RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2024, de la Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental, por la cual se ordena la publicación del informe ambiental y territorial estratégico del Plan de movilidad urbana sostenible de Riba-roja de Túria. Expediente 060/2020-EAE. [2024/2264]
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De acuerdo con el artículo 53.7 del Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, que establece la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del informe ambiental y territorial estratégico, resuelvo:
Publicar en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el informe ambiental y territorial estratégico correspondiente al expediente 060/2020-EAE Riba-roja de Túria.
«Informe ambiental y territorial estratégico
Objeto: Plan de movilidad urbana sostenible de Riba-roja de Túria
Trámite: evaluación ambiental estratégica del plan
Promotor: Ayuntamiento de Riba-roja de Túria
Autoridad sustantiva: Ayuntamiento de Riba-roja de Túria
Ubicación: Riba-roja de Túria
Núm. expediente: 060/2020-EAE
La Comisión de Evaluación Ambiental, en sesión celebrada el 28 de octubre de 2021, adoptó el siguiente
Acuerdo:
Vista la propuesta de informe estratégico ambiental y territorial del Plan de movilidad urbana sostenible de Riba-roja de Túria, en los términos siguientes:
A. Cimientos por los que se somete el plan a la evaluación ambiental estratégica
La evaluación ambiental estratégica es el instrumento de prevención, establecido en la Directiva 2001/42/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio, para la integración de los aspectos ambientales en la toma de decisiones de planes y programas públicos. Esta directiva se incorpora a la legislación nacional española a través del Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunitat Valenciana (TRLOTUP).
La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, establece, en el artículo 6, qué planes y programas, así como sus modificaciones, están sometidos a evaluación ambiental estratégica, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la legislación de evaluación ambiental.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 46.3 de la TRLOTUP, el órgano ambiental determinará si un plan o programa debe someterse a una evaluación ambiental y territorial estratégica simplificada u ordinaria, en los casos previstos en el mismo y teniendo en cuenta los criterios establecidos en el anexo VIII del decreto legislativo, todo ello después de consultar a las administraciones públicas afectadas y de acuerdo con las fases de tramitación previstas en el artículo 50.
En este contexto, la evaluación ambiental estratégica se aplica a los planes de movilidad.
B. Documento inicial estratégico
B.1. Documentación aportada
En fecha 23 de septiembre de 2020 se recibió, en el Servicio de Evaluación Ambiental Estratégica, la solicitud del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria para iniciar el proceso de evaluación ambiental y territorial estratégica del Plan de movilidad urbana sostenible (PMUS) de Riba-roja de Túria, acompañado de su correspondiente documento inicial estratégico (DIE).
La documentación aportada es conforme con lo establecido en el artículo 52 del Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunitat Valenciana (TRLOTUP).
La documentación queda constituida por los siguientes documentos:
1. Borrador del plan de movilidad urbana sostenible
2. Documento inicial estratégico (DIE)
La Subdirección General de Evaluación Ambiental comunica la apertura del expediente (exp. 060/2020-EAE) el 6 de noviembre de 2020, y se requiere, al mismo tiempo, añadir parte de la documentación pendiente (Parte II. Plan de acción), la cual fue remitida por el Ayuntamiento el 23 de noviembre de 2020.
B.2. Información territorial
El municipio de Riba-roja de Túria se encuentra en la comarca de El Camp de Túria, ubicada, según la ETCV, en la segunda corona metropolitana de València. Ocupa una superficie total de 57,49 km² y 22.761 habitantes (INE, 2020) a una altitud de entre 100 y 250 m s. n. m.
El término municipal está atravesado por el curso del río Turia, hecho que origina una red irregular de calles, condicionada por el trazado del río. El casco urbano está atravesado por dos barrancos: les Monges i els Moros, que, junto con la antigua línea de ferrocarril, dividen el casco urbano en seis barrios. Además, existen varias urbanizaciones, 7 al norte del río y otras 5 en el margen sur, mientras que cuenta con 6,5 millones de m² de polígonos industriales, repartidos en 8 unidades, que albergan más de 150 empresas; uno de los polígonos se encuentra al este del casco urbano, mientras que el resto están situados al sur del municipio, junto a las autovías A-7 y A-3.
Limita al norte con Benaguasil, La Pobla de Vallbona y l'Eliana; al sur, con Loriguilla, Cheste, Chiva y Quart de Poblet; al este, con Paterna y Manises, y al oeste, con Vilamarxant, y se encuentra a unos 20 km de la ciudad de València.
El municipio está atravesado por la autovía del este (A-3) y la autovía A-7 en el sur. El casco urbano está comunicado con Vilamarxant y Manises por la carretera autonómica CV-370, mientras que la CV-374 lo une, hacia el sur, con Loriguilla, y la CV-372, hacia el norte, con La Pobla de Vallbona. La CV-336 comunica la población con l'Eliana y San Antonio de Benagéber.
En cuanto al transporte público, la línea 9 de Metrovalencia comunica con la ciudad de València, cuenta con tres paradas en el municipio y está complementada con un servicio de autobuses que conecta las pedanías con la población y la estación de Metrovalencia.
El ámbito de aplicación del Plan de movilidad urbana sostenible se desarrolla en todo el municipio de Riba-roja de Túria, incluyendo zona urbana, urbanizaciones, diseminados, polígonos industriales y áreas logísticas.
B.3. Planificación vigente
Según indica el PMUS, Riba-roja de Túria dispone, desde 199, de un plan general de ordenación urbana (PGOU) aprobado por la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia y tramitado según el Real decreto legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen territorial y urbanismo, con la siguiente clasificación:
Suelo urbano (SU). Consolidado por el edificio o dotado de servicios urbanos básicos, carreteras y aparcamientos, zonas verdes, dotaciones, etc.
Suelo urbanizable. Incluye las áreas en que el plan pretende apoyar al urbanismo.
Suelo urbanizable programado (SUP). El plan dicta la evolución de los planes parciales y su uso.
Suelo urbanizable en ejecución de planeamiento (SUEP). Está constituida por aquellos suelos que están en ejecución.
Suelo urbanizable no programado (SUNP). Establece las características que deben cumplir las actuaciones urbanísticas para que se pueda urbanizar.
Suelo no urbanizable (SNU). Se compone de aquellas zonas destinadas al medio rural. La normativa se aplica conforme a la Ley 4/1992, de la Generalitat Valenciana, y no se puede modificar durante el plan vigente.
El 9,68 % de la superficie es suelo urbano consolidado, del que el 7,17 % es de uso residencial, y el 2,21 % restante, industrial. Del suelo urbanizable (9,53 %), la mayor parte está en ejecución de su plan, el 2,24 % residencial y el 3,64 % industrial. El 79 % del municipio no es urbanizable, con 5.012 hectáreas.
