Anuncio de la Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la presidenta del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables en el marco del programa «Bono social térmico» del ejercicio 2020. [2024/1296]

El Real decreto ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, creó un programa de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, denominado «Bono social térmico».

La ayuda se concibió con el objeto de paliar los gastos necesarios para garantizar el suministro de energía para usos térmicos y el apoyo a actuaciones de ahorro o mejoras de la eficiencia energética a los consumidores vulnerables, en concreto aquellos que hubieran sido beneficiarios del bono social de electricidad a 31 de diciembre del año anterior.

Habida cuenta que por diversas vicisitudes las ayudas correspondientes al ejercicio 2020 no pudieron ser tramitadas, con fecha 21 de diciembre de 2023 se ha publicado el Decreto 217/2023, de 14 de diciembre, del Consell, por el que se establecen las bases reguladoras del programa de ayudas económicas a las personas consumidoras beneficiarias del bono social térmico para 2020 y de esta forma proceder al abono de las cantidades correspondientes a dicho ejercicio.

Tal como viene reconocido en la disposición transitoria primera del Decreto ley 13/ 2023, de 5 de diciembre, del Consell, por el que se regulan la comunicación de información a la Generalitat por las empresas comercializadoras de referencia para la gestión del bono social térmico y otras medidas relacionadas de carácter social, será el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) la entidad de la Generalitat competente para la gestión y pago del bono social térmico desde el ejercicio 2020 y mientras no se asigne a otra conselleria o entidad. En este sentido, se da publicidad a la Resolución de 28 de diciembre de 2023, dictada por la presidenta del IVACE, y a su corrección de errores de fecha 18 de enero de 2024, por la que se conceden, por la cantidad máxima de 9.272.862,64 euros, las ayudas del bono social térmico del ejercicio 2020 a las personas que a fecha 31 de diciembre de 2019 tenían la condición de beneficiarias del bono social de electricidad según la información facilitada por las comercializadoras, de acuerdo con lo previsto en Decreto Ley 13/ 2023, de 5 de diciembre, del Consell.

A través del siguiente enlace: http://tinyurl.com/yrfsqwwy, todas aquellas personas que consideren que pueden ser beneficiarias podrán consultar si lo son y el importe correspondiente.

Las personas beneficiarias podrán renunciar al cobro de la subvención hasta la fecha límite 15 mayo de 2024, comunicando su decisión a través de alguno de los siguientes medios:

– Correo electrónico, enviando anexada la documentación a la dirección bonosocialtermico.ivace@ivace.gva.es,

– Carta dirigida al Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), Ciutat Administrativa 9 d'octubre, torre 2, C/ de la Democràcia, 77, 46018 València, presentada en cualquier registro de las administraciones públicas u oficina de Correos, según el modelo que se comunique individualmente por correo postal.

Transcurrida la fecha límite sin haber recibido renuncia, IVACE considerará que la persona beneficiaria acepta la subvención concedida.

La resolución de concesión pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante la presidenta del IVACE en el plazo de un mes, computado en los mismos términos, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Todo esto sin perjuicio de que la persona interesada pueda presentar cualquier otro recurso que estime pertinente.

València, 18 de enero de 2024.– La presidenta del IVACE: Nuria Montes de Diego.

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
13257 valencia Anuncios,DOGV,DOGV 2024 nº 9793,Instituto valenciano de competitividad empresarial https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/valencia/boa/2024-02-21/13257-anuncio-resolucion-28-diciembre-2023-presidenta-instituto-valenciano-competitividad-empresarial-ivace-concesion-directa-ayudas-destinadas-paliar-pobreza-energetica-consumidores-vulnerables-marco-programa-bono-social-termico-ejercicio-2020-2024-1296 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.