Conselleria de educación, universidades y empleo - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9690)
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RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se hace pública la relación de los planes de actividades propuestos por las entidades colaboradoras reconocidas en la formación del profesorado para el curso escolar 2023-2024. [2023/9543]
Vistas las solicitudes presentadas para el reconocimiento de entidades colaboradoras en la formación del profesorado y de las actividades de formación permanente para el curso escolar 2023-2024.
Cumpliendo los requisitos establecidos en la Resolución de 17 de mayo de 2023, de la Secretaría Autonómica de Educación y Formación Profesional, de convocatoria para el reconocimiento de entidades colaboradoras en la formación del profesorado y de las actividades de formación permanente que propongan para el curso escolar 2023-2024 (DOGV 96024, 24.05.2023).
Considerando lo dispuesto en la Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, que regula el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas.
Por todo esto, en virtud de las competencias que me confieren el artículo 93 del Decreto 126/2023, de 4 de agosto, del Consell, de modificación de determinados aspectos del Decreto 112/2023, de 25 de julio, del Consell, por el cual se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, y el artículo 8 del Decreto 136/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Ocupación, resuelvo:
Primero
Reconocer las acciones formativas propuestas en los planes de actividades por las entidades colaboradoras reconocidas en la formación del profesorado para el curso 2023-2024 que se incluyen en el anexo I de esta resolución.
Segundo
No reconocer las entidades que no cumplen los requisitos establecidos en la normativa vigente y/o no autorizar las acciones formativas propuestas para el curso 2023-2024 que se incluyen en el anexo II de esta resolución, por los motivos que se indican.
Tercero
Podrá participar en las actividades relacionadas en el anexo I de esta resolución:
a) El personal docente y el personal técnico educativo con destino en centros educativos no universitarios de la Comunidad Valenciana en los que se impartan las enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica de Educación.
b) Personal docente y personal técnico educativo con destino en centros no universitarios desde los que se presten servicios técnicos de apoyo educativo a los centros indicados en el apartado anterior.
c) Personal que haya finalizado los grados y máster que conducen a la obtención de la titulación docente, siempre que se encuentren inscritos en alguna de las bolsas de personal docente de la conselleria con competencia en materia de educación y dicho personal no suponga más del 50 % de participación en la actividad.
Cuarto
El reconocimiento de las actividades de formación contenidas en esta resolución no supone la acreditación ni la adquisición de ninguna titulación o nivel oficial, aunque en la denominación de las actividades aparezcan mencionados determinados títulos o niveles.
Quinto
De acuerdo con el apartado décimo de la resolución de 17 de mayo de 2023, de la Secretaría Autonómica de Educación y Formación Profesional (24.05.2023) una vez finalizada la actividad, en el plazo máximo de dos meses, los usuarios acreditados por la entidad deberán cumplimentar, a través de la Oficina Virtual de Entidades Colaboradoras (OVIENT) https://ovient.edu.gva.es/ según modelo establecido, la relación de participantes aptos y expertos, con expresión del número de horas de intervención, y la memoria final de valoración global de la actividad.
En la referida relación de participantes aptos solo deberá indicarse el personal docente con derecho a certificado de reconocimiento.
Si se cumplen los requisitos, el Servicio de Registro y Acreditación Docente expedirá las diligencias a nombre de los participantes, que acompañarán a los certificados expedidos por la entidad.
Los certificados expedidos por las entidades, acreditativos de la participación en actividades de formación, deberán contener la información establecida en el anexo I de la Orden 65/2012, de 26 de octubre.
Sexto
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Secretario Autonómico de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
València, 14 de septiembre de 2023. La directora general de Personal Docente: Sonia Amelia Sancho de Vicente.