DECRETO 219/2023, de 19 de diciembre, del Consell, por el que se dispone el cese y el nombramiento de las personas miembros titulares y suplentes del Consejo Valenciano del Cooperativismo. [2023/12966]
De conformidad con lo establecido en el artículo 122.1 del Texto Refundido de la Ley de cooperativas de la Comunitat Valenciana, aprobado mediante el Decreto legislativo 2/2015, de 15 de mayo, del Consell, el Consejo Valenciano del Cooperativismo es el órgano de promoción, asesoramiento y planificación de la política y legislación en materia de cooperativas. El mismo precepto establece que su composición se determinará reglamentariamente y que el número de miembros representantes del cooperativismo, cuya designación corresponde a la Confederación de Cooperativas de la Comunitat Valenciana, no será inferior al resto de miembros nombrados por el Consell.
Su composición se determina en el Decreto 206/2017, de 15 de diciembre, del Consell, por el que se regula el Consejo Valenciano del Cooperativismo, que establece que la Administración estará representada por siete personas miembros: tres de ellas miembros natos, que lo serán las personas titulares de la Conselleria y del centro directivo con competencias en materia de cooperativas; actualmente y a tenor de lo dispuesto en el Decreto 112/2023, de 25 de julio, del Consell, tales miembros natos son el conseller de Educación, Universidades y Empleo, Secretario autonómico de Empleo y el director general de Trabajo, Cooperativismo y Salud Laboral. La representación del Consell se completa con otras cuatro personas miembros electivos, nombradas a propuesta del conseller competente. La duración de su mandato será la correspondiente a cada legislatura.
Por su parte, la representación del cooperativismo está compuesta por otras siete personas miembros, dos de ellas como miembros natos, que serán el presidente y la secretaria de la Confederación de Cooperativas, y cinco de ellas como miembros electivos, nombradas por el Consell a propuesta de la Confederación de Cooperativas de la Comunitat Valenciana. En este caso, la duración de su mandato será de cuatro años.
El indicado Decreto 206/2017 determina, además, que la propuesta de nombramiento de las personas miembros electivos, sean representantes del Consell o del cooperativismo, contendrá la de un número equivalente de suplentes, para el caso de ausencia, vacante o enfermedad de aquellas, y, asimismo, establece que la suplencia de las personas miembros natos seguirá el régimen establecido en el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria correspondiente. Asimismo, establece el citado decreto 206/2017 que las personas titulares y suplentes, serán nombradas por el Consell, mediante Decreto.
Por el Decreto 11/2016, de 12 de febrero, del Consell, por el que se dispone el cese y se nombran personas miembros titulares y suplentes del Consejo Valenciano del Cooperativismo, se produjo la última designación de las mismas y se determinó su composición. Dicho Decreto fue adoptado durante la X Legislatura de las Corts, por lo que las personas miembros electivos nombradas por el Consell a propuesta del conseller competente han finalizado su mandato, procediendo nueva designación en esta XI Legislatura.
Por su parte, la Confederación de Cooperativas remite relación de personas para integrar el Consejo Valenciano de Cooperativismo, tanto electivas como suplentes previo cese, según el acuerdo tomado por su Consejo Rector de fecha 21 de julio de 2023.
Por todo ello, procede formular una nueva designación de personas miembros electivos, titulares y suplentes, representantes de la Administración y elevar al Consell la propuesta formulada por la Confederación de Cooperativas de la Comunitat Valenciana, antes referida.
Para proponer el nombramiento de las cuatro personas miembros titulares, y de las cuatro suplentes, cuya designación corresponde al Consell, la conselleria competente en materia de cooperativas ha solicitado a cuatro de las consellerias con competencias más destacadas en relación con la actividad de las cooperativas valencianas, como lo son las materias relativas a la agricultura y las industrias agro-alimentarias, al crédito cooperativo, vivienda y transporte, que han evacuado la consulta formulando sus correspondientes propuestas.
