Universidad de alicante - Autoridades y personal (DOGV nº 2023-9725)
RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2023, de la Universidad de Alicante, por la que se modifica la Resolución de 6 de julio de 2023 (DOGV 13 de julio), por la que se convoca concurso para la creación de bolsas de empleo de profesorado sustituto. [2023/11061]
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 15.11.2023 Esta disposición afecta a: Afecta a: -
Análisis documental
Origen disposición: Universidad de Alicante Grupo Temático: Empleo público Descriptores: Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones
Mediante Resolución de 6 de julio de 2023 (DOGV 13 de julio), de la Universidad de Alicante, se convoca concurso para la creación de bolsas de empleo de profesorado sustituto. Se incluyen en la convocatoria 31 áreas de conocimiento, entre las que se encuentra el área de Ingeniería Eléctrica.
Estimado recurso de reposición interpuesto contra el requisito de titulación solicitado para el área de Ingeniería Eléctrica, se procede a modificar, en el anexo I de la convocatoria, el requisito de titulación para el área de Ingeniería Eléctrica, que queda redactado como se indica a continuación:
«PS535 Ingeniería eléctrica
Requisito de titulación (alguna de las siguientes titulaciones):
Titulaciones que habilitan a la profesión de ingeniero de caminos, canales y puertos según Orden CIN/309/2009. Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos.
Titulaciones que habilitan a la profesión de ingeniero técnico de obras públicas según Orden CIN/307/2009. Ingeniería Técnica de Obras Públicas o Grado en Ingeniería Civil y máster universitario oficial en ambos casos.
Titulaciones que habilitan a la profesión de ingeniero industrial según Orden CIN/311/2009. Ingeniería industrial.
Titulaciones que habilitan a la profesión de ingeniero técnico industrial según Orden CIN/351/2009. Ingeniería Técnica Industrial o grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales o grado en Ingeniería Eléctrica, más un máster universitario oficial en los tres casos.
Titulaciones que habilitan a la profesión de ingeniero aeronáutico según Orden CIN/312/2009. Ingeniería Aeronáutica.
Titulaciones que habilitan a la profesión de ingeniero técnico aeronáutico según Orden CIN/308/2009. Ingeniería Técnica Aeronáutica o grado en Ingeniería Aeroespacial y máster universitario oficial en ambos casos.»
Como consecuencia de esta modificación se concede un nuevo plazo de presentación de solicitudes para dicha convocatoria, que será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOGV.
A los efectos de presentación, se dan por admitidas las solicitudes ya existentes.
Para las nuevas solicitudes, los méritos a valorar estarán referidos a fecha 27 de julio de 2023, fecha del fin de plazo de presentación de solicitudes correspondiente a la Resolución de 6 de julio.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de los de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, 6.4 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.
Alicante, 31 de octubre de 2023. La rectora p. d. (R 22/12/20), el vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado: Luis Alfonso Martínez Giner.