DECRETO 219/2023, de 19 de diciembre, del Consell, por el que se dispone el cese y el nombramiento de las personas miembros titulares y suplentes del Consejo Valenciano del Cooperativismo. [2023/12966]

De conformidad con lo establecido en el artículo 122.1 del Texto Refundido de la Ley de cooperativas de la Comunitat Valenciana, aprobado mediante el Decreto legislativo 2/2015, de 15 de mayo, del Consell, el Consejo Valenciano del Cooperativismo es el órgano de promoción, asesoramiento y planificación de la política y legislación en materia de cooperativas. El mismo precepto establece que su composición se determinará reglamentariamente y que el número de miembros representantes del cooperativismo, cuya designación corresponde a la Confederación de Cooperativas de la Comunitat Valenciana, no será inferior al resto de miembros nombrados por el Consell.

Su composición se determina en el Decreto 206/2017, de 15 de diciembre, del Consell, por el que se regula el Consejo Valenciano del Cooperativismo, que establece que la Administración estará representada por siete personas miembros: tres de ellas miembros natos, que lo serán las personas titulares de la Conselleria y del centro directivo con competencias en materia de cooperativas; actualmente y a tenor de lo dispuesto en el Decreto 112/2023, de 25 de julio, del Consell, tales miembros natos son el conseller de Educación, Universidades y Empleo, Secretario autonómico de Empleo y el director general de Trabajo, Cooperativismo y Salud Laboral. La representación del Consell se completa con otras cuatro personas miembros electivos, nombradas a propuesta del conseller competente. La duración de su mandato será la correspondiente a cada legislatura.

Por su parte, la representación del cooperativismo está compuesta por otras siete personas miembros, dos de ellas como miembros natos, que serán el presidente y la secretaria de la Confederación de Cooperativas, y cinco de ellas como miembros electivos, nombradas por el Consell a propuesta de la Confederación de Cooperativas de la Comunitat Valenciana. En este caso, la duración de su mandato será de cuatro años.

El indicado Decreto 206/2017 determina, además, que la propuesta de nombramiento de las personas miembros electivos, sean representantes del Consell o del cooperativismo, contendrá la de un número equivalente de suplentes, para el caso de ausencia, vacante o enfermedad de aquellas, y, asimismo, establece que la suplencia de las personas miembros natos seguirá el régimen establecido en el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria correspondiente. Asimismo, establece el citado decreto 206/2017 que las personas titulares y suplentes, serán nombradas por el Consell, mediante Decreto.

Por el Decreto 11/2016, de 12 de febrero, del Consell, por el que se dispone el cese y se nombran personas miembros titulares y suplentes del Consejo Valenciano del Cooperativismo, se produjo la última designación de las mismas y se determinó su composición. Dicho Decreto fue adoptado durante la X Legislatura de las Corts, por lo que las personas miembros electivos nombradas por el Consell a propuesta del conseller competente han finalizado su mandato, procediendo nueva designación en esta XI Legislatura.

Por su parte, la Confederación de Cooperativas remite relación de personas para integrar el Consejo Valenciano de Cooperativismo, tanto electivas como suplentes previo cese, según el acuerdo tomado por su Consejo Rector de fecha 21 de julio de 2023.

Por todo ello, procede formular una nueva designación de personas miembros electivos, titulares y suplentes, representantes de la Administración y elevar al Consell la propuesta formulada por la Confederación de Cooperativas de la Comunitat Valenciana, antes referida.

Para proponer el nombramiento de las cuatro personas miembros titulares, y de las cuatro suplentes, cuya designación corresponde al Consell, la conselleria competente en materia de cooperativas ha solicitado a cuatro de las consellerias con competencias más destacadas en relación con la actividad de las cooperativas valencianas, como lo son las materias relativas a la agricultura y las industrias agro-alimentarias, al crédito cooperativo, vivienda y transporte, que han evacuado la consulta formulando sus correspondientes propuestas.

