RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2024, de la Presidencia de la Generalitat, por la que se suprime el puesto de jefatura del Servicio de Asistencia Técnica (SAT) de la Diputación Provincial de Castellón. [2024/533]
El Pleno de la Diputación Provincial de Castellón, en la sesión ordinaria del 19 de septiembre de 2023, acordó aprobar inicialmente la modificación de la plantilla y relación de puestos de trabajo de dicha corporación local para el ejercicio 2023, incluyendo la amortización de la laza y puesto de trabajo de jefatura del Servicio de Asistencia Técnica (SAT).
Dicho acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón núm. 117, de 21 de septiembre de 2023, a efectos de interposición de reclamaciones. Durante el periodo de exposición al público, finalizado el 16 de octubre de 2023, se presentó una única reclamación, que fue desestimada por acuerdo del Pleno de esta corporación de fecha 24 de octubre de 2023, por lo que se considera definitivamente aprobada dicha modificación, tal como se publicó en el mencionado Boletín Oficial de la Provincia de Castellón.
Vistos los antecedentes indicados, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 16 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, así como en el artículo 14 del Decreto 92/2021, de 9 de julio, del Consell, de regulación del personal funcionario con habilitación de carácter nacional, y de conformidad con la Resolución de 8 de noviembre de 2023, del president de la Generalitat, por la que delega determinadas atribuciones en diferentes órganos de la Presidencia (DOGV 9723, 13.11.2023), resuelvo:
Suprimir el puesto de jefatura del Servicio de Asistencia Técnica (SAT) de la Diputación Provincial de Castellón.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas interesadas podrán interponer los siguientes recursos:
a) Directamente, un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
b) Potestativamente, un recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, teniendo en cuenta que no es posible simultanear el recurso contencioso-administrativo y el potestativo de reposición.
c) En el caso de que la persona interesada sea una administración pública, no cabe interponer ningún recurso en vía administrativa, y ello sin perjuicio de la posibilidad de efectuar el requerimiento al que se refiere el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan hacer uso de cualquier otra vía que estimen oportuna.
València, 15 de enero de 2024. el president de la Generalitat, p. d. (R 08.11.2023, DOGV 13.11.2023), el secretario autonómico de Presidència: Cayetano García Ramirez.