Además, se han identificado los siguientes instrumentos y documentos de planificación que han sido aprobados y que tienen un carácter transversal:
Plan estratégico participado de Riba-roja de Túria (2017-2025).
Plan director del Parque del Barranc dels Moros.
Estrategia de desarrollo urbano sostenible e integrado (EDUSI) de Riba-roja de Túria.
Agenda 21 local de Riba-roja de Túria.
Relacionado con el PMUS, se han evaluado diferentes figuras de planificación, tanto a nivel supramunicipal como de desarrollo del plan general, que están relacionadas con la movilidad y deben ser consideradas en el presente procedimiento ambiental:
Plan de movilidad metropolitana de València (PMoMe)
El Plan de movilidad metropolitana sostenible del área de València (PMoMe) se engloba dentro de las tipologías de planes de movilidad previstas por la Ley 6/2011, como plan supramunicipal de ámbito metropolitano, con el objetivo de coordinar las políticas y actuaciones de movilidad en todos los municipios del área metropolitana de València.
A pesar de que ni el DIE ni el PMUS hacen referencia directa en este plan, hay que indicar que Riba-roja de Túria está incluido, por el PMoMe, en el corredor Horta Nord-Oest. El PMoMe plantea unos objetivos que, en su conjunto, se ven reflejados en el PMUS.
Plan de acción territorial de infraestructura verde y paisaje de la Comunitat Valenciana
Este plan se centra en la protección y puesta en valor del paisaje con un desarrollo urbano y socioeconómico sostenible del ámbito de actuación. Por su parte, uno de los objetivos del PMUS es hacer de Riba-roja de Túria un municipio más sostenible, integrando rutas paisajísticas peatonales y ciclistas que invitan al desarrollo de actividades y desplazamientos para el ocio, el deporte y el bienestar e integrar la infraestructura verde comarcal en el sistema de espacios públicos y parques del municipio con el compromiso de conservar y mejorar el patrimonio natural, que constituye una parte integral básica de Riba-roja de Túria y que ofrece un servicio no solo medioambiental, sino también social.
Estrategia territorial de la Comunitat Valenciana (ETCV)
El objetivo 19 de la ETCV busca satisfacer las demandas de movilidad en el territorio de una manera eficiente e inclusiva, consolidando un esquema de movilidad basado en el transporte público: la aplicación del Protocolo de Kioto en materia de reducción de gases de efecto invernadero o la promoción de los desplazamientos a pie y en bicicleta son algunos de los objetivos compartidos por la ETCV con el PMUS de Riba-roja de Túria.
Estrategia valenciana ante el cambio climático (EVCC)
El Plan de movilidad urbana sostenible de Riba-roja de Túria está estrechamente relacionado con la EVCC, puesto que todas las estrategias del PMUS están dirigidas al desplazamiento modal del vehículo privado a otras modalidades de desplazamiento más sostenibles, lo que implica una reducción significativa de los gases de efecto invernadero.
Agenda 2030 Comunitat Valenciana
La manera de conseguir ciudades más igualitarias y transformar la manera en que nos movemos se propone en el PMUS de Riba-roja de Túria por medio de la cohesión territorial y social de los diferentes barrios que conforman el municipio a través de una red de itinerarios peatonales accesibles y seguros que permitan a todos los usuarios disponer de dotaciones y equipamientos comerciales, espacios de ocio, centros de trabajo y cuidados del municipio, con la disminución, desde el contexto de movilidad, del riesgo de exclusión social, la segregación urbana y la degradación ambiental del municipio.
Otros planes de ámbito supramunicipal que pueden incidir en el PMUS son:
Estrategia de especialización inteligente en investigación e innovación (RIS3CV)
Programa operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Comunitat Valenciana 2014-2020.
Programa estratégico para la mejora de la movilidad, infraestructuras y transporte (UNEIX), actualmente en desarrollo.
Plan de acción territorial metropolitana de València (PATEVAL).
Plan de acción territorial para la planificación y dinamización de la Huerta de València (PATH).
Plan estratégico de desarrollo industrial (Riba-roja de Túria, Cheste y Loriguilla).
Plan director turístico territorial del Parque Natural del Turia.
Plan de gestión de recursos naturales (PORN) del Parque Natural del Turia.
Por todo lo anterior, el PMUS de Riba-roja de Túria no tendrá efectos negativos sobre los planes sectoriales y territoriales, puesto que integra los principales objetivos de las estrategias de planificación en el ámbito de la movilidad sostenible que están vigentes o en fase de aprobación.
B.4. Objeto de la propuesta del PMUS
Diagnóstico previo
Riba-roja de Túria ha experimentado una profunda transformación en las últimas décadas, a causa de la ampliación del área metropolitana de València, que generó un aumento de las urbanizaciones de segunda residencia, provocando desplazamientos poblacionales entre las localidades de la primera y segunda corona metropolitana; a ello se sumó, por la situación estratégica del municipio y las infraestructuras viarias, el desarrollo y la consolidación del parque logístico de València y otros polígonos industriales.
Los desplazamientos a las diferentes escuelas y otros equipamientos educativos y culturales generan gran parte del tráfico municipal.
En cuanto a la calidad del aire, se han usado datos de las estaciones de medición más próximas, que son Vilamarxant y Quart de Poblet. Ninguno de los valores de niveles de contaminantes indicados ha superado el límite de alerta.
En cuanto a la contaminación acústica, cabe destacar el elevado tráfico de la carretera Manises-Riba-roja-Vilamarxant y de la red viaria municipal, que provocan molestias acústicas en las zonas más próximas a los núcleos habitados. Riba-roja de Túria no dispone de un plan acústico municipal, pero sí una estación de medición acústica junto al auditorio municipal, en la que se registra un exceso de los niveles de ruido nocturno.
Actualmente, el consumo energético asociado a la movilidad se basa en vehículos con motores de combustión de energía fósil (más del 90 % del total de vehículos). La flota de Riba-roja ha ido aumentando en los últimos años, lo cual significa que el modelo actual genera un incremento de las emisiones.
Los principales problemas y retos detectados en el municipio son:
Alta dependencia del vehículo privado para desplazamientos diarios a centros de trabajo y estudio.
Transición tecnológica y eléctrica débil de la flota municipal de vehículos.
Fuertes intensidades de tráfico pesado.
Uso débil del transporte público y de la bicicleta como medio de transporte cotidiano.
Reducida intermodalidad y relación del coche privado con otros modos de transporte para la realización de viajes, internos y externos.
