Vicepresidencia primera y conselleria de cultura y deporte - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9704)

RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2023, de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Cultura y Deporte, por la que se adjudican las subvenciones para la adquisición de equipamiento para las bibliotecas y agencias de lectura públicas de las entidades locales de la Comunitat Valenciana. [2023/10329]

Mediante Orden 76/2016, de 29 de noviembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de equipamiento para las bibliotecas y agencias de lectura públicas de las entidades locales de la Comunitat Valenciana (DOGV 7930, 02.12.2016). Por Resolución de 4 de abril de 2023, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte se convocan para el ejercicio 2023 las subvenciones para la adquisición de equipamiento para las bibliotecas y agencias de lectura públicas de las entidades locales de la Comunitat Valenciana (DOGV n. 9574, 14.04.2023).

Consta acreditado que existe consignación presupuestaria suficiente, en la línea S8115000, del programa 09.03.01.452.10, del capítulo VII, de los presupuestos de la Generalitat para el año 2023, para atender las obligaciones derivadas de la presente resolución.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, acompañadas de la correspondiente documentación, se reunió la Comisión Evaluadora constituida al efecto, que ha valorado las solicitudes conforme a los criterios establecidos en el artículo 9 de la citada orden que establece las bases reguladoras y ha elevado el informe al órgano competente para que formule la propuesta de resolución correspondiente. Vista dicha propuesta, según el artículo 8 de la citada orden, por la que se convocan las subvenciones, resuelvo:

Primero

Conceder con cargo a la línea S8115000, del programa 09.03.01.452.10, del capítulo VII, de los presupuestos de la Generalitat para el año 2023, con una dotación de 300.000 euros, a las entidades que se citan a continuación las ayudas económicas siguientes que solo podrán financiar los gastos para la adquisición de equipamiento para las bibliotecas y agencias de lectura públicas de las entidades locales de la Comunitat Valenciana. El importe total concedido es de 72.210,54 euros.

ENTIDAD BENEFICIARIA CONCESIÓN TOTAL

AYUNTAMIENTO DE ADOR 820,26

AYUNTAMIENTO DE AGOST 349,66

AYUNTAMIENTO DE AGULLENT 1084,16

AYUNTAMIENTO DE ALFARRASI 304,64

AYUNTAMIENTO DE ALGORFA 1754,5

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA 329,98

AYUNTAMIENTO DE ALMOINES 100,61

AYUNTAMIENTO DE ALMORADÍ 4923,05

AYUNTAMIENTO DE ALTEA 2525,64

AYUNTAMIENTO DE ALTURA 754

AYUNTAMIENTO DE ALZIRA 809,95

AYUNTAMIENTO DE ARTANA 931,13

AYUNTAMIENTO DE BANYERES DE MARIOLA 750,51

AYUNTAMIENTO BENIARJO 1436,23

AYUNTAMIENTO DE BENIRREDRA 150,04

AYUNTAMIENTO DE CALLOSA DE SEGURA 301,16

AYUNTAMIENTO CARCAIXENT 695,75

AYUNTAMIENTO DE CARCER 2506,82

AYUNTAMIENTO DE CASINOS 1864

AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓ 1141,87

AYUNTAMIENTO DE CORBERA 578,01

AYUNTAMIENTO DE CULLERA 1041,09

AUNTAMENT DE DÉNIA 53,24

AYUNTAMIENTO DE DOLORES 538,79

AYUNTAMIENTO DE LA FONT DE LA FIGUERA 1269,01

AYUNTAMIENTO DE LA FONT D'EN CARROS 107,5

AYUNTAMIENTO DE GANDIA 2660,79

AYUNTAMIENTO DE GODELLETA 50

AYUNTAMIENTO DE LLIRIA 442,83

AYUNTAMIENTO DE MASSAMAGRELL 2650,8

AYUNTAMIENTO DE MASSANASSA 3596,7

AYUNTAMIENTO DE MIRAMAR 2604,16

AYUNTAMIENTO DE MISLATA 1585,59

AYUNTAMIENTO DE MONTSERRAT 370,6

AYUNTAMIENTO DE NAQUERA 3087,42

AYUNTAMIENTO DE OLIVA 1426,59

AYUNTAMIENTO DE ONIL 930,85

AYUNTAMIENTO DE ONTINYENT 3170,32

AYUNTAMIENTO DE PAIPORTA 2558,12

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE GANDIA 667,98

AYUNTAMIENTO DEL PALOMAR 174,85

AYUNTAMIENTO DE PEÑISCOLA 1457,14

AYUNTAMIENTO DE PICANYA 1736,87

AYUNTAMIENTO DE PILES 376,89

AYUNTAMIENTO DE LA POBLA DE FARNALS 1311,21

AYUNTAMIENTO DE LA POBLA LLARGA 1605,82

AYUNTAMIENTO DE POTRIES 493,05

AYUNTAMIENTO DE QUATRETONDA 1205,26

AYUNTAMIENTO DE RAFELBUNYOL 2850,06

AYUNTAMIENTO DE RAFELCOFER 127,8

AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN D'ALACANT 4324,4

AYUNTAMIENTO DE SENYERA 450,03

AYUNTAMIENTO DE SONEJA 1324,95

AYUNTAMIENTO DE LA VILAVELLA 397,63

AYUNTAMIENTO DE VILLAR DEL ARZOBISPO 1145,91

AYUNTAMIENTO DE XÀTIVA 304,32

Segundo

Desestimar el resto de las solicitudes por los motivos que se especifican a continuación:

1. Por no cumplir con los requisitos para ser beneficiario establecidos en el artículo 2 de la orden de bases reguladoras de esta convocatoria:

Entidad/persona solicitante

AYUNTAMIENTO DE CASTELLNOVO

AYUNTAMIENTO DE FIGUEROLES

FRANCISCO GARCÍA CEBRIÁN

2. Por estar la fecha del acuerdo del órgano competente fuera del plazo de presentación de las solicitudes, en concordancia con lo que regulan los artículos 29 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 5 de la Resolución de 4 de abril de 2023 por la cual se convocan estas subvenciones:

AYUNTAMIENTO DE MONCADA

3. Por no ajustarse al artículo 6 de la resolución de convocatoria:

Entidad solicitante Motivo

AYUNTAMIENTO DE ARGELITA No aporta la documentación requerida (anexo II)

AYUNTAMIENTO DE LLUTXENT No cumplimentan el apartado C del anexo I

AYUNTAMIENTO DE MONTAVERNER No aporta las facturas relacionadas en la cuenta justificativa del anexo I

Tercero

La publicación de esta resolución surtirá los efectos de notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y se insertará la información correspondiente en la sede electrónica de la Generalitat.

De conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:.

a) El recurso potestativo de reposición deberá interponerse ante el vicepresidente primero y conseller de Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

b) El recurso contencioso-administrativo deberá ser interpuesto ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 10 de octubre de 2023.– El director general de Cultura, p. d. (R 13.04.2022, DOGV 9328): Sergio Arlandis López.

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