Extracto de la Resolución de 14 de abril de 2024, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2024, en aplicación de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre. [2024/3248]
BDNS (identif.): 754694.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/754694
Primero. Aprobación de la convocatoria e indicación de las bases reguladoras de las subvenciones
Se convocan para el ejercicio 2024, las subvenciones para la realización de acciones formativas correspondientes a especialidades formativas no conducentes a la obtención de certificados profesionales o de profesionalidad, incluidas en el fichero de especialidades del Servicio Público de Empleo Estatal, dirigidas prioritariamente a personas ocupadas, reguladas en la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, publicada en el BOE número 78, de fecha 1 de abril de 2019.
Segundo. Objeto
La resolución tiene por objeto la convocatoria de ayudas para la realización de programas de formación dirigidos al menos en un 70 % para personas trabajadoras empleadas en empresas o centros de trabajo ubicados en la Comunitat Valenciana incluyendo a las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo a que hace referencia el artículo 16 del texto refundido de la Ley del Estatuto de trabajadores aprobado por Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en los periodos en que se encuentren en actividad laboral o personas trabajadoras autónomas residentes en la misma y en un 30 % como máximo a personas trabajadoras desem-pleadas residentes también en la Comunitat Valenciana.
Tercero. Entidades beneficiarias
Serán beneficiarias de las subvenciones los centros y entidades de formación públicas o privadas, así como empresas o asociaciones empresariales inscritas en el correspondiente registro de entidades de formación, para las especialidades formativas objeto de la formación, en modalidad presencial, teleformación o mixta, con presencia en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Cuarto. Cuantía
Las subvenciones que se convocan se destinarán a realización de las acciones formativas dirigidas prioritaria-mente a personas ocupadas que se financiarán con fondos finalistas del Ministerio de Trabajo y Economía Social para la ejecución de las iniciativas de formación vinculadas al Catálogo de especialidades formativas del ámbito laboral y no dirigidas a la obtención de certificados profesionales o de profesionalidad, destinándose un importe total máximo de 7.880.000,00 con cargo a la línea de subvención S0364 del capítulo IV del subprograma C322C02, del presupuesto de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación para el ejercicio 2024.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGV.
València, 14 de abril de 2024. El director general de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Antonio Galvañ Diez.