Regulación y gestión viaria adaptada a las necesidades de los polígonos industriales.
Objetivos del PMUS
El objetivo del PMUS de Riba-roja de Túria es definir las bases para que el municipio satisfaga las necesidades de movilidad de sus habitantes, reduciendo el impacto sobre el medio ambiente y el consumo energético, fomentando el paseo o la bicicleta para los desplazamientos internos y fomentando el uso del transporte público urbano e interurbano.
Han definido los siguientes objetivos a cumplir en los próximos diez años:
Regulación y control de accesos y aparcamientos en cascos urbanos.
Desarrollo y mejora de la oferta de los diferentes modos de transporte público.
Desarrollo de medidas para la integración institucional, tarifaria y física de los diferentes sistemas de transporte público y su intermodalidad.
Promoción de aparcamiento disuasión en estaciones o paradas en las afueras de las ciudades o en el área metropolitana.
Ordenación y explotación de la red viaria principal en relación con los diferentes modos de transporte.
Fomento de la movilidad a pie y en bicicleta, mediante la construcción y/o reserva de espacios y la eliminación de barreras arquitectónicas para peatones y bicicletas, en un entorno adecuado, seguro y agradable para los usuarios.
Regulación de la carga, descarga y distribución de mercancías en la ciudad.
Gestión de la movilidad en áreas industriales y logísticas.
B.5. Estudio de alternativas
Alternativa 0: Situación actual, sin planificación de la movilidad sostenible. En este caso, se mantendrá la tendencia al alza en el uso del vehículo privado, lo cual supone una alta dependencia de las fuentes de energía no renovables, que generan altas emisiones de CO2, que contribuyen significativamente al calentamiento global.
Alternativa 1: Preparación del PMUS. Tras la puesta en marcha del PMUS de Riba-roja de Túria, se conocerán los problemas específicos en materia de movilidad urbana, pudiendo definir un plan de acción para ayudar en la resolución de los problemas y necesidades identificadas y la consecución de los objetivos del PMUS, de acuerdo con las políticas generales de movilidad y sostenibilidad autonómica y nacional, y adaptado a la realidad municipal y local.
B.6. Propuestas del PMUS
El Plan de movilidad urbana sostenible de Riba-roja de Túria se estructura en seis fases:
1. Fase I: organización y arranque del proceso.
2. Fase II: prediagnóstico y objetivos generales.
3. Fase III: análisis y diagnóstico.
4. Fase IV: elaboración del plan.
5. Fase V: puesta en marcha e información pública.
6. Fase VI: seguimiento, evaluación y medidas correctoras.
El PMUS busca conseguir un sistema de movilidad que permita a la ciudadanía avanzar de forma sostenible, eficiente, segura e inclusiva, tomando como referencia la Guía práctica para el desarrollo e implementación de planes de movilidad urbana sostenible y el Plan estratégico participado Riba-roja de Túria (2017-2025), que establece, como objetivos principales, los siguientes:
Ámbito Código Objetivos
Movilidad de peatones 01 Priorizar la movilidad de los peatones
02 Promover la movilidad segura de la ciudadanía y, especialmente, de las mujeres
03 Resolver problemas de accesibilidad
04 Mejorar la conexión con urbanizaciones y polígonos industriales a través de vías ciclopeatonales
05 Promover la movilidad sostenible a los puestos de trabajo y de estudio
Movilidad ciclista 06 Ampliación de la red ciclista, especialmente en la zona industrial
07 Fomentar el uso de la bicicleta
Transporte público 08 Promover la intermodalidad
09 Mejorar el servicio de transporte público
10 Mejorar las infraestructuras de transporte público
Vehículo privado 11 Reducir la congestión de las carreteras
12 Promover el uso de aparcamientos disuasivos
13 Reducir la velocidad del vehículo privado en espacios urbanos
14 Mejorar la seguridad viaria
15 Incentivar la movilidad eco/o cero emisiones
Espacio público 16 Programa de regulación de acceso y control de aparcamientos en el centro
17 Regulación de la carga, descarga y distribución de mercancías en la ciudad
18 Recuperar parte del espacio urbano utilizado por el vehículo privado
19 Mejorar la calidad del espacio público
Calidad ambiental 20 Reducir las emisiones de aire
21 Reducir los niveles de ruido y vibraciones
22 Reducir el consumo energético y mejora de la eficiencia energética del transporte
Para lograr estos objetivos, definen las siguientes líneas estratégicas:
Línea estratégica I: movilidad activa. Facilitar los movimientos a pie y en bicicleta entre urbanizaciones, fomentar el uso de la bicicleta como medio de transporte diario y mejoras en la accesibilidad, conectividad y seguridad viaria de los itinerarios.
Línea estratégica II: transporte público. Facilitar su uso como medio de transporte hacia y desde las áreas de trabajo y de estudio, a los centros de atracción locales y en los horarios de mayor demanda de la población activa. Coordinación e intermodalidad de los servicios urbanos e interurbanos, así como con otras modalidades de transporte.
Línea estratégica III: aparcamiento. Gestionar el aparcamiento como elemento condicionante de la movilidad, para conseguir una disminución de la densidad de tráfico y una mejora de la calidad de los espacios públicos.
Estas líneas estratégicas se distribuyen en cuatro áreas de intervención según su mayor o menor relevancia o capacidad de cambio en el modelo de movilidad actual; esta clasificación por niveles se corresponde con una priorización de las estrategias en un determinado programa:
Áreas de intervención Estrategia
Estrategias instrumentales 1.1. Oficina municipal de movilidad sostenible
1.2. Plan director municipal de movilidad ciclista
Estrategias de estructuración 2.1. Red de itinerarios de peatones accesibles
Estrategias complementarias 3.1. Mejora del servicio de transporte público
3.2. Red de infraestructuras ciclistas
3.3. Aparcamientos de proximidad
3.4. Gestión integral del tráfico y seguridad viaria
3.5. Normativa de estacionamiento
3.6. E-mobility
3.7. Gestión de la carga y descarga de mercancías
Estrategias transversales 4.1. Formación y sensibilización
4.2. Movilidad al trabajo
4.3. Movilidad por estudio
4.4. Gestión inteligente de la movilidad
Para cada una de las estrategias se incluyen los objetivos perseguidos, las propuestas de actuación, el tiempo de ejecución, la inversión estimada y los costes de operación y mantenimiento. A continuación, se resumen las propuestas incluidas en cada una de las estrategias, con mayor detalle de las que se desarrollan en suelo no urbanizable:
1.1. Oficina municipal de movilidad sostenible: Creación de una entidad que gestione y coordine todos los aspectos relacionados con la movilidad del municipio.
