Conselleria de agricultura, desarrollo rural, emergencia climática y transición ecológica - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9669)

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RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2023, del director general de Calidad y Educación Ambiental, por la cual se formula informe de impacto ambiental del proyecto de construcción de la plataforma intermodal en el Área Logística de Sagunt, del término municipal de Sagunto. Expediente: (3133155) 063/2023/AIA. [2023/8910]

«Informe de impacto ambiental

Expediente: (3133155) 063/2023/AIA.

Título: Construcción de la plataforma intermodal en el Área logística de Sagunt.

Promotor: Parque Empresarial de Sagunt SL (Espacios Económicos Empresariales, SL).

Órgano sustantivo: Dirección General de Obras Públicas, Transportes y Movilidad Sostenible.

Localización: término municipal de Sagunto.

Antecedentes

El Plan especial del Área logística de Sagunt se sometió a participación pública en marzo de 2021 (DOGV 9035, 05.03.2021). El objeto del plan es el desarrollo de la zona reservada en el planeamiento municipal como reserva en la denominada zona del Área logística de Sagunt.

La declaración ambiental y territorial estratégica (DATE) del Plan especial fue emitida por acuerdo del 17 de febrero de 2022, de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica.

En sesión celebrada el 21 de noviembre de 2022, la Comisión de Evaluación Ambiental emitió la DATE Complementaria a la emitida el 17 de febrero de 2022

La Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia, en fecha 30 de noviembre de 2022, adoptó el acuerdo de informar favorablemente el Plan especial del Área logística de Sagunt y elevar la propuesta de aprobar definitivamente el citado Plan especial a la consellera de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, quien en fecha 2 de diciembre de 2022 lo aprobó definitivamente. Con la aprobación se reclasifica el suelo no urbanizable común como suelo urbanizable con uso industrial y logístico, con las conexiones necesarias con su entorno, tanto viarias, como ferroviarias y de servicios e infraestructuras dotacionales. Las ordenanzas del Plan especial establecen en su artículo 18 que el diseño de los viales y espacios libres de dominio público y de los elementos de las redes de infraestructuras sea desarrollado constructivamente mediante proyecto de urbanización del Área logística y proyecto constructivo de la plataforma intermodal del Área logística.

Con fecha de 21 de febrero de 2023 se emite informe de impacto ambiental favorable del proyecto de urbanización del Área Logística de Sagunt, el cual incluía en su ámbito la parcela dedicada a la estación intermodal. En marzo de 2023 el Consell autoriza la tramitación del contrato de obras de la urbanización del sector por parte de Espacios Económicos Empresariales, SL.

Tramitación administrativa

Con fecha13 de abril de 2023 la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad Sostenible remite solicitud para la evaluación de impacto ambiental del Proyecto de construcción de la plataforma intermodal del Área logística Sagunt promovido por Parque Empresarial Sagunt II (en la actualidad Espacios Económicos Empresariales, SL), Sociedad Pública de la Generalitat Valenciana que actúa como agente urbanizador en el Área logística de Sagunt, en la modalidad de gestión directa. El expediente comprende la documentación indicada en el artículo 45 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental:

– Proyecto de construcción de la plataforma intermodal.

– Documento ambiental.

– Estudio de integración paisajística.

– Solicitud de inicio.

Dentro del procedimiento de evaluación ambiental con fecha de 21 de abril de 2023 por este órgano ambiental se realizan consultas a las siguientes administraciones:

Solicitud Informe

Contestación Administración pública consultada/ empresa suministradora / interesados

X Si Dirección Territorial de Agricultura y Medio Ambiente

X Si Subdelegación Cambio Climático: Servicio de Coordinación de Políticas de Cambio Climático.

X Si DG Política Territorial y Paisaje:

X – Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte: DG de Cultura y Patrimonio.

X – ACUAMED.

X – Ayuntamiento de Sagunto.

X – Ecologistas en acción.

X – Acció Ecologistas AGRO.

En el momento de emisión del presente informe no se ha recibido contestación del resto de administraciones y entidades consultadas.

– Informe de la sección forestal de la Dirección Territorial de: Agricultura y Medioambiente de fecha 4 de mayo de 2023, indicando que la actuación no afecta a suelo forestal ni se afecta a montes de incluidos en el Catálogo de montes de utilidad pública.

– Informe de la Dirección Territorial de Medioambiente de afecciones a la zona húmeda y espacio Red Natura Marjal dels Moros de fecha 10 de mayo de 2023, en el que se indica que:

«Respecto del Corredor Terrestre Huerta-Marjal dels Moros-Serra Calderona-Río Palancia, y su conexión con la ZRP-AG. El área de la plataforma intermodal proyectada se encuentra cercana al Corredor Terrestre Huerta-Marjal dels Moros-Serra Calderona-Río Palancia, que tiene como objetivo facilitar la conexión ecológica entre los mencionados espacios naturales.

En este sentido, el proyecto para de urbanización del Área logística ya incluía los aspectos más relevantes de la plataforma intermodal, en relación con las funciones y propuestas del corredor territorial terrestre.

Respecto de la restitución de acequias y adecuación de barrancos. En el mismo sentido, se indica que el proyecto para de urbanización del Área logística ya incluía este aspecto y debemos insistir en la correcta dimensión de la restitución de las infraestructuras afectadas para absorber los episodios de lluvias torrenciales.

