Presidencia de la generalitat - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9645)

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RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2023, de la Presidencia de la Generalitat, de corrección de error de la Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Presidencia de la Generalitat, de concesión del Premio President y de los Premios Generalitat a las fallas grandes e infantiles de 2023. [2023/8243]

Por el Decreto 38/2022, de 30 de diciembre, del president de la Generalitat, se crearon el Premio President y los premios Generalitat a las fallas grandes e infantiles (DOGV 9506, 05.01.2023).

Mediante la Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Presidencia de la Generalitat (DOGV 9561, de 24.03.23) se convocaron el Premio President y los premios Generalitat a las fallas grandes e infantiles de 2023.

Mediante la Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Presidencia de la Generalitat, se concedieron el Premio President y de los premios Generalitat a las fallas grandes e infantiles de 2023 (DOGV 9605, 29.05.2023).

Tras la publicación de esta resolución, se ha comprobado que la falla Barri del Carme de Picanya acreditó el premio a la mejor falla del municipio, tanto grande como infantil, mediante presentación de la certificación dentro del plazo establecido por la convocatoria, así como la presentación posterior de la totalidad de la documentación requerida.

No obstante, la resolución de concesión únicamente reflejó la concesión a dicha falla del premio a la mejor falla infantil del municipio de Picanya.

En virtud de cuanto antecede, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que establece que las administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, resuelvo:

Primero

Rectificar el error detectado en el apartado noveno de la Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Presidencia de la Generalitat, de concesión del Premio President y de los premios Generalitat a las fallas grandes e infantiles de 2023, en el siguiente sentido:

Donde dice:

«1. Conceder el premio Generalitat, en la categoría mejor falla grande en municipios de la Comunitat Valenciana de menos de 20.000 habitantes, a las siguientes fallas ganadoras, tanto por otorgarse premios en el municipio como por así haberlo determinado el ayuntamiento, o fallas únicas, por una cuantía, para cada una de ellas, de quinientos euros (500 €) a la cual se practicarán los descuentos y retenciones que le sean aplicables:

– Albal: Falla La Florida

– Albalat de la Ribera: Falla Campassos

– Alfara del Patriarca: Falla La Unió

– Benetússer: Falla Joventut

– Benifaió: Falla Mitja Capa

– Buñol: Falla Nuevo Buñol

– Castelló: Falla Las Moreretes

– Casinos: Falla Pensat i Fet

– Cheste: Falla Barrio de la Alegría

– Chiva: Falla Ramón y Cajal

– El Genovés: Falla La Moteta

– Faura: Falla Vila de Faura

– Foios: Falla La Comunitat

– Gilet: Falla de Gilet

– Godelleta: Falla Godayla

– L'Alcúdia: Falla Tirant lo Blanc

– Massamagrell: Falla Les Casetes

– Massanassa: Falla L'Alquería

– Meliana: Falla L'Harmonia

– Nàquera: Falla Amigos de Nàquera

– Pedralba: Falla La Replaceta

– Pego: Falla La Font

– Rotglà i Corberà: Falla Foc i Flama

– Sedaví: Falla Cuna del Mueble

– Silla: Falla Port de Silla

– Sollana: Falla L'Arrabal

– Tuejar: Falla de Tuéjar

– Vallada: Falla Blasco Ibáñez

– Xeraco: Falla La Foguerà»

Debe decir

«1. Conceder el premio Generalitat, en la categoría mejor falla grande en municipios de la Comunitat Valenciana de menos de 20.000 habitantes, a las siguientes fallas ganadoras, tanto por otorgarse premios en el municipio como por así haberlo determinado el ayuntamiento, o fallas únicas, por una cuantía, para cada una de ellas, de quinientos euros (500 €) a la cual se practicarán los descuentos y retenciones que le sean aplicables:

– Albal: Falla La Florida

– Albalat de la Ribera: Falla Campassos

– Alfara del Patriarca: Falla La Unió

– Benetússer: Falla Joventut

– Benifaió: Falla Mitja Capa

– Buñol: Falla Nuevo Buñol

– Castelló: Falla Las Moreretes

– Casinos: Falla Pensat i Fet

– Cheste: Falla Barrio de la Alegría

– Chiva: Falla Ramón y Cajal

– El Genovés: Falla La Moteta

– Faura: Falla Vila de Faura

– Foios: Falla La Comunitat

– Gilet: Falla de Gilet

– Godelleta: Falla Godayla

– L'Alcúdia: Falla Tirant lo Blanc

– Massamagrell: Falla Les Casetes

– Massanassa: Falla L'Alquería

– Meliana: Falla L'Harmonia

– Nàquera: Falla Amigos de Nàquera

– Pedralba: Falla La Replaceta

– Pego: Falla La Font

– Picanya: Falla Barri del Carme

– Rotglà i Corberà: Falla Foc i Flama

– Sedaví: Falla Cuna del Mueble

– Silla: Falla Port de Silla

– Sollana: Falla L'Arrabal

– Tuejar: Falla de Tuéjar

– Vallada: Falla Blasco Ibáñez

– Xeraco: Falla La Foguerà»

Segundo

Rectificar el error detectado en el apartado undécimo de la Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Presidencia de la Generalitat, de concesión del Premio President y de los premios Generalitat a las fallas grandes e infantiles de 2023, en el siguiente sentido:

Donde dice:

«El importe total de los premios asciende a 149.000 € (ciento cuarenta y nueve mil euros) y se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 05.01.01.111.70, línea S0693000, del presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2023.»

Debe decir:

«El importe total de los premios asciende a 149.500 € (ciento cuarenta y nueve mil quinientos euros) y se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 05.01.01.111.70, línea S0693000, del presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2023».

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, un recurso de reposición ante la Presidencia de la Generalitat en el plazo de un mes, de acuerdo con lo que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, un recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro que estimen pertinente.

València, 18 de julio de 2023.– El president de la Generalitat, (p. d. art. 6 Decreto 38/2022, de 30 de diciembre, del president de la Generalitat; DOGV 9506, 05.01.2023), el subsecretario: Emili Josep Sampio Morales.

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