Conselleria de participación, transparencia, cooperación y calidad democrática - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9617)

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RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2023, de la consellera de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se conceden subvenciones destinadas a asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro, así como a entidades locales de la Comunitat Valenciana, para la formación, divulgación y otras actuaciones en materia de responsabilidad social durante el ejercicio 2023, en el marco de la Orden 3/2019, de 21 de febrero, de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, y de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática. [2023/6437]

Vistas las actuaciones realizadas para la tramitación y resolución de los expedientes incoados como consecuencia de las solicitudes presentadas en el marco de la Orden 3/2019, de 21 de febrero, de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación (DOGV 8495, 27.02.2019), en relación con la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se convoca la concesión de dichas subvenciones para el ejercicio 2023 (DOGV 9498, 27.12.2022), se resuelve dicha convocatoria en base a los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. En la Orden 3/2019, de 21 de febrero, de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación (en adelante, la Orden), se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro, así como a entidades locales de la Comunitat Valenciana, para la formación, divulgación y otras actuaciones en materia de responsabilidad social.

En el marco establecido por dichas bases reguladoras, a través de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, se convocó la concesión de dichas subvenciones para el ejercicio 2023.

Segundo. De conformidad con el resuelvo sexto de la citada resolución de convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes se inició el 16 de enero de 2023 y finalizó el 15 de febrero de 2023, ambos inclusive. Como resultado de ello se han presentado en plazo un total de 238 solicitudes, habiéndose incoado los correspondientes expedientes.

Tercero. Vistas las solicitudes presentadas, se efectuaron trámites de audiencia con carácter previo a la inadmisión a trámite de 59 solicitudes, ya que, a la vista de la descripción del proyecto, el objeto, las actividades y los objetivos reseñados en los programas presentados, se consideraba que las actuaciones para las que se solicitan las ayudas no estaban ajustadas a lo exigido en el artículo 1 de la Orden 3/2019, de 21 de febrero. En ese trámite de audiencia han presentado alegaciones 15 entidades, habiéndose estimado, bien total o parcialmente, las alegaciones presentadas por 5 entidades, habiendo sido desestimadas el resto de alegaciones.

Cuarto. Asimismo, y respecto de la mayoría del resto de solicitudes, se efectuaron requerimientos para que las entidades pudieran subsanar las mismas, advirtiendo expresamente que, de no subsanar la falta o no presentar toda la documentación exigida en el plazo legalmente concedido, se les tendrían por desistidas de sus peticiones.

Quinto. La comisión de valoración prevista en el artículo 9 de la Orden se reunió en fecha 11 de mayo de 2023, para evaluar las solicitudes admitidas a trámite conforme a los criterios objetivos de otorgamiento contenidos en el artículo 6 de la Orden, y asignar las cuantías individualizadas de subvención, según lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden.

El procedimiento seguido por el órgano colegiado queda recogido en el acta de la referida sesión, en la que también consta que, por unanimidad de las personas asistentes, se acordó elevar al órgano competente para resolver una propuesta motivada que coincide íntegramente con la parte dispositiva de esta resolución.

Sexto. El órgano instructor ha emitido informe en el que se certifica que las entidades beneficiarias cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las ayudas establecidas en la convocatoria.

Fundamentos de derecho

I. De conformidad con el artículo 160.4.c de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, así como con los artículos 1 y 4 del Decreto 179/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, todo ello en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden, el órgano competente para resolver sobre la concesión de las subvenciones convocadas es la consellera de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática.

II. De conformidad con el apartado 1 del artículo 8 de la Orden, la Dirección General de Calidad Democrática, Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno se ha encargado de ordenar e instruir el procedimiento, acordando todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales procede adoptar la resolución pertinente.

III. La Ley 9/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023 (DOGV 9502, 31.12.2022), prevé, dentro de la aplicación 22.03.02.111.80.4 (programa denominado «responsabilidad social y fomento del autogobierno»), la línea presupuestaria S8055000, destinada a financiar la concesión de subvenciones a asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro, así como a entidades locales de la Comunitat Valenciana, para la formación, divulgación y otras actuaciones en materia de responsabilidad social, con un importe máximo global de 300.000,00 € (trescientos mil euros).

IV. La Comisión de valoración, de conformidad con los artículos 9 y 10 de la Orden, acordó en fecha 11 de mayo de 2023, por unanimidad de las personas asistentes, elevar propuesta motivada de resolución en los términos que figuran en el acta de la referida sesión, la cual se incorpora al expediente de tramitación y se asume su contenido en su integridad.