Respecto de los sistemas de drenaje sostenibles, para evitar la pérdida de capacidad de recarga de los acuíferos con la impermeabilización del suelo con el cambio de uso.

Los documentos presentados y examinados contemplan medidas preventivas y correctoras recogidas en el documento ambiental y en el proyecto de urbanización. No hay modificaciones, por lo tanto sigue siendo preocupante lo manifestado en el informe emitido el 19 de enero de 2023 respecto del proyecto de urbanización del Área logística, en el que se indicaba que la acequia de L'Arrif no está preparada para recibir y distribuir los caudales en las condiciones planteadas.

Por otra parte el documento ambiental presentado incluye medidas para la captura y aprovechamiento de las aguas pluviales, como elemento de adaptación al cambio climático, mediante zonas de infiltración forzada o medidas equivalentes en aceras, viales, aparcamientos y demás espacios comunes para recuperación, almacenamiento y utilización del agua de lluvia.

Se propone incorporar en el futuro proyecto constructivo la obligación de que en el proyecto incluya medidas para capturar el agua de lluvia y drenajes, consiguiendo sea posible el aprovechamiento del agua de lluvia no capturada por los usos futuros.

• Todo esto se recogerá en un anejo específico sobre captura y aprovechamiento de las aguas pluviales.

• La evaluación económica de las medidas preventivas correctoras y compensatorias propuestas en relación con el cambio climático forme parte del proyecto constructivo deben quedar reflejadas presupuestariamente en el mismo, conforme al artículo 186 de la ley 13/2015.

Para evitar el riesgo de contaminación accidental de acuíferos, los proyectos de construcción de la estación intermodal y sus instalaciones auxiliares, contemplarán en todos los casos un sistema de drenaje integral del agua de lluvia y posibles vertidos accidentales, conforme a normativa vigente. Así, está previsto la ejecución de pavimentos de hormigón con sistemas de drenaje por imbornales y rejillas, en las zonas de carga y descarga de vagones, shunting yard, talleres ferroviarios y de cualquier otro tipo, estación de servicio para vehículos y zona de repostaje para locomotoras diésel.

Respecto de la protección de avifauna contra colisión y electrocución por tendidos eléctricos. Los tendidos eléctricos se han previsto soterrados en la fase de desarrollo del documento actual. Deberán concretarse en los proyectos eléctricos y de la subestación si existe alguna incidencia a este respecto y establecer los mecanismos y medidas preventivas necesarias tanto en el proceso de desarrollo del proyecto como de su autorización. Las vías no suponen riesgo eléctrico, pero pueden suponer riesgo de colisión. Se establecerá en el proyecto de los mecanismos las medidas preventivas que se estimen necesarias a tal efecto.

Respecto del programa de vigilancia ambiental:

– Se establecerá una vigilancia de la afección de los tendidos eléctricos y del vallado de las instalaciones a las posibles colisiones de la avifauna.

– Se cuantificarán los caudales y destino de las aguas pluviales así como el control de la calidad de las mismas.

– El alumbrado se resolverá con luminarias de tipo LED de orientación adecuada y baja dispersión y, en cualquier caso, que posibiliten disminuir la contaminación lumínica y la afección de las aves nocturnas.»

– Informe del Subdirección General de Cambio Climático: Servicio de Coordinación de Políticas de Cambio Climático de fecha 24 de mayo de 2023, en el que se indica y concluye:

«En el documento ambiental recibido se reporta un cálculo adecuado de la huella de carbono durante la fase de obra (apartado 7.4.2.), incluyendo los transportes y la maquinaria de trabajo durante cada año de la obra (alcance 1), la energía consumida derivada del consumo eléctrico durante las obras (alcance 2), así como los materiales consumidos y los residuos producidos durante la misma (alcance 3). A través de este cálculo, se determina que el balance de emisiones global durante las obras, las cuales abarcarán un periodo de 4 años, ascenderá a un total de 306.121,64 t CO2. Esta cantidad, sumada a las 1.296,00 t CO2 que suponen la pérdida de la capacidad de sumidero del terreno ocupado por la plataforma intermodal que consistía en campos de cítricos en estado de abandono (cálculo realizado en el apartado 6.3.1. del documento teniendo en cuenta el carbono orgánico en el suelo mineral de 19,20 t CO2/Ha y una superficie de 675.000 m²) conlleva que la huella de carbono del proyecto durante la construcción ascienda a un total de 307.417,64 t CO2.

Sin embargo, en el documento no se reporta cálculo alguno de la huella de carbono durante la fase de funcionamiento, lo cual resulta fundamental para poder compensar las emisiones en la fase de obra y poder justificar así el proyecto desde el punto de vista del cambio climático, cuyo objetivo principal en materia de mitigación es la reducción de emisiones de GEI.

Es necesario pues reportar una estimación de la reducción de emisiones que supondrá el cambio en el transporte de mercancías (de camiones a trenes eléctricos) con la construcción de la plataforma intermodal, teniendo en cuenta la situación actual previa a la construcción de la plataforma y considerando el escenario futuro de funcionamiento de dicha plataforma intermodal.