1.2. Plan director municipal de movilidad ciclista: que promueva una política integral de movilidad. Entre las medidas a implementar se encuentran:
Campaña de promoción del uso de la bicicleta.
Formación para el uso seguro de la bicicleta.
Otras iniciativas (red de ciudades por la bicicleta, acuerdos con empresas, ventajas fiscales).
2.1. Red de vías accesibles peatonales
Definición de ejes preferentes de peatones dentro del casco urbano.
Itinerario de peatones a la estación de metro de El Clot, con dos alternativas: 1) Construcción de una vía ciclopeatonal en el margen de la CV-336, o 2) ejecución de una pasarela que cruce el barranco del Mandor desde la calle Logroño hasta la estación de metro. Esta actuación supondría la ampliación del margen de la ctra. CV-336 en el primer caso, y la creación de infraestructuras dentro de suelo no urbanizable protegido y zona con riesgo de inundación.
Acciones complementarias:
Potenciación de rutas ciclopeatonales con el exterior del municipio. Creación de un carril ciclopeatonal entre Riba-roja y otras localidades de la comarca, como Vilamarxant o Llíria.
Eliminar los obstáculos presentes entre los barrancos y el Parque Natural del Turia conectando y adaptando sus accesos.
3.1. Mejora del servicio de transporte público. Ampliación de la red de transporte público, modernizar las infraestructuras, mejoras en la seguridad, cambio de mobiliario urbano etc.
3.2. Red de infraestructuras ciclistas
Ampliación de la red de itinerarios ciclistas: Para dar continuidad a los ejes existentes y conectar los núcleos poblacionales del municipio.
Conexión ciclista con el exterior del municipio. Está previsto crear una carretera ciclopeatonal que unirá Vilamarxant, Riba-roja de Túria y Benaguasil, que conectará Vilamarxant, el carril bici con origen en Benaguasil, la pista que discurre por el Parque Natural del Río Turia, y todas las sendas del Paraje Natural Municipal de Les Rodanes.
Anillo verde comarcal. Ofrece una red de rutas ciclistas que unen las poblaciones de la comarca de El Camp de Túria. En Riba-roja se plantea la conexión con Loriguilla a través de la vía pecuaria y caminos rurales, y, con el norte, por la CV-372 y los caminos que discurren por la zona.
3.3. Aparcamientos de proximidad. Aumento del número de plazas en el aparcamiento de la avenida Pacadar Valenciana, que será objeto de estudio para llegar a las 500 plazas.
3.4. Gestión integrada del tráfico y seguridad viaria, con la eliminación del punto negro de la CV-370, que es el único punto negro de la red de la Diputación.
3.5. Regulación del aparcamiento, con el establecimiento de una nueva ordenanza reguladora del aparcamiento (ORA) y medidas de control y vigilancia.
3.6. E-mobility. Ayudas para la adquisición de vehículos eléctricos, establecimiento de una red de puntos de recarga, renovación de la flota de vehículos de uso público, aparcamientos gratuitos para vehículos eléctricos y fomento de la participación ciudadana.
3.7. Gestión de carga y descarga de mercancías, juntando el número uno, ubicación de zonas de carga y descarga, promoción de uso de vehículos ecológicos, uso de bicicleta o cargo-bike, creación de una microplataforma de distribución, aplicación para smartphone y programas de concienciación.
4.1. Formación y concienciación. Campaña de comunicación, formación y sensibilización y talleres participativos.
4.2. Movilidad al trabajo, con la implantación de planes de transporte al trabajo, fomento del coche compartido, eliminación de plazas de aparcamiento, jornadas de trabajo concentradas y horarios flexibles
4.3. Movilidad por estudios, con la incorporación de nuevas tecnologías, campañas de promoción, participación de colectivos escolares y mejora del confort urbano cerca de los centros educativos.
4.4. Gestión inteligente de la movilidad. Con la puesta en marcha de tecnologías para establecer una ciudad inteligente o smart city.
C. Posibles efectos sobre el medio ambiente
El apartado 6 del DIE presenta el escenario previsto tras los diez años de vida del PMUS, en el que se estima que el ahorro energético se sitúa entre el 10 y el 15 %, y una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) del mismo orden de magnitud, favoreciendo el uso de modos de transporte más sostenibles (andar, ir en bicicleta, transporte público y vehículos eléctricos).
El PMUS indica, en su apartado 4, que, en los próximos ocho años, se espera un ahorro del 14,2 % de las emisiones de gases de efecto invernadero, con un ahorro de 15,9 millones de litros de combustibles fósiles.
Los ámbitos en los que interviene el PMUS son la movilidad de peatones, la movilidad ciclista, el transporte público, el vehículo privado, la gestión de aparcamientos, el transporte de mercancías, la gestión de la movilidad, el parque móvil, el urbanismo y la participación ciudadana.
El apartado 7 del DIE describe brevemente la armonización del PMUS con la Estrategia española de movilidad sostenible (EEMS), el Plan de acción territorial de infraestructura verde y paisaje de la Comunitat Valenciana, la ETCV, la Estrategia valenciana para el cambio climático (EVCC) y la Agenda 2030.
La puesta en marcha del plan de movilidad mejorará la convivencia y la seguridad y tiene como objetivo promover el uso de alternativas más saludables y, por lo tanto, un aumento de la calidad de vida.