En virtud de todo lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 9 y 10 del Decreto 206/2017, de 15 de diciembre, del Consell, por el que se regula el Consejo Valenciano del Cooperativismo, a propuesta del conseller de Educación, Universidades y Empleo y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 19 de diciembre de 2023,

Decreto

Artículo 1. Cese de representantes de la Administración de la Generalitat

Disponer el cese de las personas miembros electivos del Consejo Valenciano del Cooperativismo, en representación de la Administración de la Generalitat, agradeciéndoles los servicios prestados, a:

1. Titulares:

Manuel Gomicia Giménez

Rafael Beneyto Cabanes

David Calvo Alfonso

Antonio Quintana Martínez

2. Suplentes:

Josefina Bueno Alonso

Elena Herrero García

Elena Pico

Joaquín Fores Marza

Artículo 2. Nombramiento de representantes de la Administración de la Generalitat

Nombrar como personas miembros electivos representantes de la Administración de la Generalitat en el Consejo Valenciano del Cooperativismo a:

1. Titulares:

Eusebio Monzó Martínez

Leticia Sanchiz Becquet

Sebastian Fernández Miralles

Manuel Rios Pérez

2. Suplentes:

Nicolas Jannone Bellot

Daniel Rams Guerra

Ana Isabel Caballer Almela

Teresa Gras Huerta

Artículo 3. Cese de representantes del Cooperativismo

Disponer el cese de las personas miembros electivos del Consejo Valenciano del Cooperativismo, en representación del Cooperativismo, agradeciéndoles los servicios prestados, a:

1. Titulares

Bernarda Alba Benaches

Cirilo Arnandis Núñez

Emilio Sampedro Baixauli

Luis Cervellera Martínez

Isabel Montero López

2. Suplentes

Ramón Ruiz Folch

José Luis Ayuso Castellví

Vicente Diego Romero

Dolores Folgado Romeu

Ana M.ª Cano Aribas

Artículo 4. Nombramiento de representantes del cooperativismo

Nombrar como personas miembros titulares del Consejo Valenciano del Cooperativismo en representación del cooperativismo y a propuesta de la Confederación de Cooperativas de la Comunitat Valenciana a:

1. Titulares

Bernarda Alba Benaches

Cirilo Arnandis Núñez

Ramón Rodríguez Magan

Isabel Montero López

José Vicente Sais

2. Suplentes

José Luís Ayuso Castellví

Fco. Pérez-Caballero Martin de Santa Olaya

Luis Cervellera Martinez

Silvia Puig Mengual

Ana M.ª Cano Arribas

Artículo 5. Composición actual del Consejo Valenciano del Cooperativismo

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 206/2017, de 15 de diciembre, del Consell, y en los artículos anteriores del presente decreto, el Consejo Valenciano del Cooperativismo queda compuesto por los siguientes miembros:

1. Miembros natos

a) En representación de la Administración

José Antonio Rovira Jover

Antonio Galvañ Diez

Andrés Lluch Figueres

b) En representación del cooperativismo

Emilio Sampedro Baixauli

Teresa Bayarri Fos

2. Miembros titulares electos

a) En representación de la Administración de la Generalitat:

Eusebio Monzo Martínez

Leticia Sanchiz Becquet

Sebastian Fernández Miralles

Manuel Rios Pérez

b) En representación del cooperativismo:

Bernarda Alba Benaches

Cirilo Arnandis Núñez

Ramón Rodríguez Magan

Isabel Montero López

José Vicente Sais

3. Miembros electos suplentes

a) En representación de la Administración de la Generalitat:

Nicolas Jannone Bellot

Daniel Rams Guerra

Ana Isabel Caballer Almela

Teresa Gras Huerta

b) En representación del cooperativismo:

José Luís Ayuso Castellví

Fco. Pérez-Caballero Martín de Santa Olaya

Luis Cervellera Martínez

Silvia Puig Mengual

Ana M.ª Cano Arribas

Disposición final

Única. Efectos

El presente decreto tendrá efectos desde el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 19 de diciembre de 2023

El president de la Generalitat

CARLOS MAZÓN GUIXOT

El conseller de Educación, Universidades y Empleo

JOSÉ ANTONIO ROVIRA JOVER

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