En conclusión, para poder evaluar el impacto ambiental que tendrá el proyecto en materia de mitigación y adaptación al cambio climático, estando en línea con la Ley 6/2022, de 5 de diciembre, del cambio climático y la transición ecológica de la Comunitat Valenciana, en especial con el artículo 25 y con la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental (art. 45 y anexo VI: apartado 3 – b y 4 – 6º), se considera fundamental aportar, además del cálculo de la huella de carbono durante la fase de obra, un cálculo adecuado de la huella de carbono durante la fase de funcionamiento, a fin de acercar el desarrollo del proyecto hacia la neutralidad carbónica.

Esta DG informa que, con las observaciones realizadas en el presente informe y teniendo en cuenta las medidas preventivas y correctoras contempladas en el documento ambiental, es necesario aportar los cálculos y estimaciones mencionadas para poder evaluar el impacto ambiental que causará el Proyecto en materia de mitigación y adaptación al cambio climático, pudiendo así estar en línea con la Ley 6/2022, de 5 de diciembre, del cambio climático y la transición ecológica de la Comunitat Valenciana, con la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, con la iniciativa Mercancías 30 del Ministerio y con la EVCCE 2030.»

– Informe de la Dirección General de Política Territorial y Paisaje de fecha 29 de mayo de 2023, indicando que la actuación ya estaba considerada en el proyecto de urbanización del sector informada previamente e informando favorablemente al proyecto de construcción de la plataforma intermodal.

Considerando que el Plan especial Área logística Sagunt ha sido aprobado, contando este con declaración ambiental y territorial estratégico favorable, y que el expediente de urbanización del sector ha sido informado ambientalmente, se incorporan las conclusiones de los citados procedimientos al presente expediente.

La información contenida en el expediente y la emanada de los procedimientos precedentes aporta elementos de juicio suficientes para continuar con el procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.

Criterios ambientales

Para la emisión del presente informe de impacto ambiental, de conformidad con el artículo 47 de la Ley 21/2013, se han tenido en cuenta los criterios del anexo III de la misma.

Características del proyecto

Los trabajos previstos se resumen en:

– Demoliciones y trabajos previos.

– Movimiento de tierras: excavaciones y rellenos para formación de explanadas.

– Ejecución de vías sobre balasto o placa.

– Electrificación y elementos de seguridad de vía.

– Instalaciones de logística.

– Edificaciones.

– Extensión de firmes y pavimentos.

– Construcción de estructuras, en muros de contención y obras de paso.

– Obras de drenaje y saneamiento.

– Instalaciones de agua para abastecimiento y contra incendios.

– Instalaciones eléctricas: red de media tensión, energías renovables y distribución en baja tensión.

– Instalación de alumbrado público.

– Tendido de las redes e instalaciones de gas y telecomunicaciones.

– Colocación de mobiliario urbano.

– Reposición de servicios afectados.

– Pintado de marcas viales, colocación de señalización vertical e instalación de elementos de balizamiento y defensa en viales y zonas públicas.

– Plantaciones en zonas verdes e instalación de la red de riego necesaria.

– Adopción e implantación de medidas ambientales y paisajísticas específicas.

– Gestión de residuos procedentes de las obras de construcción y demolición.

– Adopción de medidas de seguridad y salud durante la ejecución de las obras.

La nueva plataforma ferroviaria de acceso al puerto de Sagunto divide el Área logística de Sagunt II en dos sectores, en la zona sur del mismo se concentran las parcelas destinadas a usos industriales, terciario logístico, aparcamientos y la plataforma intermodal. La estación intermodal se sitúa en la zona este del sector ocupando una parcela de unos 700.000 m² contemplada en la Ordenación pormenorizada del Plan especial aprobado del Área logística de Sagunt.

Las redes de servicios a disponer son comunes a toda el Área logística y su afección ambiental ha sido estudiada en el proyecto de urbanización del Área logística.

Las actuaciones proyectadas en el proyecto de la plataforma desarrollan la infraestructura ferroviaria e instalaciones auxiliares, áreas de contenedores, así como la urbanización de los viales públicos, incluidas las conexiones viarias exteriores, zonas destinadas a aparcamientos públicos, zonas verdes y ajardinadas, instalaciones de servicios y áreas recreativas dentro de la parcela destinada a la plataforma intermodal

En el Plan especial del sector se establecen cuatro accesos al Área logística de Sagunt, desde los cuales a través del viario público a desarrollar según el proyecto de urbanización del Área logística se accederá a la plataforma intermodal desde dos accesos, sur y norte, el proyecto actúa sobre la propuesta del proyecto de urbanización en estos accesos modificando las alineaciones de este para mejorar la accesibilidad al viario interior de las instalaciones de la plataforma y su funcionalidad.

Se pretende ejecutar una instalación intermodal de 7 vías con áreas para la carga y descarga, suplementada con una instalación técnica con 4 vías y un shunting yard de 9 vías para recepción y clasificación de material de la factoría. Supletoriamente se habilitarán 4 vías para estacionamiento de locomotoras y repostaje, 2 mangos de maniobras, instalaciones de taller.

Las obras de la estación intermodal se programan en 4 fases que se supeditarán a los requerimientos del recinto industrial fuera de la estación intermodal. Dentro de cada una de las fases se diferencian las actuaciones en la propia estación intermodal, el shunting yard, las instalaciones técnicas y las obras de urbanización y equipamientos complementarios, de forma que la operatividad de la estación será factible desde la primera fase de ejecución, suponiendo cada una de las fases una ampliación de las infraestructuras hasta alcanzar la máxima capacidad proyectada.