D. Consultas realizadas
Por parte de la dirección general con competencia en evaluación ambiental, según el artículo 53.1 del TRLOTUP, se ha sometido a consulta, en su condición de administraciones públicas afectadas, a:
Administración consultada Consulta Informe
Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad
Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad Sostenible
Subdirección General de Movilidad
Servicio de Movilidad Urbana 27.11.2020 15.03.2021
Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad
Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad Sostenible
Subdirección General de Movilidad
Servicio de Planificación 02.12.2020 22.07.2021
Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad
Dirección General de Política Territorial y Paisaje
Servicio de Gestión Territorial
Servicio de Infraestructura Verde y Paisaje 02.12.2020 09.04.2021
13.04.2021
Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica
Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental
Subdirección General del Medio Natural
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal
Forestal
Vías Pecuarias
Servicio de Gestión de Espacios Naturales Protegidos
Servicio de Vida Silvestre 02.12.2020 28.10.2021
09.06.2021
10.06.2021
Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) 02.12.2020 11.03.2021
ADIF 02.12.2020 18.12.2020
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Demarcación de Carreteras de la Comunitat Valenciana 02.12.2020 30.12.2020
Diputación de Valencia
Área Carreteras 02.12.2020 18.01.2021
Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica
Subdirección General del Cambio Climático y Calidad Ambiental
Servicio de Lucha contra el Cambio Climático y Protección de la Atmósfera 02.12.2020 09.12.2020
Ayuntamiento de Loriguilla 02.12.2020
Ayuntamiento de l'Eliana 02.12.2020
Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona 02.12.2020
Ayuntamiento de Vilamarxant 02.12.2020
Ayuntamiento de Manises 02.12.2020 19.01.2021
Ayuntamiento de Cheste 02.12.2020
Ayuntamiento de Chiva 02.12.2020
Ayuntamiento de Quart de Poblet 02.12.2020
Ayuntamiento de Llíria 02.12.2020
Ayuntamiento de Benaguasil 02.12.2020
Nota: los informes recibidos se publicarán, junto con el Informe ambiental y territorial estratégico, en la página web https://mediambient.gva.es/va/web/evaluacion-ambiental/seguiment-d-expedients-d-avaluacio-ambiental-estrategica
(apartado -Seguimiento de expedientes de evaluación ambiental estratégica- Selección de provincia, municipio y el plan correspondiente)
(Se accede al enlace indicado en la página web de la conselleria con competencias en materia medioambiental; en el área: Evaluación ambiental: Tramitación telemática y seguimiento de expedientes de planes y proyectos, opción -Seguimiento de expedientes de evaluación ambiental estratégica-).
E. Identificación y valoración de los posibles efectos sobre el medio ambiente
Conceptualmente, los planes de movilidad urbana sostenible son el instrumento adecuado para dar respuesta a las necesidades de movilidad de personas y mercancías en el entorno urbano y reducir el impacto negativo del sistema de transporte en la economía, la sociedad y el medio ambiente. Esta movilidad sostenible también debe tener como objetivo la accesibilidad universal, es decir, facilitar el acceso de la población a bienes, servicios y puestos de trabajo.
La consecución de estos objetivos generales se lleva a cabo, fundamentalmente, en dos ámbitos:
Un nuevo equilibrio de modos de transporte, apostando, fundamentalmente, por aquellos con mayor eficiencia ambiental y social: transporte público versus transporte privado y modos de transporte no motorizados. El logro de este objetivo requiere tanto medidas de incentivo hacia nuevas modalidades de transporte como medidas disuasivas. Para ello, se debe actuar en aspectos estructurales (infraestructuras necesarias), como de regulación urbanística (tipología de edificación, relación espacio público/privado, normas de estacionamiento para diferentes modalidades de transporte).
Planificación urbana y modelo de ciudad, reduciendo la necesidad de movilidad urbana tanto en necesidad como en duración de los desplazamientos.
Desde el punto de vista medioambiental, el PMUS debe contribuir a un uso racional del suelo para satisfacer las demandas de movilidad, al cambio modal priorizando las modalidades más sostenibles, la reducción de la necesidad de desplazamientos, tanto en número como en distancia, que favorezca la adquisición de hábitos saludables (andar y moverse en bicicleta), que contribuya, a la vez, a la reducción de emisiones originadas por el sector del transporte como son las referidas a las emisiones de gases de efecto invernadero (CO2), las emisiones de contaminantes que perjudican la calidad de vida de los ciudadanos (entre otros, dióxido de nitrógeno NO2, compuestos orgánicos volátiles COV, carbono, dióxido de azufre SO2, partículas PM) y emisiones acústicas del tráfico.
En este sentido se expresa el artículo 10.2 de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de movilidad de la Comunitat Valenciana, cuando se indica que «2. La definición de parámetros y objetivos señalados en el punto anterior se acompañará de los indicadores que se estimen pertinentes en relación con el volumen total de desplazamientos y su reparto modal, y los niveles asociados de consumos energéticos, ocupación del espacio público, ruido y emisiones atmosféricas, y se particularizarán las de efecto invernadero. La evolución de estos últimos parámetros tenderá a su reducción progresiva de acuerdo con los ritmos y los límites que reglamentariamente se establezcan en relación con el desarrollo de las políticas energéticas y ambientales».
El PMUS de Riba-roja de Túria se ajusta a lo que, en materia de competencias administrativas, establece el artículo 3.2 de la Ley 6/2011, de movilidad de la Comunitat Valenciana, de forma que la evaluación ambiental estratégica se llevará a cabo sobre aquellas propuestas que sean de competencia municipal.
De los informes recibidos se observan las siguientes consideraciones, tanto legales como ambientales, que pasamos a describir:
Planificación
El Servicio de Planificación de la DG de Obras Públicas emite informe favorable el 21 de julio de 2021, a pesar de que indica que, en especial las estrategias 4.4. Gestión inteligente de la movilidad y 3.1. Mejora del servicio de transporte público del PMUS, deberán seguir las directrices incluidas en el Plan de movilidad metropolitano sostenible del área de València (PMoMe).
Movilidad urbana
El informe de 15 de marzo de 2021, del Servicio de Movilidad Urbana de la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad Sostenible, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad Sostenible, emite un informe favorable al Plan de movilidad urbana sostenible de Riba-roja de Túria, condicionado a que se tengan en cuenta las observaciones y correcciones señaladas en dicho informe.
El PMUS modificado deberá remitirse al Servicio de Movilidad Urbana para la emisión del informe previo a la aprobación, de acuerdo con las determinaciones de la Ley 6/2011.
Cabe señalar que las actuaciones de la estación de cercanías de ADIF en el polígono industrial y la reubicación de la estación de Metrovalencia en la línea 9 del casco urbano quedarían fuera del alcance del PMUS.
Riesgo de inundación (PATRICOVA)
El informe de 9 de abril de 2021, del Servicio de Gestión Territorial de la Dirección General de Política Territorial y Paisaje, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, indica que el Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Riba-roja de Túria (València) se encuentra afectado por peligrosidad de inundación, pese a que la cartografía ofrecida no localiza en detalle las actuaciones concretas. Sin embargo, es compatible, siempre que se cumplan las condiciones expuestas, según las determinaciones normativas del Plan de acción territorial de carácter sectorial sobre prevención de riesgo de inundación de la Comunitat Valenciana, en concreto en el artículo 21.
Tal y como menciona el informe, desde el punto de vista de la vulnerabilidad, las actuaciones previstas en el plan de movilidad que puedan verse afectadas por la inundabilidad serán aquellas que suponen la construcción de vías ciclistas y peatonales, de nuevos trazados de vías ciclistas, la mejora del diseño urbano mediante su reordenación o los proyectos de conversión en zonas preferentemente peatonales. Estos tipos de actuaciones serán infraestructuras a las que le será aplicable el artículo 21 de la Normativa del PATRICOVA, en el que se establece que cualquier elemento superficial que se sitúe en una zona inundable a una cota superior a 30 cm no debe provocar un incremento del riesgo de inundación en los usos urbanos actuales o planificados. En este sentido, las actuaciones que suponen una modificación de la rasante actual del viario superior a 30 cm, será motivo de evaluación los proyectos y planes que se desarrollen con motivo de la aprobación del plan de movilidad. Estos proyectos y planes serán objeto de informe por el departamento competente en materia de inundabilidad, previamente a la aprobación definitiva de estos.
