Conselleria de política territorial, obras públicas y movilidad - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9619)
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RESOLUCIÓN de 10 de mayo de 2023, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se amplía el presupuesto previsto en la Orden 2/2022, de 28 de marzo, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, por la que se convocan las ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU. [2023/5197]
Por Real decreto 983/2021, de 16 de noviembre, se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se establecen las bases reguladoras del programa de ayudas de aplicación a la Comunitat Valenciana.
Por Orden 2/2022, de 28 de marzo, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, se convocan ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
En el artículo 5.3 de la citada Orden 2/2022, de 28 de marzo, se recoge que durante la vigencia del programa se podrá incrementar el presupuesto destinado a esta convocatoria como consecuencia de una ampliación del mismo, tal y como se establece en el Real decreto 983/2021, de 16 de noviembre.
Mediante Resolución de fecha 1 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se concede a la Comunitat Valenciana ampliación de la subvención regulada en el Real decreto 983/2021, de 16 de noviembre, por importe de 24.229.760,00 que debe destinarse a los beneficiarios y para financiar las actividades establecidas en dicha norma.
Por todo lo anterior, en virtud de lo que dispone el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell y el artículo 11 del Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias, y sus atribuciones, resuelvo:
Primero
Incrementar en 24.229.760,00 la dotación presupuestaria correspondiente a la convocatoria de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, convocadas por Orden 2/2022, de 28 de marzo, de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, con cargo a la aplicación presupuestaria 08.99.99.51399.7 línea S8844000 para el ejercicio 2023.
El presupuesto total asignado a la Comunitat Valenciana para dicha convocatoria será, en consecuencia, de 42.884.531,00 , cuyo reparto entre las actividades subvencionables se ejecutará teniendo en cuenta los porcentajes indicados en el artículo 5.2 de la Orden 2/2022, de 28 de marzo, esto es:
a) Actividad 1: achatarramiento (un máximo de 45 % del presupuesto global), es decir, un importe máximo de 19.298.038,95 .
b) Actividad 2: adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono (un mínimo de 40 % del presupuesto global), es decir, un importe mínimo de 17.153.812,40 .
Segundo
Esta resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa se podrá, potestativamente, interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
València, 10 de mayo de 2023. La consellera de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad: Rebeca Torró Soler.