En virtud de cuanto antecede y demás normativa que resulte de pertinente aplicación, resuelvo:

Primero

Inadmitir a trámite las solicitudes formuladas por las entidades que se relacionan en el anexo I, ya que del contenido del programa presentado, (descripción del proyecto, objetivos, metodología y actividades), se considera que las actuaciones para las que se solicitan las ayudas no se ajustan a lo exigido en el artículo 1 de la Orden 3/2019, de 21 de febrero.

Segundo

Excluir las solicitudes de las entidades que figuran en el anexo II por los motivos que se indican en cada caso.

Tercero

Conceder la subvención a las entidades que figuran en el anexo III, ordenadas por orden decreciente de puntuación, por los importes que se indican en el mismo.

Las puntuaciones se han otorgado en aplicación de los criterios objetivos de otorgamiento previstos en los artículos 6 y 7 de la Orden, en relación con los resuelvos noveno y décimo de la Resolución de convocatoria, y los importes económicos han sido determinados proporcionalmente en función de la puntuación obtenida por cada entidad solicitante, si bien finalmente los importes definitivos de la subvención a conceder se han calculado conforme al procedimiento previsto en el punto 4 del artículo 7 de la Orden, ya que la suma de todos los importes de las subvenciones determinadas proporcionalmente en función de la puntuación obtenida por cada entidad (374.991,54 €), es superior al importe global máximo destinado a financiar la presente convocatoria (300.000,00 €).

Las subvenciones se conceden con cargo a la línea presupuestaria S8055000, destinada, dentro de la aplicación 22.03.02.111.80 (programa denominado «responsabilidad social y fomento del autogobierno»), a financiar, en el marco de la Ley 9/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023, la concesión de subvenciones destinadas a asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro, así como a entidades locales de la Comunitat Valenciana, para la formación, divulgación y otras actuaciones en materia de responsabilidad social, con un importe máximo global de 300.000,00 € (trescientos mil euros).

Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones previstas en la Orden 3/2019, de 21 de febrero, de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, especialmente las indicadas en el artículo 4, así como con las previsiones recogidas en la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, con especial atención a la obligación de respetar el plazo máximo de justificación de la subvención concedida, que vence, a tenor del resuelvo duodécimo de la citada resolución, el 25 de octubre de 2023.

Atendiendo a lo previsto en el artículo 13 de la Orden, la Dirección General de Calidad Democrática, Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno, aplicará el plan de control aprobado por Resolución de la consellera de Participación, Transparencia, Cooperación, y Calidad Democrática, el día 27 de febrero de 2023.

Cuarto. Obligaciones específicas en materia de transparencia, suministro de información y datos abiertos

1. Las entidades públicas deberán cumplir con las obligaciones de transparencia que, en virtud de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de transparencia y buen gobierno de la Comunitat Valenciana, le corresponden como entidad pública.

2. Las entidades privadas beneficiarias de la subvención deberán cumplir las obligaciones de publicidad activa recogidas en el capítulo II del título I de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, cuando:

a) Perciban durante el periodo de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000,00 euros.

b) Perciban durante el periodo de un año natural ayudas o subvenciones de las entidades públicas de la Comunitat Valenciana recogidas en el artículo 3 de la Ley 1/2022 en una cuantía superior a 50.000,00 euros.

c) Las ayudas o subvenciones percibidas representen al menos el 40 % del total de sus ingresos anuales, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000,00 euros.

En particular, deberán publicar en los términos previstos en los principios generales del artículo 5 de la Ley 19/2013 la información institucional y organizativa del artículo 6 y la económica y presupuestaria del artículo 8 de la misma. Dicha publicación se realizará a través de la página web de la entidad, o bien a través de la plataforma TEP – Transparència Entitats Privades, de GVA Oberta, a la que se puede acceder en gvaoberta.gva.es/tep.

Esta información se deberá publicar a partir del año siguiente a aquel en el que se hayan superado los umbrales establecidos, y tendrá que mantenerse publicada durante al menos cuatro años naturales.

3. Sin perjuicio de las obligaciones previstas en los apartados anteriores, todas las entidades beneficiarias de subvenciones deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, incluyendo el logotipo de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática en medios de difusión tales como carteles, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales y en cualquier otro medio de publicidad que se realice de la actividad subvencionada.

4. Todas las entidades beneficiarias de subvenciones están obligadas a suministrar a la entidad concedente, previo requerimiento, toda la información que sea necesaria para el cumplimiento por esta de las obligaciones previstas en la ley de transparencia, en el plazo de 15 días hábiles desde el requerimiento. Una vez transcurrido el plazo conferido en el requerimiento sin que el mismo hubiera sido atendido, el órgano que ha realizado el requerimiento podrá acordar, previa advertencia y audiencia al interesado, la imposición de multas coercitivas en los términos previstos en el artículo 5 de la Ley 1/2022.