El PMUS deberá hacer referencia a la afección de la cartografía del Sistema Nacional de Cartografía de zonas inundables (SNCZI) del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Infraestructura verde y paisaje
El informe de 13 de abril de 2021, del Servicio de Infraestructura Verde y Paisaje indica que hay que incorporar al PMUS un capítulo dedicado a la infraestructura verde, que incluya:
Un análisis de la infraestructura verde. El elemento principal es el lecho del río Turia, incluyéndose por eso el Parque Natural del Turia en el PMUS.
Indicación de espacios y recorridos de actuación adecuados para la incorporación a la infraestructura verde municipal, tanto para el mantenimiento de la estructura y funcionalidad, como para servir de conexión e integración paisajística de los espacios urbanos con los elementos de la infraestructura verde situados en el exterior de los tejidos urbanos.
Medidas para corregir los efectos negativos generados por las propuestas planteadas. Se deberá garantizar que las propuestas y alternativas cumplan las determinaciones establecidas en la Estrategia territorial de la Comunitat Valenciana (ETCV), en concreto en su directriz 118, que establece los principios directores en materia de infraestructuras de movilidad.
Control de los elementos con incidencia en la calidad del paisaje urbano, garantizando, con el diseño de los espacios públicos y el viario, la funcionalidad de la infraestructura verde. Para ello, se incorporará cuanta documentación gráfica y escrita se considere oportuna.
Ferrocarrils
Según el informe recibido el 11 de marzo de 2021, de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV), el PMUS no provoca afecciones sobre el patrimonio de FGV ni sobre las limitaciones de uso del suelo que vienen establecidas y definidas en la Ley 6/2011. No obstante, en relación con la Estrategia 3.1. «Mejora del servicio de transporte público. Ampliación de la red de transporte público», indica que la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad ha licitado el contrato que tiene por objeto la «Redacción del estudio de viabilidad de prolongación de la línea de metro en Riba-roja de Túria» y que actualmente se encuentra en fase de evaluación de ofertas.
Por otro lado, el informe de ADIF de 18 de diciembre de 2020 indica que no se observa ningún incumplimiento de la legislación sectorial vigente.
Carreteras
Al informe recibido el 30 de diciembre de 2020, de la Demarcación de carreteras en la Comunitat Valenciana del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se incluyen las siguientes consideraciones:
Las intersecciones de la CV-370 con la A-7 están incluidas en el proyecto 17-V-7060 «Mejoras funcionales y de seguridad viaria y medidas de integración ambiental en la A-7». Se construirán dos glorietas para sustituir las intersecciones existentes.
Se está redactando el proyecto 33-V-7500 «Mejora local. Ampliación de carril y plataforma desde la A-3 hasta la A-7 (baipás), p. k. 337 a 340, rama de salida A-3 al margen derecho. Provincia de Valencia», que aumentará la capacidad de la vía colectora que permite el acceso al A-7 y la CV-374.
No está previsto un nuevo acceso a la A-7 y la A-3.
Por su parte, el informe recibido el 18 de enero de 2021, del Área de Carreteras de la Diputación de Valencia, indica, en relación con la participación ciudadana, que se podría replantear si la identificación de problemas y soluciones propuestas es coherente o se puede llevar a cabo un nuevo proceso de participación que pueda aclarar las conclusiones expuestas en el PMUS. Además, considera que:
Se debe revisar el inventario de los carriles bici para recoger completamente la red ciclista existente.
Sobre la Estrategia 3.1 Mejora del servicio de transporte público. La incorporación de marquesinas y bancos a las paradas de autobús interurbano se debe complementar con la adecuación de la parada para evitar que el autobús suponga un riesgo para el tráfico y la generación de itinerarios peatonales entre la parada y los destinos de los viajeros. La generación de una nueva parada ferroviaria a la altura de la rotonda del polígono Mas de Baló debe ir acompañada de la generación de un recorrido peatonal entre la futura parada y el polígono industrial.
Sobre la Estrategia 3.2 Red de infraestructuras ciclistas. En cuanto a la creación de una red ciclista, su implantación se propone más como recurso turístico que como solución a la movilidad del municipio, vinculándola con el Parque Fluvial del Turia. Por otro lado, hay cierta incoherencia entre la documentación gráfica y la escrita en cuanto al trazado de esta red, ya sea aprovechando los caminos rurales o ligándola a las carreteras. En este sentido, es importante tener en cuenta el aumento de la ocupación del suelo de incrementar la sección transversal de las carreteras y las limitaciones de ligar un carril bici de 3 m. de ancho (doble sentido) a una carretera existente. Una posible solución para la conexión ciclista entre Riba-roja de Túria y Vilamarxant sería el uso de la vía ferroviaria que proporcionaría un itinerario con pendientes muy limitadas y sin grandes condiciones entremedias.
Sobre la Estrategia 3.4 Gestión integral del tráfico. En cuanto a la eliminación del punto negro situado en la intersección de la CV-370 con la A-7, indican que las obras han sido licitadas y que, por lo tanto, no es de interés incluirla como medida a tomar por el plan, independientemente de si la medida excede las competencias municipales y no es una cuestión para resolver por el PMUS.
Cambio climático y calidad del aire
En el informe recibido el 9 de diciembre de 2020, del Servicio de Lucha contra el Cambio Climático y Protección de la Atmósfera, de la Subdirección General del Cambio Climático y Calidad Ambiental, se indican las medidas que deben tenerse en cuenta en relación con la calidad del aire.
En cuanto a la calidad ambiental, destaca que el desarrollo del PMUS contribuirá a reducir el tráfico terrestre en la zona y, por lo tanto, a la emisión de dióxido de nitrógeno. Sin embargo, subraya que el PMUS debe ser coherente con la normativa medioambiental.
Espacios naturales
Parte de las actuaciones previstas, en concreto las conexiones de las vías ciclopeatonales con el Parque Fluvial del Turia, se ubican en el área de protección del Plan de ordenación de recursos naturales del Parque Natural del Turia, a pesar de que son actividades permitidas (usos y actuaciones en relación con el uso público).
