Ayuntamiento de montserrat - Anuncios (DOGV 2023-9568)
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Anuncio sobre la reversión del Programa de actuación integrada sector Vertix XXI. [2023/3277]
En la sesión ordinaria llevada a cabo por el Pleno del ayuntamiento con fecha 27 de octubre de 2022, se aprobó el acuerdo que dice así:
Primero
Acordar dejar sin efectos el Programa de actuación integrada sector Vertix XXI de Montserrat, ante la renuncia unilateral del agente urbanizador Mas Vilanova, SL, y no habiendo ninguna persona propietaria del suelo incardinado en el ámbito territorial del programa que haya comunicado su interés en asumir la condición de agente urbanizador.
Segundo
Publicar este acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, previa comunicación en el registro de programas de actuación, de acuerdo con el que establece el artículo 171.8 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consejo de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje.
Tercero
Este acuerdo tendrá que ser igualmente notificado y publicado a efectos de comunicar el acuerdo a las personas propietarias del suelo incardinado al ámbito territorial del programa y a los ayuntamientos afectados de Torrent y Picassent.
Cuarto
Si procede, iniciar los trámites tendentes a la modificación del Plan general de ordenación urbana de Montserrat (PGOUM), con el fin de retirar de la normativa urbanística interna las previsiones relativas al Programa de actuación integrada sector Vertix XXI, y formalizar la reclasificación del suelo como no urbanizable.
Esta modificación del planeamiento tendrá que constituir un nuevo expediente y se tramitará por el procedimiento previsto en el ordenamiento jurídico para la aprobación del PGOUM, de acuerdo con el que dispone el artículo 67.1 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consejo de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje.
El asunto queda aprobado, por unanimidad de los y las miembros del Pleno de la corporación.
Montserrat, 24 de marzo de 2023. El alcalde: Josep Maria Mas i Garcia.