Institut valencià de la joventut - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9720)
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Extracto de la Resolución de 6 de noviembre de 2023, del director general del Institut Valencià de la Joventu,t por la que se convocan las ayudas a entidades juveniles con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana para la ejecución de programas de juventud en 2023. [2023/11157]
BDNS (identif.): 725330.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/725330
Primero. Beneficiarios
Podrán solicitar las subvenciones las entidades juveniles que se detallan en la base tercera de la Orden 4/2023, de 30 de octubre, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a entidades juveniles para la ejecución de programas de juventud, que cumplan los requisitos que se establecen en la base cuarta de dicha orden.
Segundo. Objeto
Las ayudas que se convocan están destinadas a financiar actividades llevadas a cabo por entidades juveniles con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, desarrolladas entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2023, en alguno de los programas que se detallan en las bases primera y sexta de la Orden 4/2023, de 30 de octubre, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases de la convocatoria de estas subvenciones se hallan publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 9718, de 6 de noviembre de 2023.
Cuarto. Importe
Esta convocatoria está dotada con un importe de 700.000 euros, de conformidad con lo previsto por la Ley de presupuestos de la Generalitat Valenciana de 2023.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de cinco días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Sexta. Otros datos
La solicitud se habrá de efectuar en el modelo de instancia que figura anexo a la resolución de convocatoria, se presentará exclusivamente de forma telemática en la URL https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=221
Los modelos de formularios y de anexos se encuentran en la URL de la solicitud citada.
La documentación a aportar es la prevista en el punto sexto y décimo de la resolución de convocatoria.
La valoración de las solicitudes se realizará conforme a los criterios establecidos en la base novena y décima de la Orden 4/2023, de 30 de octubre, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.
El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, de manera que el importe de la línea de subvención se distribuirá de manera proporcional a la puntuación obtenida por las entidades solicitantes que reúnan los requisitos.
València, 6 de noviembre de 2023. El director general del Institut Valencià de la Joventut: Vicente Ripoll Gimeno.