Las obras incluyen la ejecución de todas las líneas de servicios a implantar, incluidas las obras necesarias para las acometidas a las redes existentes a desarrollar en el proyecto de urbanización del Área logística.

Para el drenaje de pluviales se plantean tres sistemas, una red de aguas grises sectorizada con arquetas en viarios y zonas de carga y descarga pavimentadas con losa de hormigón, en las vías montadas sobre balasto se impermeabilizará la plataforma y se recogerá el agua en cunetas o colectores drenantes que derivarán el agua infiltrada a arquetas desengrasadoras y conectarán a la red de aguas grises del Área logística. Un segundo sistema para la red de colectores pluviales a partir de los aliviaderos de las arquetas que se conectará con la red de pluviales del Área logística. Y un tercer sistema basado en sistemas de drenaje urbano sostenible, microinfiltración en glorietas y zonas ajardinadas y zonas adecuadas del acceso oeste, además de microzonas de infiltración en parterres de aparcamientos y pavimentos drenantes en plazas de aparcamientos de turismos.

El suministro de agua potable e industrial se garantiza desde los orígenes ya definidos en el plan especial del Área logística.

El tratamiento de las aguas residuales se configura con dos redes, este (talleres y acceso norte) y oeste (servicios plataforma y acceso sur, que verterán a los puntos previstos en la urbanización del Área logística).

Se ha previsto una parcela para la instalación de un centro de gestión de residuos generados en la plataforma intermodal, con capacidad para clasificar y dar traslado posterior a la planta de tratamiento de residuos prevista en el Área logística de Sagunt.

En las zonas de estacionamiento de vehículos pesados, zonas carga y descarga y almacenaje se constituirán pavimentos de hormigón armado, mientras para los viales se dispondrá pavimento de mezclas bituminosas.

Ubicación del proyecto

El ámbito territorial del proyecto, englobado en el Plan especial del Área logística de Sagunt, queda localizado al sur del núcleo de población del Port de Sagunt, en un área delimitada al norte y este por el Área logística Parc Sagunt II, a desarrollar, y al sur por la carretera CV-309 (que delimita interiormente el Parque Empresarial Sagunt I), y al este con el acceso ferroviario al puerto de Sagunto, mientras al oeste se localiza la Red ferroviaria de interés general L600 que forma parte del Corredor Mediterráneo.

El proyecto se inserta en el contexto de una infraestructura verde exterior cuyos elementos más significativos son el Marjal dels Moros, zona húmeda catalogada e incluida en la Red Natura 2000, el Parque Natural de la Sierra Calderona y el paraje natural protegido La Costera.

El área de la plataforma intermodal proyectada se encuentra cercana al Corredor Terrestre Huerta– Marjal dels Moros-Serra Calderona-Río Palancia, que tiene como objetivo facilitar la conexión ecológica entre los mencionados espacios naturales, la continuidad de este corredor a través del Área logística se garantiza con las actuaciones contempladas en el proyecto de urbanización del Área logística en desarrollo del Plan especial.

La parcela a urbanizar no presenta ninguna figura de protección medioambiental, salvo la proximidad de las ya indicadas, encontrándose fuera del perímetro de afección de 500 m de la zona húmeda de la Marjal. No se produce afección a terreno forestal PATFOR, ni discurren vías pecuarias por el ámbito.

El suelo en el área afectada, por sus características de textura, profundidad y fertilidad tiene una capacidad de uso agrícola muy elevada. Actualmente el área se encuentra ocupada por un mosaico de cultivos frutales, en su mayoría cítricos.

El ámbito de afección presenta vulnerabilidad media de acuíferos. La ejecución del proyecto se realiza sobre la masa de agua subterránea. 080-128 Plana de Sagunto, la cual presenta un estado global malo según los datos de la Confederación Hidrográfica del Júcar. El suelo afectado presenta permeabilidad alta, con alta accesibilidad a los acuíferos. Según el informe cartografía territorial de los suelos críticos para la recarga de acuíferos en la Comunitat Valenciana, el sector se ubica en áreas a mejorar para la recarga de acuíferos con afección por intrusión marina.

No se afecta a ningún cauce o masa de agua superficial, ni se localiza en zonas con riesgo de inundación según el PATRICOVA. El espacio a ocupar por la plataforma intermodal intercepta únicamente la acequia Braç de la Torre.

La parcela se ubica sobre terrenos con riesgo de erosión muy bajo.

No se identifican hábitats contenidos en el anexo I de la Directiva 92/43/CE. Según los datos del Banco de datos de la biodiversidad de la Comunitat Valenciana, no se localizan especies prioritarias de fauna o flora en la zona. No se ha detectado presencia de especies catalogadas en instrumentos de protección ni ejemplares de árboles monumentales. La mayor parte del terreno se encuentra ocupado por cultivos no habiendo en el ámbito vegetación natural más allá a la existente en terrenos abandonados y márgenes.

El área se incluye en zona de protección de avifauna por tendidos eléctricos según la Resolución de 6 de julio de 2021, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se amplían las zonas de protección de la avifauna contra la colisión y electrocución.

El área se enmarca en una zona con un elevado número de yacimientos arqueológicos y etnológicos, aunque no se afecta a elementos inventariados en la zona a ocupar por la plataforma.