El informe del director-conservador del Parque Natural del Turia, de 10 de junio de 2021, indica que el DIE deberá valorar aspectos incluidos en el PORN relacionados con la movilidad con bicicletas, como las normas de convivencia entre senderistas y bicicletas, respecto a la velocidad para bicicletas, prohibición de competiciones de velocidad, convivencia entre bicicletas y caballos y vigilancia de las limitaciones, así como una propuesta de itinerarios alternativos para bicicletas.
Forestal y vías pecuarias
El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valencia, en su informe de 28 de octubre de 2021, emite un informe favorable. Los itinerarios propuestos circulan en parte por suelo forestal, a pesar de que, por la naturaleza de las actuaciones, no presenta ningún tipo de afección.
En cuanto a las vías pecuarias, la Sección Forestal de la Dirección Territorial emite informe favorable el 9 de junio de 2021, dado que se trata de una actividad compatible con su uso ganadero, y detalla que las vías pecuarias presentes en el término municipal no están referenciadas en la documentación aportada y deberían incluirse.
Otras consideraciones
El informe del 19 de enero de 2021, del Ayuntamiento de Manises, indica que el PMUS de Riba-roja de Túria no afecta al municipio de Manises, a pesar de que resalta algunas consideraciones: Por un lado, existen dos zonas conurbadas entre ambos municipios (urbanización La Presa y Parque Logístico Valenciano), donde se comparten la CV-370 y la línea 9 de Metrovalencia.
La estrategia 3.4 implica reducir los accidentes en el punto negro existente en la CV-370. Recuerda que, para eliminar el punto negro, la Diputación de Valencia propone la construcción de dos rotondas que permitirán reordenar el tráfico y la seguridad de los conductores. Estas actuaciones se llevarán a cabo en el término municipal de Manises y el proyecto denominado «Mejora de la seguridad viaria en los cruces de la carretera CV-370 de Manises a Pedralba. Tramo entre pk 5+500 y 6+500 en el TM de Manises» fue aprobado definitivamente por la Diputación de Valencia por Decreto de Presidencia de 30 de mayo de 2019.
Las estrategias complementarias de mejora del servicio de transporte público (estrategia 3.1-ampliación de la red de transporte público) y red de infraestructuras ciclistas (estrategia 3.2-ampliación de la red de itinerarios ciclistas, conexión ciclista con el exterior del municipio y anilla verde comarcal) pueden beneficiarse en el municipio de Manises, por lo que sería recomendable que se implementen de manera consensuada entre los dos municipios y se incorporen al documento en redacción del Ayuntamiento de Manises.
F. Valoración ambiental de acuerdo con los criterios del anexo VIII del TRLOTUP
De acuerdo con lo que establece el artículo 46.3 del TRLOTUP, el órgano ambiental y territorial determinará, teniendo en cuenta los criterios del anexo VIII, la sumisión al procedimiento ordinario o simplificado de evaluación ambiental y territorial, en función de la certeza en la determinación de la existencia de efectos significativos sobre el medio ambiente, previa consulta a las administraciones públicas a que se refieren los artículos 48.d y 53 del TRLOTUP.
F.1. Por las características del plan
El Plan de movilidad urbana sostenible, de acuerdo con la definición establecida en los artículos 9 y 10 de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de movilidad de la Comunitat Valenciana, así como los artículos 14 y siguientes del TRLOTUP, no podemos considerarlo como un instrumento urbanístico propio de la planificación territorial o urbanística y, por lo tanto, no presenta ninguna incidencia sobre el modelo territorial ya aprobado.
En el ámbito territorial del PMUS analizado, se prevé desarrollar otros planes supramunicipales, por lo que se debe conseguir la coordinación e integración entre carriles bici de los municipios vecinos y para su integración en esta red ciclista comarcal.
Así mismo, Riba-roja de Túria forma parte de la lista de municipios de la segunda corona metropolitana a que se refiere el Plan básico de movilidad del área metropolitana de Valencia, aprobado por Resolución de 29 de noviembre de 2018 por el director general de Obras Públicas, Transportes y Movilidad, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 13 de diciembre de 2018 y accesible en la web
https://politicaterritorial.gva.es.
F.2. Por las características de los efectos y del área probablemente afectada
No se esperan efectos sobre la cobertura forestal, las áreas protegidas o los lugares de la Red Natura 2000, ni afecciones sobre las vías pecuarias o elementos del patrimonio cultural.
El PMUS propone indicadores para el seguimiento del plan, individualizados para cada una de las estrategias; en el apartado 5 del Plan de acción del PMUS se hace una comparación entre el valor actual de los indicadores propuestos frente a la previsión deseada una vez implementado el plan.
Sin embargo, esta propuesta de indicadores de seguimiento no incluye suficientes indicadores de carácter ambiental, tal como se expresa en el artículo 10.2 de la Ley de movilidad, que indica que los planes incorporarán no solo los indicadores en relación con el volumen total de desplazamientos, su distribución modal u ocupación del espacio público, sino también los niveles asociados al consumo energético, el ruido y las emisiones atmosféricas (en particular las del efecto invernadero) con los ritmos y límites que establece la normativa en el desarrollo de políticas energéticas y ambientales.
En general, para todos los indicadores, tanto los ya definidos como los de carácter ambiental, se debe especificar el valor inicial (cuantitativamente, no meramente cualitativa) y cuantificar el objetivo a lograr. Por lo tanto, dado que el estudio de algunos de ellos se incluye en el DIE, deberán concretarse tanto el valor inicial como el valor objetivo a lograr, así como la metodología de cálculo propuesta, al menos para los siguientes indicadores ambientales:
Uso de vehículos menos contaminantes (evaluación de GEI CO2/año Mt).
Emisiones de GEI del sector del transporte (vinculadas a las anteriores).
Consumo energético total por parte del sector del transporte (toneladas de petróleo equivalentes).
Aparcamiento pesado en las afueras (se evalúa el número de vehículos pesados/año).
Disminución del nivel acústico logrado en dB (que evalúa el nivel sonoro de recepción externa (dB) producido por el tráfico en diferentes ubicaciones municipales que son representativas del modelo de movilidad propuesto.
Cualquier otro indicador que, para cada propuesta, evalúe un valor adecuado para el cumplimiento efectivo que no se supere el límite en función del ahorro energético, la reducción de emisiones de GEI, la reducción de contaminantes o la reducción de ruido.
En cuanto a los condicionados sobre las carreteras, habrá que tener en cuenta las indicaciones del informe de 30 de diciembre de 2020, de la Demarcación de Carreteras del MITMA, así como del informe de 18 de enero de 2021, del Área de Carreteras de la Diputación de Valencia, en especial el que hace referencia a la estrategia 3.4., que queda fuera del alcance del PMUS de Riba-roja de Túria al encontrarse dentro del t. m. de Manises.