5. Los nuevos conjuntos de datos que se generen por la formalización y el desarrollo de las subvenciones otorgadas por la administración de la Generalitat se deben disponer, siempre que sea posible, como conjunto de datos abiertos.

La publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana producirá los efectos de notificación a las personas interesadas, de acuerdo con lo que dispone la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

De acuerdo con el artículo 10 de la Orden, en relación con el resuelvo once de la Resolución de convocatoria, así como con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer los siguientes recursos:

a) Recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la persona titular de la conselleria con competencias en materia de responsabilidad social.

b) O bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que las entidades interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.

València, 6 de junio de 2023.– La consellera de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática: Rosa Pérez Garijo.

ANEXO I

Entidades cuyas solicitudes se inadmiten

Núm. expediente Entidad

TSPRSC/2023/46/9 Ayuntamiento de Villalonga

TSPRSC/2023/46/14 Ayuntamiento de Chulilla

TSPRSC/2023/46/19 Asociación local de empoderamiento generacional, reinserción y apoyo (ALEGRIA)

TSPRSC/2023/03/21 Asociación de Familiares, Enfermos y Colaboradores de Alzheimer de la Marina Baixa (AFA MARINA BAIXA)

TSPRSC/2023/03/22 Escuela Infantil Ampa Cid Campeador

TSPRSC/2023/03/30 Punt i Coma Associació contra els Trastorns de la Conducta Alimentaria

TSPRSC/2023/03/40 Peña Barcelonista Orihuela

TSPRSC/2023/46/41 Peña Taurina Quartell

TSPRSC/2023/46/42 Ayuntamiento de Bèlgida

TSPRSC/2023/03/43 Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer y otras demencias Miguel Hernández

TSPRSC/2023/46/45 Ayuntamiento de Ademuz

TSPRSC/2023/46/57 Ayuntamiento de Benaguasil

TSPRSC/2023/46/59 Asociación Musical Canalense

TSPRSC/2023/03/63 Asociación Conaxion 21 – Asociación para la sensibilización y divulgación de los retos del siglo XXI

TSPRSC/2023/03/66 Asociación Alicantina para la lucha contra las enfermedades de riñon (ALCER-Alicante)

TSPRSC/2023/46/74 Asociación de Labores Solidarias de La Iaia

TSPRSC/2023/46/87 Ayuntamiento de Guadasséquies

TSPRSC/2023/46/90 Fundación del Sueño Mónica Duart de la Comunitat Valenciana

TSPRSC/2023/46/94 Asociación Niu de Llavors

TSPRSC/2023/03/95 Asociación TDAM Más 16 Valencia

TSPRSC/2023/03/99 Foguera Sant Blai La Torreta

TSPRSC/2023/46/110 Asociación Monofamilas – Famiias Monoparentales de la Comunidad Valenciana

TSPRSC/2023/46/112 Mancomunidad l'Horta Nord

TSPRSC/2023/03/116 Asociación La Pedrera

TSPRSC/2023/46/121 Ayuntamiento de Bicorp

TSPRSC/2023/46/124 Asociación Amas de Casa y Consumidoras de Palomar

TSPRSC/2023/46/131 Ayuntamiento de Adzeneta d'Albaida

TSPRSC/2023/12/134 Ayuntamiento de Caudiel

TSPRSC/2023/46/141 Asociación Ciudad Perdida

TSPRSC/2023/46/143 Ayuntamiento de la Font d'En Carròs

TSPRSC/2023/46/149 Asociación de Familias Afectadas por el Síndrome de Wolfram (AFASW)

TSPRSC/2023/46/156 Asociación Vivers de Diversitat

TSPRSC/2023/03/163 Asociación Senyal WoW! Col·lectiu Cultural per a un Escenari Transversal

TSPRSC/2023/46/166 Asociación del Método PAEC

TSPRSC/2023/46/172 Fundación Vicky Foods

TSPRSC/2023/03/180 Fundación Sanamente de la Comunidad Valenciana

TSPRSC/2023/03/181 Asociación Integración para la Vida (INPAVI)

TSPRSC/2023/12/186 CASDA Asociación Ciudadana Contra el Sida

TSPRSC/2023/46/187 Asociación de Municipios Forestales de la Comunitat Valenciana (AMUFOR)