Paisajísticamente, el sector se encuentra confinado por las infraestructuras de transporte primarias y los polígonos industriales desarrollados El área está configurada con un parcelario de huerta tradicional irrigado a través de acequias. Las infraestructuras de transporte, las torres eléctricas y la concentración del suelo industrial más consolidado hacia el frente litoral y el límite con la población Port de Sagunt generan una distorsión escénica y desconexión de esta área con respecto a otros espacios similares próximos, como es la Huerta de Valencia.

Características del potencial impacto

Las actuaciones proyectadas producirán impactos asociados al tráfico rodado de maquinaria, al movimiento de tierras, y a la producción de residuos de obra o consumo de recursos (materiales, energía, agua, etc).

En la identificación de los efectos medioambientales se han tenido en cuenta tanto las conclusiones del plan especial e informes sectoriales emitidos en su tramitación, como los correspondientes al proyecto de urbanización del Área logística.

La documentación aportada analiza diversas alternativas que se limitan a la distribución de espacios y número de vías a implantar en el ámbito de la parcela, sin que ninguna de ellas implique afecciones ambientales diferenciadas en su conjunto.

A continuación, se exponen los impactos potenciales entre los factores ambientales asociados y las acciones propias del proyecto, así como las medidas preventivas, correctoras y compensatorias previstas.

•Espacios naturales protegidos

Tal y como se ha indicado previamente el área a ocupar por la plataforma no se sitúa en el ámbito territorial de espacio natural protegido de los recogidos en la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, ni espacio de la Red Natura 2000, no obstante, debido a la envergadura del proyecto, a su cercanía con espacios naturales en régimen de protección y al corredor territorial, en el objetivo de las medidas correctoras previstas está el de minimizar la afección directa o indirecta sobre los espacios ya mencionados.

El plan de gestión de la Marjal dels Moros aprobado por el Decreto 127/2015, de 31 de julio, del Consell, establece la obligación de mantener o restaurar los hábitats en un estado de conservación favorable. Para mantener ese estado en zonas húmedas, se debe asegurar la continuidad de las aguas tanto subterráneas como superficiales. Existen 1 acequias interceptadas por el ámbito del sector: Braç de la Torre. Conforme a la documentación presentada, se va a proceder a su reposición en áreas que no interfieran con el funcionamiento de la futura explotación mediante una tubería de PVC paralela al polígono Camí la Mar.

Si durante la fase de ejecución de las vías o la urbanización interior de la parcela se detectase que por las aguas de escorrentía se pueden ver afectadas otras zonas colindantes, como la Marjal dels Moros, se establecerán mecanismos de corrección adicionales tales como sistemas de derivación a balsas de decantación.

•Flora y fauna

En la fase de construcción se prevé un impacto relevante sobre la flora y la vegetación asociado al movimiento de tierras y maquinaria pesada, montaje de instalaciones asociadas, así como afecciones intrínsecas como derrame de vertidos o acopio de residuos.

Como consecuencia de la pérdida del hábitat tras la eliminación de la cobertura vegetal, la afección a la fauna provocará su desplazamiento permanente, implementándose vallado no compatible con el paso de fauna para delimitar el perímetro de toda la instalación.

Respecto de las líneas eléctricas estas se prevén soterradas, en cualquier caso cualquier tendido aéreo requerirá la aplicación del Real decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra colisión y electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

Las características de la plataforma intermodal no la hacen adecuada para la implementación de las medidas ligadas a la conectividad territorial y ecológica recogidas en el Plan Especial, quedando fuera de la zona del corredor ecológico previsto en este.

Como medidas correctoras en las zonas verdes y ajardinadas se evitará el empleo de especies exóticas invasoras, de acuerdo a lo establecido en el Real decreto 360/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, se plantarán especies autóctonas y especies de transición de la Marjal dels Moros, se realizarán setos vivos y se habilitarán pequeñas lagunas en las zonas verdes conectadas a la red drenaje.

•Hidrología y calidad de las aguas

La tipología de la actuación obliga a no dar continuidad a la red de acequias que atraviesa la parcela, por lo que estas se reponen por el exterior de la misma.

El proyecto de plataforma supondrá el sellado de la mayor parte del terreno, para el control de escorrentías se plantean una red de pluviales y una red de aguas grises para el control de la contaminación de las primeras aguas de lluvia mediante imbornales y rejillas en las zonas con pavimento de hormigón y viales.

En la playa de vías montadas sobre balasto, el sistema se basará en la impermeabilización de la plataforma sobre la que se apoye la subbase, y derivación de las aguas infiltradas por el balasto, hacia cunetas laterales o colectores drenantes, que lleven estas primeras aguas de lluvia a arquetas desengrasadoras y conexión con la red de aguas grises

Para favorecer la infiltración se proyecta el uso de SUDS: pavimentos permeables, alcorques estructurales, jardines de lluvia, zanjas de infiltración, cunetas vegetadas, en zonas ajardinadas, diversas zonas de aparcamiento y zonas no dedicadas al tránsito de vehículos pesados.

Se implementarán en las edificaciones a ejecutar, mecanismos de recogida de aguas de las cubiertas, depósitos de riego para zonas ajardinadas, cubiertas vegetales.

Se plantean medidas adicionales en el documento ambiental con el fin de evitar que se produzcan arrastres, como definir la ubicación de las instalaciones auxiliares relativas a vertederos, zonas de acopio y escombreras, lejos del corredor ecológico del Área Logística.