No quedan evaluadas en el presente informe ambiental y territorial los nuevos trazados sobre suelo no urbanizable que tengan que ser objeto de evaluación ambiental de proyecto si se encuentran dentro de los supuestos previstos en la legislación vigente de evaluación ambiental (Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; Ley 2/1989, de impacto ambiental de la Comunitat Valenciana; y Decreto 162/90, de ordenación del desarrollo, de la Ley 2/89).
Teniendo en cuenta todo lo anterior y analizadas las propuestas del PMUS de Riba-roja de Túria, se entiende que, en su conjunto, estas propuestas:
1. Contribuyen a un mejor uso racional del espacio público y a las necesidades sociales y económicas del municipio.
2. Promueven el cambio modal hacia los modos de transporte más sostenibles: Andar e ir en bicicleta, con la consiguiente reducción del consumo energético.
3. Desaconseja el uso del vehículo privado a favor del público y/o colectivo.
4. Favorece, a largo plazo, la reducción de los impactos asociados a los modos motorizados: emisiones contaminantes, gases de efecto invernadero y emisiones acústicas.
5. Promueve la descarbonización del sistema de transporte del municipio.
A la vista de la documentación presentada, de acuerdo con los criterios del anexo VIII del Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunitat Valenciana (TRLOTUP), se considera que el Plan de movilidad urbana sostenible de Riba-roja de Túria no afecta zonas protegidas o forestales y sus propuestas se limitan en general a suelo urbano y urbanizable. En cuanto a las actuaciones en suelo no urbanizable, discurren por vías o caminos ya existentes donde el uso propuesto está permitido. En el caso de propuestas de ejecución en suelo no urbanizable que suponen reclasificación de suelo o que suponen un uso no permitido, estas no serán objeto de evaluación en este PMUS, dado que el ayuntamiento no es competente en aprobar modificaciones en suelo no urbanizable.
Así, analizada la documentación presentada y su objeto, los informes sectoriales emitidos, revisada la cartografía existente en el Sistema de información territorial de esta conselleria, se puede determinar, respecto al Plan de movilidad urbana sostenible de Riba-roja de Túria, que el procedimiento de evaluación simplificado es suficiente para determinar que la modificación no presenta efectos significativos sobre el medio ambiente.
G. Propuesta de acuerdo
Conforme a lo establecido en el artículo 53.2.b del TRLOTUP, de acuerdo con lo que se ha expuesto, se resuelve:
Emitir informe ambiental y territorial estratégico favorable en el procedimiento simplificado de evaluación ambiental y territorial estratégica del Plan de movilidad urbana sostenible de Riba-roja de Túria, de acuerdo con los criterios del anexo VIII del TRLOTUP, por no tener efectos negativos significativos sobre el medio ambiente, y corresponde continuar la tramitación de esta modificación de acuerdo con su normativa sectorial, siempre que se ajuste a lo descrito en la documentación presentada, con el cumplimiento de las siguientes determinaciones:
1. El PMUS se completará con lo que indica el Servicio de Movilidad Urbana de la Subdirección General de Movilidad en su informe de fecha 25 de enero de 2021 y se solicitará un nuevo informe que incluya, en su caso, las determinaciones indicadas como paso previo a la aprobación definitiva.
2. El PMUS debe contener un capítulo sobre infraestructura verde con los contenidos descritos en el informe emitido por el Servicio de Infraestructura Verde y Paisaje, de 13 de abril de 2021.
3. El PMUS incorporará las cuestiones planteadas por el informe del Servicio de Ordenación del Territorio, de 9 de abril de 2021, así como las consideraciones del informe del Parque Natural del Turia de 10 de junio de 2021.
4. Se valorarán y, en su caso, se atenderán las indicaciones del informe del Área de Carreteras de la Diputación de Valencia.
5. Se tendrán que referenciar las vías pecuarias, de acuerdo con el informe de la Sección Forestal.
6. Habrá que aportar la ubicación propuesta para instalar la micro plataforma de distribución logística. En caso de ubicarse en suelo que suponga una alteración en el planeamiento urbanístico, no será objeto de esta evaluación y tendrá que analizarse según la normativa vigente.
7. El PMUS incluirá que los proyectos de ejecución derivados del PMUS cumplirán las condiciones establecidas en el artículo 21, condiciones generales de adaptación de las infraestructuras, de la Normativa del Decreto 201/2015, de 29 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Plan de acción territorial sobre prevención de riesgos de inundación en la Comunitat Valenciana.
8. A las estrategias del PMUS: 4.4. Gestión inteligente de la movilidad y 3.1. Mejora del servicio de transporte público tendrán que seguir las directrices marcadas en el Plan de movilidad metropolitano sostenible del área de València (PMoMe).
Según establece el artículo 53.7 del TRLOTUP, el informe ambiental y territorial estratégico perderá su validez y cesará en la producción de los efectos que sean propios si, una vez publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, no se ha procedido a la aprobación del «Plan de movilidad urbana sostenible de Riba-roja de Túria» en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación. En este caso, el promotor deberá volver a iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación ambiental y territorial estratégica simplificada de la propuesta.
Órgano competente
La Comisión de Evaluación Ambiental es el órgano competente para emitir el informe ambiental y territorial estratégico a que hace referencia el artículo 53.2.b del Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, en conformidad con lo que dispone el artículo 3.2 del Decreto 230/2015, de 4 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento del órgano ambiental de la Generalitat a efectos de evaluación ambiental estratégica (planos y programas).
Por lo tanto, la Comisión de Evaluación Ambiental acuerda emitir un informe ambiental y territorial estratégico favorable en el procedimiento simplificado de evaluación ambiental y territorial estratégica del Plan de movilidad urbana sostenible Riba-roja de Túria, con el cumplimiento de las determinaciones que se incluyen en dicho informe.
Notificar a los interesados que, contra esta resolución, al no ser un acto definitivo en vía administrativa, no cabe recurso alguno; lo cual no es inconveniente para que se puedan utilizar los medios de defensa que en su derecho consideren pertinentes.
Lo que le notifico para su conocimiento y al efecto oportuno.
Lo que se certifica con anterioridad a la aprobación del acta correspondiente y a reserva de los términos exactos que se derivan, en conformidad con lo que dispone el artículo 18.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
València, 9 de noviembre de 2021. El secretario de la Comisión de Evaluación Ambiental: José del Valle Arocas».
València, 20 de febrero de 2024. El director general de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental Miguel Ángel Ivorra Devesa.