Institut valencià de cultura - Autoridades y personal (DOGV nº 2023-9615)

RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2023, de la presidenta del Institut Valencià de Cultura, sobre delegación de competencias en la persona titular de la dirección general del Institut Valencià de Cultura. [2023/6211]

Por medio del Decreto 5/2019, de 16 de junio, del presidente de la Generalitat, se determinaron las consellerias en que se organiza la Administración de la Generalitat, encontrándose entre las mismas la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, a la que fueron asignadas las competencias en materia de educación, formación profesional reglada, cultura y promoción cultural, política lingüística y deporte.

Por Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, se estableció la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat y por medio del Decreto 173/2020, de 30 de octubre, se aprobó el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, el cual en su disposición adicional primera dispone que la adscripción a la Conselleria con competencias en materia de Cultura por la normativa reguladora de la entidad Institut Valencià de Cultura se realizará a través de la Secretaría Autonómica de Cultura y Deporte.

El Decreto 5/2013, de 4 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de CulturArts Generalitat, modificado por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, y por el Decreto 124/2016, de 30 de septiembre, respectivamente, dispone en su artículo 1 que el Institut Valencià de Cultura está adscrito a la conselleria competente en materia de cultura.

El Institut Valencià de Cultura tiene como finalidades -entre otras- el fomento y el impulso de la creación artística en las artes escénicas, la música, el audiovisual y las artes contemporáneas a través de la convocatoria y gestión de subvenciones, ayudas e incentivos de las diferentes materias culturales que le competen.

Para el correcto desarrollo de esas funciones, así como para la agilización de los correspondientes procedimientos administrativos, es aconsejable y oportuno proceder a una delegación de competencias en la persona titular de la dirección general del Institut Valencià de Cultura de varios actos y resoluciones.

En consecuencia, y de conformidad con lo que establecen los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelvo:

Primero

Delegar en la persona titular de la dirección general del Institut Valencià de Cultura dentro de su ámbito competencial:

1. La convocatoria y el otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Institut Valencià de Cultura. La presente delegación incluye, a su vez, la facultad de interpretar, resolver las incidencias y dictar los actos de trámite cualificados que puedan surgir como consecuencia de la tramitación de estos expedientes en todas sus fases, incluidos los errores materiales, aritméticos o de hecho.

2. La emisión de las resoluciones e instrucciones que se consideran oportunas para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en las órdenes de bases de subvenciones en concurrencia competitiva del Institut Valencià de Cultura.

3. La tramitación y resolución de los procedimientos de revocación, reintegro y minoración de las ayudas y subvenciones otorgadas por delegación de la presidencia del Institut Valencià de Cultura.

Segundo

Esta delegación de competencias podrá ser revocada en cualquier momento por el órgano delegante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Tercero

La delegación de competencias que se efectúa a través de la presente resolución se entiende sin perjuicio de que en cualquier momento la persona titular de la presidencia del Institut Valencià Cultura pueda avocar el conocimiento y la resolución de todos los asuntos que estime oportunos, en los términos establecidos en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Cuarto

Las resoluciones o actos administrativos que se adopten en virtud de esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictados por el órgano delegante.

Las atribuciones ejercidas por delegación no podrán ser objeto de delegación en otro órgano.

Quinto

La presente resolución de delegación de competencias producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer un recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo que establecen los artículos 10.1.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o potestativamente, un recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, computado en los términos ya indicados, de conformidad con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo.

València, 31 de mayo de 2023.– La presidenta del Institut Valencià de Cultura: Raquel Tamarit Iranzo.

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