TSPRSC/2023/46/196 Ayuntamiento de Benavites

TSPRSC/2023/03/199 Fundación de Servicios Familiares de la Comunidad Valenciana

TSPRSC/2023/46/209 Ayuntamiento d'Ontinyent

TSPRSC/2023/46/212 Ayuntamiento de Beniarjó

TSPRSC/2023/03/216 Club de Lucha Black Mamba Fighters Orihuela

TSPRSC/2023/46/219 Asociación Social de Cooperación y Gestión

TSPRSC/2023/46/220 Asociación Valenciana Trastorno Obsesivo Compulsivo (AVTOC)

TSPRSC/2023/12/221 Fundación Alzheimer Salomé Moliner

TSPRSC/2023/46/223 Centro Cultural Islámico de Valencia

TSPRSC/2023/03/224 Observatorio Español de Delitos Informáticos

TSPRSC/2023/46/228 Asociación Luma

TSPRSC/2023/46/232 Asociación Social Damark No Gubernamental Humanitaria

TSPRSC/2023/46/234 Centro Social y Recreativo Casa Medina

TSPRSC/2023/46/235 Asociación Prosa Elástica

TSPRSC/2023/03/236 EGALECO – Asociación Universitaria para el Estudio

ANEXO II

Entidades cuyas solicitudes se excluyen

Expediente Solicitante Motivo

TSPRSC/2023/46/4 Asociación de Comerciantes y Empresas de Canals (ASSOCIEM) 1

TSPRSC/2023/03/12 PRM Programa de Reinserción de Mujeres 4

TSPRSC/2023/46/28 Ayuntamiento de El Palomar 2

TSPRSC/2023/03/31 PRM Programa de Reinserción de Mujeres 5

TSPRSC/2023/46/39 Asociación de Daño Cerebral Adquirido del Camp de Morvedre ADACAM 3

TSPRSC/2023/46/52 Asociación Consumidores y Usuarios en Acción Facua C.V. 4

TSPRSC/2023/46/54 Mancomunidad Ribera Baixa 1

TSPRSC/2023/46/68 Ayuntamiento de Piles 1

TSPRSC/2023/03/107 Fundación Elche Acoge de la Comunidad Valenciana 1

TSPRSC/2023/03/119 Ayuntamiento de Granja de Rocamora 1

TSPRSC/2023/46/144 Asociación Fundadoras 1

TSPRSC/2023/46/150 Fadrins 2023 3

TSPRSC/2023/03/152 Món Jove Asociación para la Solidaridad y la Cooperación 1

TSPRSC/2023/03/173 Asociación Amigos del Cerezo 1

TSPRSC/2023/46/192 Ayuntamiento de Gátova 1

TSPRSC/2023/46/211 Ayuntamiento de Bellús 1

TSPRSC/2023/46/218 Asociación Valenciana Trastorno Obsesivo Compulsivo (AVTOC) 5

TSPRSC/2023/03/226 Ayuntamiento de Rafal 1

TSPRSC/2023/46/231 RS en Acción – Grupo de Promoción de la Responsabilidad Social y la Diversidad en la Comunidad Valenciana 2

Motivo de exclusión

1. No han atendido el requerimiento al no subsanar la falta o aportar la documentación requerida

2. Han atendido el requerimiento de forma incorrecta o incompleta o fuera del plazo concedido

3. No han accedido al contenido del requerimiento

4. Presenta desistimiento expreso

5. Expediente duplicado

Las actuaciones subvencionadas en los expedientes correspondientes a las entidades marcadas con un asterisco (*), son las que se indican a continuación:

Núm. Expediente Entidad solicitante Actuaciones subvencionadas del programa

TSPRSC/2023/46/20 Ayuntamiento de Andilla Actividades 1, 2 y 3, y sesiones 1, 4, 6 y 7 de la actividad 7

TSPRSC/2023/03/36 Asociación Despertar Actividad 1 y 2

TSPRSC/2023/46/80 Mancomunitat de Serveis Socials Amabs Actividades 1, 2, 5 y 6

TSPRSC/2023/46/139 Fundación Ranstad Actividad 1 y 3

TSPRSC/2023/46/148 Mancomunidad la Canal de Navarrés Actividad 5 (actuaciones 1 a 5)

TSPRSC/2023/46/167 Ayuntamiento de Vallanca Actividad 1, 4 y 5

TSPRSC/2023/03/193 Cáritas Diocesana Orihuela-Alicante Actividad 2 y 3

TSPRSC/2023/46/206 Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona Actividad 1 y 2

TSPRSC/2023/46/213 Ayuntamiento de Castielfabib Actividad 2 y 3

TSPRSC/2023/46/229 Ayuntamiento de San Joanet Actividad 1

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