Presidencia de la generalitat - Actos administrativos (DOGV 2023-9560)

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RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2023, de la directora general de Relaciones con Les Corts, de la Presidencia de la Generalitat, por la cual se publica la prórroga del acuerdo de colaboración entre la Generalitat, a través de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, y el Ayuntamiento de Finestrat para la prestación conjunta de servicios de intermediación laboral mediante la implantación del Servicio Punt Labora. [2023/2759]

La Generalitat, a través de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, y el Ayuntamiento de Finestrat, previa tramitación reglamentaria, los días 03.02.2023 y 01.02.2023, respectivamente, han suscrito la prórroga por un periodo de cuatro años del acuerdo de fecha 14 de junio de 2019, y conforme a lo previsto en el artículo 20 del Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell, por el cual se regulan los convenios que subscriba la Generalitat y su registro, una vez inscrito en el Registro de convenios de la Generalitat con fecha 09.03.2023 y número 0234/2023, es procedente la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del convenio mencionado, que figura anejo a esta resolución.

València, 9 de marzo de 2023.– La directora general de Relaciones con Les Corts: Ana Belén Domínguez Cana.

Prórroga del acuerdo de colaboración entre Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación y el Ayuntamiento de Finestrat para la prestación conjunta de servicios de intermediación laboral mediante la implantación del Servicio Punt Labora

Intervinientes

De una parte, Enric Nomdedéu i Biosca, director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, nombrado en virtud del Decreto 82/2019, de 21 de junio, del Consell, de nombramiento de altos cargos de la Administración de la Generalitat, con base en lo dispuesto en la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y de acuerdo con las facultades que le confiere el Reglamento de organización, régimen jurídico y funcional de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, aprobado por el Decreto 216/2020, de 29 de diciembre, del Consell, en representación de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, autorizado por el Acuerdo del Consell de fecha 20 de enero de 2023.

Y de otra parte, Juan Francisco Pérez Llorca, en calidad de alcalde del Ayuntamiento de Finestrat, en representación del mismo, facultado expresamente para la firma de este acuerdo en virtud del artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y del Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el día 25 de noviembre de 2022.

Actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación que ostentan, reconociéndose recíprocamente capacidad para formalizar la presente prórroga, convienen suscribirla y obligarse en los términos que contiene, y, previamente,

Manifiestan

Que con fecha 14 de junio de 2019 LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación y el Ayuntamiento de Finestrat suscribieron un acuerdo de colaboración para la prestación conjunta de servicios de intermediación laboral mediante la implantación del servicio Punt Labora.

Que este acuerdo, firmado en el año 2019, modificó y completó determinados aspectos del acuerdo de colaboración que se había suscrito anteriormente con la entidad local, para adaptarlo a la normativa vigente en la materia, y supuso la derogación del mismo.

Que el acuerdo establece en su cláusula octava una vigencia de cuatro años desde la fecha de su firma, pudiéndose prorrogar por un periodo de hasta cuatro años adicionales en cualquier momento anterior a la finalización del periodo de vigencia, si así lo acuerdan unánimemente las partes firmantes.

Que efectuada la instalación del terminal Punt Labora, y una vez cumplidos de forma satisfactoria los compromisos señalados en los puntos 1, 2 y 5 de la cláusula tercera del acuerdo, es voluntad de las partes suscribir su prórroga, con el fin de dar continuidad a la prestación de servicios del que es objeto, de conformidad con las siguientes:

Estipulaciones

Primera

Se prorroga por un periodo de cuatro años el acuerdo suscrito entre LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación y el Ayuntamiento de Finestrat en fecha 14 de junio de 2019.

La prórroga se hará efectiva desde la fecha de su firma por ambas partes.

Segunda

Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a dar continuidad a la prestación objeto del acuerdo, respetando los términos en los que fue redactado.

Tercera

La aplicación y ejecución de la prórroga de este acuerdo, incluidos todos los actos jurídicos que pudieran dictarse en su ejecución y desarrollo, no podrá suponer obligaciones económicas para la Generalitat y, en todo caso, deberá ser atendida con sus medios personales y materiales.

Cuarta

La prórroga se publicará en el Portal de Transparencia de la Generalitat Valenciana «GVA Oberta», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.1.c y 10.1 de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de la Comunitat Valenciana.

Asimismo, la entidad local firmante garantizará la publicación en su página web, según lo establecido en los artículos 9.1.c y 10.3 de la referida ley.

La publicidad de la prórroga se realizará en el plazo de diez días hábiles desde su inscripción en el Registro de Convenios de la Generalitat, según exige el artículo 12.2 del Decreto 105/2017, de 28 de julio, del Consell, de desarrollo de la citada ley de transparencia.

Quinta

Conforme con lo previsto en el artículo 20 del Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell, por el que regula los convenios que suscriba la Generalitat y su registro, en concordancia con lo que establece el artículo 111.3 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana, la prórroga suscrita, una vez inscrita en el Registro de convenios de la Generalitat, deberá publicarse en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana en la forma indicada en el citado decreto de regulación de los convenios.

Y, en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento electrónicamente.

03.02.2023 Por Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación

El director general

Enric Nomdedéu i Biosca 01.02.2023

Por el Ayuntamiento de Finestrat

El alcalde

Juan Francisco Pérez Llorca
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