Para la protección de acuíferos el documento ambiental propone instalar elementos de separación hidrodinámica en la red de aguas grises a implantar. De igual modo en fase de obra las operaciones de limpieza y mantenimiento de maquinaria se realizarán en zonas adecuadas para la recogida de vertidos. La plataforma intermodal y todas sus instalaciones, talleres, zona de repostaje, contarán con sistemas completos de drenaje con cámaras desengrasantes y separadores de sólidos previos a su integración a la red de drenaje del Área logística. En fase de funcionamiento se tendrá en cuenta el programa de actuación en las zonas vulnerables designadas en la Comunitat Valenciana a fin de no generar un impacto sobre las aguas subterráneas.

•Suelo

La mayor afección viene dada por el movimiento de tierras y la propia transformación del suelo agrícola a un uso industrial conformado fundamentalmente por viales, edificaciones y plataforma ferroviaria. Se consideran en el documento ambiental, afecciones ya descritas relacionadas con la vegetación e hidrología como: el acopio de materiales, vertidos accidentales o reducción de la capacidad de infiltración, entre otras.

Se dispondrá de un kit de anti-vertidos para evitar que cualquier vertido afecte al subsuelo o a zonas de escorrentía. Para la ubicación de puntos limpios de residuos peligrosos se utilizarán plataformas impermeables, aplicándose la normativa relativa a residuos para su manipulación.

La estación intermodal y el shunting yard presentan desnivel respecto de la línea de edificación de las parcelas industriales, por lo que se requiere un elevado movimiento de tierras y elementos de contención para el aterrazado de las distintas plataformas, como medida correctora en el documento ambiental se indica que se fomentará el balance de tierras y reutilización para evitar sobreexcavaciones y se planteará coordinar con las labores de urbanización de las distintas parcelas del Área logística la reutilización de sobrantes.

El material para los rellenos procederá de préstamos autorizados, intentando en la medida de lo posible, siempre que se cumplan las especificaciones del material, utilizar la tierra procedente de la excavación.

Las zonas de suelo no afectada por cada una de las fases de ejecución de la plataforma se mantendrán sin alterar con el fin de minimizar los procesos erosivos en el terreno, adaptando las zonas de borde entre estas para su integración.

No se prevé afección sobre afloramientos geológicos y, siendo que se trata de un relieve plano, se considera compatible la afección sobre la geomorfología tras la aplicación de medidas correctoras.

Asimismo, se retirará y acopiará el suelo fértil para su posterior reutilización en las zonas verdes o valoración en otras zonas próximas si procede.

Para evitar el sellado de suelo, aparte de las medidas indicadas para favorecer la infiltración natural, se complementará con medidas como la no compactación de zonas verdes y zonas sin uso.

•Calidad del aire

El desarrollo del proyecto supondrá emisiones de partículas, polvo y sustancias contaminantes asociadas al trasiego de maquinaria y movimiento de tierra. Asimismo, el cambio de uso del suelo supondrá un aumento en el número de desplazamientos de la zona, consecuencia del acceso de los trabajadores y mercancías, lo que generará una peor calidad del aire ambiente.

Como medidas correctoras y mitigadoras para el control de emisiones, incluidas las acústicas, se contemplan en el documento ambiental medidas de carácter general y buenas prácticas constructivas y de mantenimiento general de la maquinaria tanto en fase constructiva como de explotación garantizando en todo momento el cumplimiento de la normativa en materia de contaminación atmosférica. Como medida concreta se evitará utilizar las zonas cercanas a la CV-309 y la zona oeste, cercana al corredor ecológico, como zonas de acopio.

El documento ambiental no desarrolla un estudio acústico propio de la plataforma y basa sus conclusiones en el estudio acústico del Plan especial y en un estudio de generación de ruido por tráfico ferroviario en el ámbito de implantación, en los mismos se concluye que no se superarán los límites establecidos en la normativa y ordenanzas municipales vigentes en materia de emisiones acústicas. Se valora la posibilidad de realizar un estudio acústico en fase operacional que valore las afecciones en materia de ruidos.

Como medidas correctoras en materia acústica se pretende que todas las locomotoras de línea como el material motor de maniobras empleen motores eléctricos teniendo en cuenta que el transito ferroviario siempre se realizará a velocidad de maniobra. De igual modo, se impulsará el uso de vehículos y maquinaria con motores eléctricos y se realizarán periódicamente mediciones acústicas para comprobar el cumplimiento de los límites.

•Cambio climático

En relación con la huella de carbono de la plataforma intermodal, destacar que el proyecto tiene por objeto la construcción de la plataforma intermodal que dará servicio al propio sector Parc Sagunt II, al conectarlo con la nueva plataforma ferroviaria de acceso al puerto de Sagunto. En particular, la propia iniciativa Mercancías 30, contempla la potenciación del transporte ferroviario de mercancías como eje vertebrador de las cadenas logísticas multimodales, desde la perspectiva dual de la recuperación económica post covid-19 y la consecución de los objetivos de descarbonización y sostenibilidad del transporte. Específicamente se incluyen como acciones a realizar la conexión ferroviaria con los puertos y terminales intermodales y logísticas. Cabe por tanto concluir, sin necesidad de emplear fórmulas de simulación numérica, que se trata de una infraestructura clave en la disminución de la huella de carbono del parque empresarial en su conjunto.

