Conselleria de agricultura, ganadería y pesca - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9695)
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RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2023, del director general de Desarrollo Rural, por la que se conceden, para la convocatoria de 2023, las ayudas previstas en el anexo II de la Orden 21/2017, de 25 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se regulan las bases de las ayudas a la participación por primera vez de agricultores y agricultoras y agrupaciones de agricultores y agricultoras en regímenes de calidad de productos agrícolas y alimentarios, y a las actividades de información y promoción llevadas a término por grupos de personas productoras en el mercado interior, en el marco del Programa de desarrollo rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020. [2023/9858]
Vista la Orden 21/2017, de 25 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural.
Vista la Resolución de 28 de junio de 2023, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria (DOGV 9630, 03.07.2023), por la que se convocan dichas ayudas para la anualidad 2023, así como el importe máximo a conceder en virtud de la misma.
Visto que se han desarrollado las actividades de instrucción por el órgano competente y se ha efectuado la valoración de las solicitudes por la comisión de valoración prevista en la base décima del anexo II de la Orden 21/2017, de 25 de julio, habiéndose observado en todos sus trámites el procedimiento establecido, de acuerdo con el informe emitido por dicha comisión de valoración de fecha 22 de septiembre de 2023.
Vista la propuesta de resolución formulada por la subdirectora general competente en materia de calidad agroalimentaria, resuelvo:
Primero. Concesión de las ayudas
1. Conceder las ayudas a las actividades de información y promoción llevadas a cabo por grupos de personas productoras en el mercado interior, en el marco del Programa de desarrollo rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020 y correspondientes a la convocatoria 2023, a las entidades y por los importes relacionados en el anexo I, «Solicitudes con importe de la ayuda concedida», de la presente resolución de concesión, con indicación de los motivos de las minoraciones del importe de la inversión.
2. No conceder las ayudas a las actividades de información y promoción llevadas a cabo por grupos de personas productoras en el mercado interior, en el marco del Programa de desarrollo rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020 y correspondientes a la convocatoria 2023, a las entidades relacionadas en el anexo II, «Solicitudes denegadas», de la presente resolución de concesión, con indicación de las causas de denegación.
3. Estas ayudas tienen como objeto subvencionar las campañas de promoción y de publicidad genéricas, la elaboración de material divulgativo y promocional, la elaboración y publicación de dossieres y monográficos sobre alimentos de calidad, la realización de jornadas técnicas, acciones de relaciones públicas y misiones comerciales, acciones de promoción para la organización o participación en ferias o exposiciones, y la realización de estudios orientados a la mejora de la promoción. Todo ello en materia de calidad agroalimentaria diferenciada.
4. Las presentes ayudas están cofinanciadas por las siguientes administraciones públicas y en los siguientes porcentajes: 53 % Unión Europea (FEADER), 8,86 % Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), y 38,14 % Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca.
5. La dotación presupuestaria es con cargo al capítulo IV de la sección 12, entidad 91, del presupuesto de gastos de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, línea SO832000, del ejercicio 2023, por un importe de 663.638,36 .
6. La presentación de las correspondientes solicitudes de pago y justificación de las actividades desarrolladas deberá realizarse hasta el 30 de noviembre de 2023.
7. Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir con las obligaciones establecidas en el anexo II de la Orden 21/2017, de 25 de julio, y en el resto de normativa de aplicación.
Segundo. Recursos
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación o notificación, o directamente recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 46.1 de la Ley Reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que la persona interesada pueda interponer cualquier otro recurso que considere oportuno.
Valencia, 26 de septiembre de 2023. El director general de Desarrollo Rural (p. d. Acuerdo 26.04.2012; DOGV 6809, 03.07.2012): Francisco Javier Benito Goerlich.