Ayuntamiento de valència - Anuncios (DOGV 2023-9586)

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Anuncio de información pública en el procedimiento de declaración de incumplimiento del deber de edificar y régimen de edificación forzosa relativo al solar situado en la calle de Carniceros, 7 (E 03502- 2022 - 43). [2023/4507]

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 194 del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, aprobado por Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, la orden de edificación se someterá a información pública por el plazo de un mes anunciándose en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en un periódico de la provincia de amplia difusión y se tendrá que notificar simultánea o previamente de manera expresa a la propiedad y a los titulares de derechos reales, por lo que se hace público lo siguiente:

La teniente de alcalde de Mantenimiento y Obras de Infraestructura/Planificación y Gestión Urbana/Relaciones Institucionales, en virtud de delegación conferida por Resolución 66 de 24 de marzo de 2023, ha dictado la Resolución GL-2447 de fecha 6 de abril de 2023, que en su parte dispositiva dice lo siguiente:

Primero

Ordenar la edificación a las personas propietarias de la parcela sita en c/ Carniceros, número 7 con referencia catastral 5228704YJ2752G0001JZ, por haber superado el plazo de dos años para edificar referido en el artículo 194 del TRLOTUP, debiendo solicitar licencia y prestar garantía en los términos previstos en el apartado segundo.2. de la parte dispositiva de la presente propuesta.

Las condiciones urbanísticas de la parcela cuya edificación se ordena son las indicadas en el informe de circunstancias urbanísticas obrante en el expediente, que se resumen en:

Parcela de la calle Carniceros, número 7

Datos RMSER: libro principal, tomo I, sección 1ª solares, finca, número 42.

Datos Situación: distrito Ciutat Vella Barrio Velluters.

Datos catastrales: RC 5228704YJ2752G0001JZ.

Datos registrales:

+ Registro de la Propiedad número 3 de València.

+ Inscripción 14ª, de fecha 25 de febrero de 2013, tomo 1997, libro 247, folio 92.

Datos administrativos:

+ Expediente 03502-2022– 43

Clasificación: suelo urbano (SU).

Calificación: CHP-1-conjunto histórico protegido Ciutat Vella.

Superficie: 152 metros cuadrados.

Uso global: Rpf. / (residencial plurifamiliar).

Alturas permitidas: 4.

La parcela sobre la que pesa el deber urbanístico de edificar se encuentra sita en la calle Carniceros, 7 con referencia catastral 5228704YJ2752G0001JZ, inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de València, del siguiente modo:

– Finca número 5875 de la sección de San Vicente, inscripción 14ª, de fecha 25 de febrero de 2013, tomo 1997, libro 247, folio 92.

La presente orden de edificación implica por sí misma la inclusión en el Registro municipal de solares y edificios a rehabilitar, con efectos meramente declarativos y de publicidad, es decir, cualquier persona puede consultar el Registro y, por tanto, tener conocimiento de la orden de edificación que pesa sobre la propiedad.

En la inscripción en el Registro municipal de solares y edificios a rehabilitar se harán constar las circunstancias antes mencionadas, relativas a este solar.

Segundo

Notificar a la propiedad y demás titulares de derechos reales, quienes, en el plazo de dos meses contados desde la notificación, podrán optar por:

1. Realizar las alegaciones que tengan por conveniente.

2. Comprometerse a solicitar licencia en un plazo máximo adicional e improrrogable de otros dos meses y efectivamente a edificar, otorgando fianza del 5 % del coste de las obras mediante la presentación del preceptivo proyecto básico de edificación.

3. Manifestar su voluntad de adherirse al régimen concertado con el promotor que sea seleccionado en pública concurrencia en el régimen de sustitución forzosa regulado en esta ley, en la modalidad de pago de partes de la edificación en régimen de propiedad horizontal, ello sin proceder a la declaración de incumplimiento.

Tercero

Someter la presente orden a información pública por el plazo de un mes mediante anuncio en el DOGV y en un periódico de la provincia de amplia difusión.

El expediente se encuentra a disposición de los interesados para su examen y consulta en la sede electrónica del Ayuntamiento de València, sede.valencia.es, entrando en «Carpeta ciudadana – Mis expedientes».

Cuarto

Advertir que en el caso de que no soliciten licencia y efectivamente construyan o se adhieran a la ejecución concertada, o si los informes técnicos y jurídicos municipales impidieran la concesión de la licencia, el procedimiento de declaración de incumplimiento continuará con las siguientes consecuencias de conformidad con el artículo

1º. La inscripción en el Registro municipal de solares y edificios a rehabilitar.

2º. Minoración del aprovechamiento hasta en un 50 % de conformidad con las previsiones del artículo 109.4 del TRLOTUP.

3º. Se elegirá el régimen de edificación forzosa mediante sustitución forzosa, venta forzosa o expropiación forzosa, según convenga a los intereses públicos.

4º. Comunicación al registro de la propiedad.

Quinto

A los efectos previstos en los artículos 179 y 194.3 del TRLOTUP, y una vez notificados los propietarios, procédase a la inscripción del inmueble en el Registro municipal de solares y edificios a rehabilitar, y a la comunicación de la presente resolución al registro de la propiedad.

Sexto

Dar traslado a los servicios de Licencias Urbanísticas de Obras de Edificación, Gestión Urbanística y Actividades.

València, 21 de abril de 2023.– El secretario del Área I: Manuel Latorre Hernández.

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