoría profesional del puesto de trabajo ofertado.

5 % Calidad y viabilidad del proyecto presentado.

Criterios e indicadores de evaluación y valoración de la exposición oral del proyecto:

20 % En la exposición del proyecto ante la Comisión, se valorarán la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión, así como su forma de presentación y exposición. Concluida la exposición, la Comisión podrá plantear a él y la aspirante cuestiones sobre el proyecto, durante un tiempo máximo de 15 minutos, valorando la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.

La convocatoria podrá declararse desierta si la comisión considera que ninguna persona se adecúa a los requisitos del puesto.

9. Propuesta de nombramiento

Una vez concluido el procedimiento, la persona que ostente el cargo de presidente/a de la comisión de valoración elevará la propuesta de nombramiento de la persona seleccionada a la directora general de CACSA, quien procederá al nombramiento, que se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y a la firma del contrato correspondiente.

10. Confidencialidad

Las personas e instituciones implicadas en el proceso de selección de candidatos y candidatas se comprometen a garantizar la absoluta confidencialidad de todos los datos personales y profesionales de aquellas, a asegurar que la participación de las no seleccionadas se mantendrá en el estricto ámbito de conocimiento y valoración de la comisión de valoración, y hacer público exclusivamente el nombre del candidato o candidata seleccionado.

11. Principio de igualdad

Este proceso se rige por los principios de igualdad recogidos en la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad entre mujeres y hombres.

12. Contacto

Las personas interesadas en presentarse al proceso selectivo podrán realizar, a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria y hasta el plazo de finalización de presentación de solicitudes, las consultas que consideren oportunas sobre el proceso de selección, a través de la siguiente dirección de correo electrónico: empleo@cac.es.

Una vez finalizado el proceso se procederá a la publicación del nombramiento de la persona elegida en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, en un plazo de 60 días y en el portal de transparencia de la entidad https://servicios.cac.es/portalocupacio/

13. Tratamiento de datos personales

En materia de protección de datos de carácter personal se estará en lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) así como en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Los datos serán tratados para poder gestionar la selección de una persona para el desempeño de la dirección adjunta de Relaciones Externas.

Una vez los procedimientos de selección se estén desarrollando, los/as aspirantes podrán conocer el estado del desarrollo de la convocatoria a través https://servicios.cac.es/portalocupacio/. En cumplimiento de lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea 2016/679, los/as aspirantes podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad –en función de las posibilidades técnicas– y olvido en los términos legalmente establecidos, o solicitándolo mediante escrito dirigido a lopd@cac.es.

Para mayor información se puede visitar la política de privacidad en la página Web https://servicios.cac.es/transparencia/info_corporativa5.jsp?lang=es_ES o solicitar información adicional y detallada sobre la protección de datos a lopd@cac.es

La cancelación de los datos personales proporcionados una vez iniciado el procedimiento se entenderá como expresión de la voluntad del aspirante de ser separado del procedimiento de forma permanente. Todos los datos personales que CACSA haya de recabar para poder llevar a término este proceso se integrarán en ficheros que serán tratados para dichos fines y en el ámbito de las competencias legalmente atribuidas a CACSA, y serán conservados, adoptando las adecuadas medidas de seguridad para su protección, mientras sean necesarios para completar los procedimientos en el curso de los cuales fueron solicitados

València, 10 de mayo de 2024.– La directora general: Ana M.ª Ortells Miralles.

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