El proyecto incluye una estimación de la huella de carbono, que analiza el nuevo balance de sumideros tras la eliminación de los campos de cítricos y la incorporación de nuevas zonas verdes. Se establece un balance de emisiones globales negativo de 1.296t CO2/año, estableciéndose entre otras como medidas compensatorias al redacción de un anejo específico sobre compensación de perdida de reservas de carbono en el proyecto constructivo, un anejo específico de fomento de la electromovilidad con actuaciones específicas como la instalación cargadores eléctricos para un mínimo de un 50 % de las plazas de turismos y un 15 % de pesados, medidas para cubrir el 100 % del consumo eléctrico mediante fuentes renovables, con la instalación entre otras de pérgolas en las plazas de aparcamiento con paneles fotovoltaicos, implantación de uso de combustibles alternativos en todas las actividades posibles, estaciones de suministro de combustibles alternativos GNL-GNC y GLP además de gasoil y gasolina.

•Consumo de recursos y producción de residuos

Conforme el documento ambiental y el informe de la Confederación Hidrográfica del Júcar emitido en aras de la tramitación del Plan especial, se priorizará que la principal fuente de suministro para las actuaciones propuestas sean las instalaciones de desalación presentes en el ámbito territorial y que, una vez agotado este recurso, se utilizarán fuentes procedentes de la reserva de agua para la zona prevista en el Plan hidrológico de cuenca. Se implementan a su vez las medidas comentadas previamente para el aprovechamiento y reutilización de las aguas de escorrentía.

En cuanto al consumo de energía, el trasiego de vehículos durante la fase de explotación y el empleo de maquinaria tanto pesada como no pesada en las diferentes fases de ejecución, lleva asociado un consumo en forma de combustibles fósiles.

Se prevé también consumo eléctrico asociado al alumbrado público, iluminación de instalaciones logísticas, áreas de movimientos de maquinaria y mercancías e iluminación arquitectónica. El diseño de dichas instalaciones eléctricas cumplirá con la normativa técnica vigente de forma que se garantice la eficiencia energética y la minimización de la contaminación lumínica, y las recomendaciones contenidas en el Plan de energía sostenible de la Comunitat Valenciana.

Los residuos generados serán gestionados conforme la normativa vigente en materia de residuos. Los peligrosos (aceites e hidrocarburos principalmente), de construcción y demolición se entregarán a un gestor autorizado; los sobrantes de excavación (tierras naturales excavadas) se reutilizarán como material de relleno o acondicionamiento del terreno; y para los residuos sólidos urbanos se proyecta un punto limpio previo a su envío a la planta de transferencia del Área logística teniendo en cuenta el Plan integral de residuos de la Comunitat Valenciana.

Antes del inicio de las obras se definirá la localización de las instalaciones auxiliares y parque de maquinaria, los cuales serán dotados de puntos limpios para la ejecución de actividades susceptibles de producir lixiviados contaminantes del suelo y aguas subterráneas.

•Paisaje

El entorno del proyecto de plataforma intermodal al igual que el del Plan especial del que forma parte, corresponde con cultivos de regadío próximos al frente litoral, considerándose relevantes por su valor paisajístico, estado de conservación y representatividad de acuerdo con el PAT de Infraestructura Verde y Paisaje de la Comunitat Valenciana, no estando integrado el ámbito de actuación en ningún de los paisaje de relevancia regional contemplados en el PAT.

Se han definido en el estudio de integración paisajística un total de ocho unidades de paisaje (UP) segregadas según la clasificación del suelo en agrícolas e industriales, cuyos componentes (vegetación, cobertura, uso del suelo, infraestructuras, etc) han sido valoradas paisajísticamente. Únicamente se ve afectada una unidad de paisaje, UP-05 ZHCoscollars – Vinya Buida., configurada por un parcelario de huerta tradicional irrigado a través de acequias, donde predominan los cultivos hortofrutícolas. Se produce una transformación total del espacio generando un espacio de transición entre los polígonos industriales existentes.

Como medidas para mitigar afecciones sobre el paisaje y mejorar la calidad visual del entorno se proponen medidas enfocadas a la minimización del suelo sellado, la naturalización de los cerramientos y separación de espacios mediante barreras vegetales donde sea posible o elementos abiertos que permitan su uso conjunto, creación de nuevo habitas con la implantación de setos vivos y balsas de laguna que formarán parte de los SUDS, la revegetación de zonas verdes con especies autóctonas.

Las instalaciones de alumbrado se diseñarán minimizando la contaminación lumínica, y se priorizará la implementación de sistemas de bajo consumo energético, así como el origen de este por fuentes renovables, entre ellas instalaciones fotovoltaicas que se integrarán en las edificaciones y espacios libres internos, no ocupando las zonas verdes previstas.

El estudio de integración define las medidas de integración a implementar en cada área de la plataforma, adecuando estas a las características de cada zona, entre otras el empleo de materiales y elementos de drenaje en el diseño de la urbanización que eviten vertidos y disminuyan el porcentaje de sellado, creación de muros y pantallas vegetales en cerramientos y revestimientos de fachadas; medidas de minimización de la contaminación lumínica; el tratamiento de fachadas y cubiertas con tonalidades visualmente óptimas.