En virtud de todo lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 9 y 10 del Decreto 206/2017, de 15 de diciembre, del Consell, por el que se regula el Consejo Valenciano del Cooperativismo, a propuesta del conseller de Educación, Universidades y Empleo y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 19 de diciembre de 2023,
Decreto
Artículo 1. Cese de representantes de la Administración de la Generalitat
Disponer el cese de las personas miembros electivos del Consejo Valenciano del Cooperativismo, en representación de la Administración de la Generalitat, agradeciéndoles los servicios prestados, a:
1. Titulares:
Manuel Gomicia Giménez
Rafael Beneyto Cabanes
David Calvo Alfonso
Antonio Quintana Martínez
2. Suplentes:
Josefina Bueno Alonso
Elena Herrero García
Elena Pico
Joaquín Fores Marza
Artículo 2. Nombramiento de representantes de la Administración de la Generalitat
Nombrar como personas miembros electivos representantes de la Administración de la Generalitat en el Consejo Valenciano del Cooperativismo a:
1. Titulares:
Eusebio Monzó Martínez
Leticia Sanchiz Becquet
Sebastian Fernández Miralles
Manuel Rios Pérez
2. Suplentes:
Nicolas Jannone Bellot
Daniel Rams Guerra
Ana Isabel Caballer Almela
Teresa Gras Huerta
Artículo 3. Cese de representantes del Cooperativismo
Disponer el cese de las personas miembros electivos del Consejo Valenciano del Cooperativismo, en representación del Cooperativismo, agradeciéndoles los servicios prestados, a:
1. Titulares
Bernarda Alba Benaches
Cirilo Arnandis Núñez
Emilio Sampedro Baixauli
Luis Cervellera Martínez
Isabel Montero López
2. Suplentes
Ramón Ruiz Folch
José Luis Ayuso Castellví
Vicente Diego Romero
Dolores Folgado Romeu
Ana M.ª Cano Aribas
Artículo 4. Nombramiento de representantes del cooperativismo
Nombrar como personas miembros titulares del Consejo Valenciano del Cooperativismo en representación del cooperativismo y a propuesta de la Confederación de Cooperativas de la Comunitat Valenciana a:
1. Titulares
Bernarda Alba Benaches
Cirilo Arnandis Núñez
Ramón Rodríguez Magan
Isabel Montero López
José Vicente Sais
2. Suplentes
José Luís Ayuso Castellví
Fco. Pérez-Caballero Martin de Santa Olaya
Luis Cervellera Martinez
Silvia Puig Mengual
Ana M.ª Cano Arribas
Artículo 5. Composición actual del Consejo Valenciano del Cooperativismo
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 206/2017, de 15 de diciembre, del Consell, y en los artículos anteriores del presente decreto, el Consejo Valenciano del Cooperativismo queda compuesto por los siguientes miembros:
1. Miembros natos
a) En representación de la Administración
José Antonio Rovira Jover
Antonio Galvañ Diez
Andrés Lluch Figueres
b) En representación del cooperativismo
Emilio Sampedro Baixauli
Teresa Bayarri Fos
2. Miembros titulares electos
a) En representación de la Administración de la Generalitat:
Eusebio Monzo Martínez
Leticia Sanchiz Becquet
Sebastian Fernández Miralles
Manuel Rios Pérez
b) En representación del cooperativismo:
Bernarda Alba Benaches
Cirilo Arnandis Núñez
Ramón Rodríguez Magan
Isabel Montero López
José Vicente Sais
3. Miembros electos suplentes
a) En representación de la Administración de la Generalitat:
Nicolas Jannone Bellot
Daniel Rams Guerra
Ana Isabel Caballer Almela
Teresa Gras Huerta
b) En representación del cooperativismo:
José Luís Ayuso Castellví
Fco. Pérez-Caballero Martín de Santa Olaya
Luis Cervellera Martínez
Silvia Puig Mengual
Ana M.ª Cano Arribas
Disposición final
Única. Efectos
El presente decreto tendrá efectos desde el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
València, 19 de diciembre de 2023
El president de la Generalitat
CARLOS MAZÓN GUIXOT
El conseller de Educación, Universidades y Empleo
JOSÉ ANTONIO ROVIRA JOVER