Anuncio de la consulta pública previa del proyecto de Decreto del Consell, por el que se regula el Comité Permanente de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana y se establece el procedimiento de concesión de subvenciones en materia de ayuda humanitaria de emergencia. [2024/2809]

De conformidad con lo previsto en los artículos 14 y 15 de la Ley 4/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, de participación ciudadana y fomento del asociacionismo de la Comunidad Valenciana, y en relación con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se plantea una consulta pública previa a la redacción del proyecto de decreto del Consell, por el que se regula el Comité Permanente de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana y se establece el procedimiento de concesión de subvenciones en materia de ayuda humanitaria de emergencia.

El proceso de consulta pública tendrá una duración total de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el DOGV. Las aportaciones a la norma se pueden realizar a través del apartado «legislación colaborativa» del Portal de Participación de la Generalitat (gvaparticipa.gva.es), previo registro en esta plataforma. Concluido este trámite, se dará publicidad a sus resultados en dicho portal de participación.

A continuación, se ofrece información sobre los diferentes aspectos de este proyecto normativo a fin de facilitar su comprensión y alcance:

1. Antecedentes de la norma:

– Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de la Generalitat, de cooperación y desarrollo sostenible.

– Decreto 132/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.

– Decreto 24/2013, de 25 enero, del Consell, por el que se regula el Comité Permanente de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana y su órgano consultivo.

– Estrategia de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana 2018-2022.

– Orden 2/2021, de 26 de mayo, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se establecen las bases reguladoras y el procedimiento de concesión de subvenciones en materia de cooperación internacional al desarrollo.

– V Plan director de la cooperación valenciana al desarrollo.

2. Problemas que se pretende solucionar con la nueva normativa

El V Plan director de la cooperación valenciana al desarrollo se propone reforzar el sistema valenciano de acción humanitaria, avanzando hacia una mejor alineación con los compromisos y las metas establecidas en el Grand Bargain, mediante el refuerzo del enfoque local-global en el ámbito de la acción humanitaria, mejorando la información a la sociedad valenciana sobre las intervenciones financiadas con la finalidad de avanzar en la sensibilización y la toma de conciencia hacia la acción humanitaria como necesidad en el escenario global: conflictos olvidados, crisis crónicas, emergencias, desastres, efectos del cambio climático y derecho internacional humanitario, entre otros.

La nueva normativa pretende, en primer lugar, regular el régimen jurídico, la organización y el funcionamiento del Comité Permanente de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana (CAHE) concebido como un órgano de coordinación de la Generalitat, para canalizar la ayuda humanitaria y de emergencia de las entidades que lo integran, para prevenir y atender las situaciones de emergencia derivadas de desastres naturales o provocados, de conflictos armados o de actividades terroristas, con la eficacia e inmediatez que demanden los hechos. Seguidamente se pretende establecer el procedimiento de concesión de subvenciones de intervenciones de ayuda humanitaria de emergencia, adaptando los trámites de concesión a las necesidades que requieren las emergencias humanitarias, para responder de manera rápida y eficaz ante dichas situaciones.

3. Necesidad y oportunidad de aprobación

Ante un escenario internacional cambiante y complejo, la prestación de acción humanitaria se convierte en una tarea cada vez más necesaria, por el hecho que las situaciones en las cuales se precisa este tipo de ayuda, por el enquistamiento de numerosos conflictos armados y la proliferación y cambiante fisonomía de los desastres naturales, han aumentado en número y complejidad amenazando a miles de personas y familias en todo el mundo.

La vulnerabilidad de un elevado número de personas se ve afectada de manera inmediata por el aumento y la frecuencia de las catástrofes naturales y las emergencias producidas por los conflictos armados se han hecho más graves y prolongadas. Esto provoca que la brecha entre las necesidades humanitarias y los recursos disponibles para satisfacerlas no deje de aumentar y, por lo tanto, son necesarias acciones ágiles orientadas a garantizar su subsistencia, proteger sus derechos, defender su dignidad y establecer las bases de su posterior desarrollo.

El proyecto normativo persigue que la ayuda humanitaria se aporte desde la Comunitat Valenciana de una forma rápida, eficaz y coordinada hasta los lugares donde se ha producido un desastre natural o un conflicto armado para dar respuesta a las necesidades básicas e inmediatas de las personas afectadas por la emergencia, contribuyendo así a disminuir su vulnerabilidad, proteger sus derechos y restablecer su dignidad.

Para ello, se considera oportuna la regulación del Comité Permanente de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana y el procedimiento de concesión de subvenciones para financiar las intervenciones de emergencia humanitaria, aprovechando los actuales marcos jurídicos que regulan el funcionamiento de los órganos y la concesión de subvenciones por razones de interés humanitario.

4. Objetivos de la norma

– Regular el régimen jurídico, su organización y funcionamiento del Comité Permanente de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana (CAHE) concebido como un órgano de coordinación de la Generalitat.

– Establecer el procedimiento de concesión de subvenciones en materia de ayuda humanitaria de emergencia.

5. Posibles soluciones, alternativas reguladoras y no reguladoras

Resulta relevante la redacción y aprobación de una nueva normativa específica que permita regular la participación de las instituciones públicas y entidades privadas de la Comunitat Valenciana que destinen fondos a la acción humanitaria de emergencia, adaptando el marco de esta colaboración entre actores locales (institucionales, sociales, económicos, académicos, culturales…) y establecer las reglas de la concurrencia competitiva para el acceso de los agentes interesados en esta modalidad de ayudas.

Actualmente, la Generalitat dispone de un decreto que regula el CAHE y una orden de bases por la que se regulan las convocatorias de subvenciones a ONGD para la realización de proyectos de acción humanitaria, entre otras. Sin embargo, este decreto y esta orden resultan insuficientes, en sus componentes técnicos y jurídicos, para regular las peculiaridades de las emergencias de acción humanitaria para el desarrollo que la Generalitat se propone impulsar y agilizar, debido al aumento de los fenómenos que producen dichas emergencias por lo que resulta necesario elaborar un nuevo decreto regulador del órgano y un procedimiento de concesión de ayudas que respondan a las peculiaridades de este nuevo contexto de la acción humanitaria.

Si bien otros instrumentos, como las subvenciones de concesión directa a través de convenios de colaboración, podrían permitir alcanzar parcialmente los objetivos que se persiguen con esta nueva normativa, el marco de la concurrencia competitiva se muestra como el instrumento más eficaz para facilitar el acceso equitativo de los diferentes agentes a las subvenciones, y para permitir que las intervenciones que se puedan financiar emanen desde las propias capacidades de los agentes valencianos y desde su voluntad de asociarse para trabajar conjuntamente, en colaboración con la Generalitat, para la atención rápida y eficaz en las emergencias humanitarias.

València, 26 de marzo de 2024.– El director general de Inclusión y Cooperación al Desarrollo: Pedro Carceller Icardo.

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