Anuncio de resolución de la condición de agente urbanizador de la UE POUS 6. [2023/13192]
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Análisis documental
Origen disposición: Ayuntamiento Grupo Temático: Planes de urbanismo Descriptores: Temáticos: plan de urbanismo, administración local Descriptores toponímicos: Riba-roja de Túria
En relación al expediente que se tramita sobre la resolución de la condición de agente urbanizador de la UE Pous 6 de Riba-roja de Turia, el pleno del Ayuntamiento de fecha 6 de noviembre de 2023 adopta el siguiente acuerdo:
Primero. Resolver la adjudicación del Programa de actuación integrada de la unidad de ejecución Pous 6 la a la mercantil RIMA-TRES, SL, motivado por la inactividad y consiguiente demora en el cumplimiento de sus obligaciones.
Segundo. Asumir la gestión directa, reservándose el Ayuntamiento la facultad de diferir hasta un plazo de 5 años, a contar desde la aprobación del presente acuerdo, la incoación del correspondiente expediente de contratación de las obras de urbanización conforme al fundamento de derecho decimosegundo.
Tercero. Aprobar la liquidación definitiva del contrato-convenio del urbanizador RIMA-TRES, SL, para la unidad de ejecución Pous 6 que arroja como resultado un saldo deudor, es decir, a pagar por el urbanizador de 38.343,99 (treinta y ocho mil trescientos cuarenta y tres euros y noventa y nueve céntimos), de los que 12.271,58 se corresponde con la indemnización de daños y perjuicios; 23.203,57 de compensación en metálico del aprovechamiento lucrativo a favor del Ayuntamiento, correspondiente al 10 % de suelo, conforme al convenio suscrito; y 2.868,84 correspondientes a la garantía definitiva del programa de la UE POUS-6 que debió depositar al adquirir la condición de agente urbanizador, y cero euros la liquidación relativa a las obras ejecutadas y las cuotas recaudadas.
Cuarto. Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Tesorería, a los efectos de lo dispuesto en el apartado tercero.
Quinto. Una vez sea firme en vía administrativa, publicar el presente acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, previa remisión de un certificado del mismo a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio para su constancia y publicidad en el Registro Autonómico de Programas de Actuación Integrada y Agrupaciones de Interés Urbanístico, de acuerdo con lo previsto en el artículo 171.8 del Real decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, de la Comunitat Valenciana (TRLOTUP), en relación con la disposición adicional tercera del Decreto 8/2016, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los órganos territoriales y urbanísticos de la Generalitat.
Sexto. Notificar el presente acuerdo a los interesados.
Séptimo. Facultar al alcalde para la firma de cuantos actos sean precisos para la efectividad de este acuerdo.
Riba-roja de Túria, 28 de diciembre de 2023. El alcalde: Roberto P. Raga Gadea.