Conselleria de educación, cultura y deporte - Actos administrativos (DOGV 2023-9571)
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RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2023, del director general de Deporte, por la cual se conceden subvenciones destinadas a las entidades locales que organizan competición intermunicipal dentro de los XLI Juegos Deportivos de la Comunitat Valenciana en el curso o la temporada 2022-2023. [2023/3841]
En cumplimiento de lo que dispone la Orden 91/2016, de 27 de diciembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a las entidades locales que organizan la competición intermunicipal dentro de los Juegos Deportivos de la Comunitat Valenciana (DOGV 7946, 29.12.2016), y de acuerdo con el artículo 3.1, se publicará una resolución de la convocatoria anual.
Por eso, en virtud de las facultades conferidas en la mencionada Orden 91/2016, de 27 de diciembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, y el Decreto 173/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, el director general del Deporte convocó, por Resolución de 7 de diciembre de 2022, las subvenciones destinadas a las entidades locales que organizan la competición intermunicipal dentro del XLI Juegos Deportivos de la Comunitat Valenciana en el curso o la temporada 2022-2023 (DOGV 9501, 30.12.2022).
En los artículos 5 y 6 de la indicada Orden 91/2016, de 27 de diciembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, se establece el procedimiento, tramitación y resolución, así como los criterios de valoración y la designación de la comisión técnica de valoración y en el apartado séptimo de la Resolución de 7 de diciembre de 2022, de convocatoria, el baremo aplicable.
Una vez formalizados los actos de instrucción correspondientes y en virtud de lo que disponen los artículos 160 y 164 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, y la disposición final segunda de la Orden 91/2016, resuelvo:
Primero
Conceder a las entidades locales que organizan la competición intermunicipal dentro de los XLI Juegos Deportivos de la Comunitat Valenciana en el curso o la temporada 2022-2023 que se señalan a continuación, las subvenciones siguientes por un importe total de 220.000 :
CIF ENTIDAD LOCAL SUBVENCIÓN
P0300900H AYUNTAMIENTO DE ALCOY 14.155
P0304300G AYUNTAMIENTO DE BIAR 12.406
P0306300E AYUNTAMIENTO DE DÉNIA 6.100
P0309300B AYUNTAMIENTO DE NOVELDA 12.957
P0310200A AYUNTAMIENTO DE PEGO 4.933
P0309500G AYUNTAMIENTO DE ONDARA 2.900
P0309900I AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA 16.587
P0308200E AYUNTAMIENTO DE JÁVEA 2.662
P1202700I AYUNTAMIENTO DE BENICARLÓ 10.000
P6204001I PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DE CASTELLÓ 15.000
P4610800G AYUNTAMIENTO DE CHELVA 2.500
P4613300E AYUNTAMIENTO DE GANDÍA 14.043
P4613700F AYUNTAMIENTO DE GODELLA 2.500
P4612900C AYUNTAMIENTO DE LA FONT D'EN CARRÒS 11.011
P4622200F AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO 12.610
P4624000H AYUNTAMIENTO DE TAVERNES DE LA VALLDIGNA 5.234
P4600090G CONSORCIO ESPORTS HORTA 14.692
P9625205A FUNDACIÓN DEPORTIVA MUNICIPAL DE VALÈNCIA 40.000
P4600015D MANCOMUNIDAD CAMP DE TÚRIA 16.710
P4600028G MANCOMUNIDAD DE LA VALL D'ALBAIDA 3.000
TOTAL 220.000,00
Segundo
Denegar las solicitudes del CD Stefano Garzelli Team y del Club Atletismo Guadassuar por no cumplir con el artículo 1 y 2 de la Orden 91/2016 de bases reguladoras y de la resolución de convocatoria, al no ser un ayuntamiento o una entidad local organizadora de competición intermunicipal.
Tercero
Las entidades beneficiarias tendrán que cumplir las obligaciones a las que se refiere el artículo 8 de la Orden 91/2016, de 27 diciembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte y justificar las ayudas en la forma establecida en el punto 10 de la Resolución de convocatoria de 7 de diciembre de 2022, del director general de Deporte.
Cuarto
Autorizar y disponer los fondos a favor de todas y de cada entidad y por las cantidades que se indican en el punto primero, y que se tramite la documentación contable correspondiente, con cargo al crédito existente en el capítulo IV, línea presupuestaria 09.03.02.457.10, línea de subvención S8135000, de la Ley de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023, por un importe máximo de 220.000 .
Quinto
Las entidades beneficiarias tendrán que aportar, por medios propios o ajenos, la parte de financiación del presupuesto final ejecutado no cubierto por medio de la subvención que se concede para éste.
Sexto
El plazo de presentación de la justificación de las subvenciones concedidas acabará el 30 de septiembre de 2023.
La justificación se presentará por medios electrónicos, de conformidad con el punto 10.1 de la Resolución de convocatoria de 7 de diciembre de 2022, del director general de Deporte, a través de la dirección de internet http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18542.
Séptimo
Sin perjuicio de las obligaciones de transparencia que tiene como entidad pública, en virtud de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de transparencia y buen gobierno de la Comunitat Valenciana, las entidades beneficiarias tienen las obligaciones siguientes:
1. Dar la publicidad adecuada del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier clase que sean objeto de subvención, incluyendo el logotipo de la Generalitat Valenciana, en medios de difusión, como por ejemplo carteles, materiales imprimidos, medios electrónicos o audiovisuales y en cualquier otro medio de publicidad que se realice de la actividad subvencionada.
2. Suministrar a la entidad concedente, previo requerimiento, toda la información que sea necesaria para el cumplimiento por aquesta de las obligaciones previstas en la ley de transparencia, en el plazo de quince días hábiles desde el requerimiento.
3. La disposición de los nuevos conjuntos de datos que se generan por la formalización y el desarrollo de las subvenciones otorgadas por la administración de la Generalitat, siempre que sea posible, como conjunto de datos abiertos.
Octavo
Publicar en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la presente resolución, de conformidad con el punto 13.1 de la Resolución de convocatoria, de 7 de diciembre de 2022, del director general de Deporte.
De conformidad con lo que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición o bien se podrá plantear directamente un recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación, sin perjuicio de que se pueda ejercitar, si procede, cualquier otro que estimen procedente:
a) El recurso potestativo de reposición tendrá que interponerse ante la consellera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
b) El recurso contencioso-administrativo tendrá que ser interpuesto ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
València, 30 de marzo de 2023. El director general de Deporte (p. d. Orden 91/2016, de 27.12.2016; DOGV 7946): Josep Miquel Moya Torres.