•Patrimonio cultural

Conforme el documento ambiental, en la fase de movimiento de tierras se realizará un seguimiento arqueológico de toda el área. Si durante la ejecución de las obras se encontraran restos paleontológicos, arqueológicos o etnográficos, se pondrá el hecho en conocimiento de la Conselleria competente en patrimonio cultural.

Se ha solicitado informe a la Dirección General de Cultura y Patrimonio en relación con las afecciones del proyecto no habiéndose recibido contestación por dicho órgano. No obstante, como resultado de la tramitación del Plan especial del Área logística se emitió informe favorable condicionado a la ejecución de medidas preventivas por dicho órgano, por lo que será necesario el cumplimiento de los preceptos reflejados en dicho informe.

•Vulnerabilidad del proyecto

El documento ambiental contiene un análisis de riesgos y vulnerabilidad del proyecto, donde se analizan los riesgos naturales (incendios, inundación, fenómenos atmosféricos, fenómenos sísmicos), riesgos tecnológicos (accidentes graves, transporte y almacenamiento de sustancias peligrosas). No se identifican en el análisis vulnerabilidad de las instalaciones ante riesgos naturales que requieran de medidas correctoras concretas. En cuanto a los riesgos derivados de accidentes en la propia plataforma o instalaciones cercanas, no se estima que los posibles efectos adversos significativos sobre los diferentes factores ambientales requieran la aplicación de medidas adicionales, más allá del cumplimiento de la normativa vigente en materia de transporte, almacenamiento y manipulación de materiales y actividades potencialmente peligrosas.

•Plan de vigilancia ambiental

El plan de vigilancia ambiental propone la implantación de un plan de seguimiento en el cual, se compruebe que las obras se realizan de acuerdo con el proyecto y que se asegure del cumplimiento de la normativa ambiental, así como las medidas preventivas, correctoras y los requisitos establecidos en el IIA y en resoluciones complementarias. Adicionalmente, la información recogida en el programa se plasmará en informes periódicos (informes de estado, de control de residuos, afección sobre elementos patrimoniales, etc.) y extraordinarios puntuales en caso de sucesos excepcionales tanto en la fase de implantación como la de funcionamiento que serán remitidos al órgano sustantivo.

Conclusión

Considerando la magnitud de los impactos previsibles, las características y destino de los terrenos afectados y las medidas preventivas y correctoras planteadas, se estima que el proyecto no generará efectos significativos sobre el medio ambiente.

Consideraciones jurídicas

El Proyecto de construcción de la plataforma intermodal del Área logística Sagunt, constituye un supuesto de evaluación de impacto ambiental simplificada, de acuerdo con el artículo 7.2 de la Ley 21/2103, de 9 de diciembre, en concordancia con el epígrafe grupo 7. Proyectos de infraestructuras: c) Construcción de vías ferroviarias y de instalaciones de transbordo intermodal y de terminales intermodales de mercancías, de su anexo II.

El expediente ha seguido el trámite de evaluación de impacto ambiental simplificada, previsto en la sección 2ª, capítulo 2 del título II de la Ley 21/2013.

El Decreto 176/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, atribuye a la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental la competencia sobre la evaluación de impacto ambiental de proyectos.

Por todo cuanto antecede, a propuesta del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental y con el visto bueno del subdirector general de Calidad y Educación Ambiental, en uso de las atribuciones que ostento, resuelvo:

Primero

Estimar que el Proyecto de construcción de la plataforma intermodal del Área logística Sagunt, sin perjuicio de la previa obtención de las autorizaciones sectoriales que le sean de aplicación, no tendrá efectos significativos sobre el medio ambiente y no requiere una evaluación de impacto ambiental ordinaria, siempre que se ajuste a las previsiones del proyecto, del documento ambiental y a los términos del presente informe y condicionado.

(1) Los volúmenes de aguas grises a generar y la calidad de estas debe quedar suficientemente determinados en el proyecto, identificando el tratamiento de estas previó a su vertido a la red prevista en el Área logística.

(2) La tierra vegetal sobrante que no pueda ser reutilizada en futuras actuaciones del sector se entregará por gestor autorizado.

(3) Todos los préstamos necesarios, incluidos balasto, subbalasto y capa de forma, deberán proceder únicamente de canteras autorizadas por el organismo competente de la Generalitat Valenciana.

(4) Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la ejecución del proyecto, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de recicla¬je autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

(5) El alumbrado se resolverá con luminarias de tipo LED de orientación adecuada y baja dispersión y, en cualquier caso, que posibiliten disminuir la contaminación lumínica y la afección de las aves nocturnas

(6) En la fase de funcionamiento se realizarán auditorias acústicas y lumínicas periódicas, a partir de cuyos resultados se determinará la necesidad de implantar nuevas medidas correctoras.

Segundo

De conformidad con lo previsto en el artículo 47 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre:

A. El informe de impacto ambiental se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, sin perjuicio de su publicación en la sede electrónica del órgano ambiental.

B. El informe de impacto ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación, salvo que se acuerde la prórroga de la vigencia del informe de impacto ambiental.

C. El informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto, en su caso, de autorización del proyecto.

Tercero

El órgano sustantivo publicará en el boletín oficial correspondiente la decisión de autorizar o denegar el proyecto, en los términos previstos en el artículo 48 de la Ley 21/2103, de 9 de diciembre.

València, 16 de junio de 2023.– El director general de Calidad y Educación Ambiental: Joan Piquer Huerga.»

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